I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Reto demográfico y territorial. (BOE-A-2022-5853)
Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de abril de 2022

Sec. I. Pág. 49063

Artículo 29. Fomento de las energías renovables en los sectores agrícolas, ganaderos
y forestal.
Por parte de las Administraciones Públicas de Extremadura se potenciará el uso de
las energías renovables como elemento generador de riqueza en los sectores agrícola,
ganadero y forestal, regulando a tal efecto medidas que tengan por finalidad:
a) La producción de energía, aprovechando recursos generados en el sector
agrícola y ganadero.
b) La producción de energía a partir de la biomasa forestal residual, resultado de la
gestión sostenible de los terrenos forestales y en particular la procedente de los trabajos
selvícolas preventivos y de mejora y de los restos de los aprovechamientos forestales.
c) La producción de energía a partir de biocombustibles sostenibles.
d) El mantenimiento y aumento de las prestaciones de la cubierta vegetal como
sumidero de CO2 y la adaptación al cambio climático.
e) Gestionar y tratar residuos orgánicos para ser utilizados en el agro compostaje:
la utilización de residuos agrícolas, forestales y domésticos orgánicos en
descomposición, para su posterior uso como abono natural, necesario para garantizar la
fertilidad de los suelos de regadío y de secano, convencionales y ecológicos; o para la
restauración de superficies degradadas o afectadas por incendios forestales. En este
sentido, se potenciará la transformación paulatina de explotaciones ganaderas hacia
prácticas de cuidado y tratamiento de residuos más sostenibles.
Artículo 30. Apoyo a la bioeconomía forestal y a la comercialización de los productos
forestales de la región.
1. Para impulsar y garantizar el uso múltiple y sostenible de los recursos forestales
de Extremadura se aprobará la Estrategia de Bioeconomía Forestal para Extremadura,
que permitirá conocer los productos forestales más adecuados, que contribuyan a la
transición hacia una economía baja en carbono, a combatir el cambio climático y a
alcanzar los objetivos de desarrollo sostenible, beneficiándose así tanto los propietarios
de terrenos forestales y agroforestales, públicos y privados, como la sociedad extremeña
en general, partícipes en última instancia de un desarrollo económico sostenible.
2. Dentro de esta estrategia se desarrollarán las siguientes actuaciones:
a) El apoyo a los productos forestales no maderables como, resinas, corcho, piñón,
castaña, madroño y otros frutos silvestres forestales, setas y otros con el objetivo de
garantizar la rentabilidad de los montes y el empleo rural en este sector.
b) El fomento de otras producciones forestales alternativas como las plantas
aromáticas y medicinales.
c) El apoyo a la innovación aplicada al sector forestal, fomentando la introducción
de nuevas tecnologías en el sector.
d) El fomento de herramientas de gestión sostenible en el sector cinegético y
piscícola, incluida la actividad productiva en centros de cría de especies cinegéticas y
centros de acuicultura.
e) Impulsar el uso de la madera y sus productos derivados, fomentando la
certificación forestal en los montes públicos y privados de la región y el impulso a la
industria forestal asociada a estos productos.
f) Incentivar la ganadería extensiva y trashumante como apoyo a la gestión forestal
sostenible de los montes y con un papel fundamental en la prevención de incendios
forestales.
g) Apoyar la gestión sostenible de los terrenos forestales y agroforestales con
especial atención al arbolado de las dehesas y su regeneración y sanidad, luchando
contra el envejecimiento de las mismas.
h) Impulsar la mejora y refuerzo de medios humanos y materiales para la
prevención y extinción de incendios.

cve: BOE-A-2022-5853
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Núm. 86