I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Reto demográfico y territorial. (BOE-A-2022-5853)
Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. I. Pág. 49062
rural, que contribuyan al consumo de proximidad y de productos locales, agroecológicos
y de calidad diferenciada. Al respecto, regulará y promoverá la creación de grupos de
consumo en el ámbito de un consumo colaborativo, inclusivo, social y solidario.
4. La Junta de Extremadura concederá el adecuado apoyo financiero para la
suscripción de seguros agrarios por su contribución decisiva al mantenimiento de la renta
de las explotaciones agrarias.
5. Se consideran prioritarios para los fines de la presente ley la existencia de
incentivos agroindustriales y de estímulos para la implantación de industrias
agroalimentarias y de artesanía alimentaria, destinados a mejorar la competitividad de
los productores primarios, integrándolos en la cadena agroalimentaria y añadiendo valor
a los productos agrarios que se generan en la región
6. Con la finalidad de compensar su pérdida de rentabilidad, la Junta de
Extremadura estimulará, mediante la concesión de subvenciones, el mantenimiento de la
trashumancia como actividad ganadera tradicional y respetuosa con la naturaleza, que
favorece la conservación de las vías pecuarias, la producción de alimentos de alta
calidad y el aprovechamiento de los recursos naturales, y que contribuye a conformar un
rico legado cultural y etnográfico rural.
7. Considerando el enorme potencial de las actividades cinegéticas y piscícolas en
Extremadura, y su estrecha vinculación al desarrollo equilibrado del medio rural, al
mantenimiento de la población y el empleo, la administración autonómica impulsará
estos sectores, desde la perspectiva de su dinamización, profesionalización y formación,
con especial atención a la caza social.
8. Se fomentará la conservación, producción y comercialización por parte de los
operadores profesionales de vegetales de variedades comerciales locales y variedades
de conservación del ámbito geográfico de Extremadura, así como la creación de
cooperativas y pequeñas empresas que puedan desarrollar esta actividad.
9. La Junta de Extremadura adoptará políticas de promoción de la ganadería
extensiva por sus beneficios ambientales, la capacidad de producción de alimentos de
calidad, la generación de empleo y de fijación de población en el medio rural, mediante la
adopción de las medidas necesarias para apoyar su viabilidad social y económica.
Fomento de la innovación y del asesoramiento técnico en el medio rural.
1. Se prestará apoyo a la innovación en todos los sectores económicos presentes
en el medio rural, a través de instrumentos que faciliten el desarrollo de proyectos
innovadores y la cooperación entre los diferentes agentes para contribuir, mediante
soluciones innovadoras, a fijar población en el medio rural.
2. Se potenciará la transferencia tecnológica y el asesoramiento técnico a los
agricultores y ganaderos para favorecer las mejoras productivas y económicas de las
explotaciones agrarias.
3. La Junta de Extremadura fomentará las agrupaciones de productores para la
prestación de asistencia técnica en materia de sanidad vegetal, así como las
Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas, e incentivará especialmente a las
radicadas en zonas con baja presencia de técnicos asesores en gestión integrada de
plagas y explotaciones ganaderas y que no tengan conformada una Agrupación de
Defensa Sanitaria Ganadera. Asimismo, se fomentará el desarrollo de herramientas
tecnológicas de información y comunicación en materia de prevención y gestión
integrada de plagas y enfermedades animales.
cve: BOE-A-2022-5853
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 28.
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. I. Pág. 49062
rural, que contribuyan al consumo de proximidad y de productos locales, agroecológicos
y de calidad diferenciada. Al respecto, regulará y promoverá la creación de grupos de
consumo en el ámbito de un consumo colaborativo, inclusivo, social y solidario.
4. La Junta de Extremadura concederá el adecuado apoyo financiero para la
suscripción de seguros agrarios por su contribución decisiva al mantenimiento de la renta
de las explotaciones agrarias.
5. Se consideran prioritarios para los fines de la presente ley la existencia de
incentivos agroindustriales y de estímulos para la implantación de industrias
agroalimentarias y de artesanía alimentaria, destinados a mejorar la competitividad de
los productores primarios, integrándolos en la cadena agroalimentaria y añadiendo valor
a los productos agrarios que se generan en la región
6. Con la finalidad de compensar su pérdida de rentabilidad, la Junta de
Extremadura estimulará, mediante la concesión de subvenciones, el mantenimiento de la
trashumancia como actividad ganadera tradicional y respetuosa con la naturaleza, que
favorece la conservación de las vías pecuarias, la producción de alimentos de alta
calidad y el aprovechamiento de los recursos naturales, y que contribuye a conformar un
rico legado cultural y etnográfico rural.
7. Considerando el enorme potencial de las actividades cinegéticas y piscícolas en
Extremadura, y su estrecha vinculación al desarrollo equilibrado del medio rural, al
mantenimiento de la población y el empleo, la administración autonómica impulsará
estos sectores, desde la perspectiva de su dinamización, profesionalización y formación,
con especial atención a la caza social.
8. Se fomentará la conservación, producción y comercialización por parte de los
operadores profesionales de vegetales de variedades comerciales locales y variedades
de conservación del ámbito geográfico de Extremadura, así como la creación de
cooperativas y pequeñas empresas que puedan desarrollar esta actividad.
9. La Junta de Extremadura adoptará políticas de promoción de la ganadería
extensiva por sus beneficios ambientales, la capacidad de producción de alimentos de
calidad, la generación de empleo y de fijación de población en el medio rural, mediante la
adopción de las medidas necesarias para apoyar su viabilidad social y económica.
Fomento de la innovación y del asesoramiento técnico en el medio rural.
1. Se prestará apoyo a la innovación en todos los sectores económicos presentes
en el medio rural, a través de instrumentos que faciliten el desarrollo de proyectos
innovadores y la cooperación entre los diferentes agentes para contribuir, mediante
soluciones innovadoras, a fijar población en el medio rural.
2. Se potenciará la transferencia tecnológica y el asesoramiento técnico a los
agricultores y ganaderos para favorecer las mejoras productivas y económicas de las
explotaciones agrarias.
3. La Junta de Extremadura fomentará las agrupaciones de productores para la
prestación de asistencia técnica en materia de sanidad vegetal, así como las
Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas, e incentivará especialmente a las
radicadas en zonas con baja presencia de técnicos asesores en gestión integrada de
plagas y explotaciones ganaderas y que no tengan conformada una Agrupación de
Defensa Sanitaria Ganadera. Asimismo, se fomentará el desarrollo de herramientas
tecnológicas de información y comunicación en materia de prevención y gestión
integrada de plagas y enfermedades animales.
cve: BOE-A-2022-5853
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 28.