I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2022-5850)
Acuerdo administrativo entre las Naciones Unidas y el Ministerio de Defensa del Reino de España relativo al uso por las Naciones Unidas de locales situados en Valencia (España), hecho en Madrid y Nueva York el 16 de marzo de 2009.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 11 de abril de 2022

Sec. I. Pág. 49035

en [insértese el plazo] a partir de la fecha del presente certificado. Una vez finalizadas
las mencionadas obras menores pendientes, se incluirá en el presente certificado una
notificación de finalización de las obras menores pendientes.
5. El presente certificado se emite sin perjuicio de las nuevas instalaciones
restantes que el Ministerio ha convenido en construir en el resto de los locales, que
serán objeto de otro certificado.
6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo VI del Acuerdo Administrativo, se
adjunta al presente certificado un informe técnico sobre el estado de las obras
finalizadas.
7. Las definiciones recogidas en el artículo I del Acuerdo Administrativo serán
aplicables al presente certificado.
Firmado (por duplicado) el

de

de 2009.

Por el Ministerio

Por las Naciones Unidas

ANEXO 1
(Obras finalizadas)
[Insértese una descripción de las obras finalizadas, incluidos, en su caso planos o
fotografías]
ANEXO 2
(Parte finalizada de los locales)
[Insértese una descripción de la parte finalizada de los locales, incluidos, en su caso
planos o fotografías]
ANEXO 3
(Obras menores pendientes)
[Insértese una descripción de las obras menores pendientes]
ANEXO F
(Servicios que proporcionará el Ministerio)

a) Reparar las carreteras y los caminos que conducen a los locales y mantenerlos
en buenas condiciones materiales y de reparación, y reasfaltar, renovar y mejorar esas
carreteras y caminos en la forma y el momento en que sea necesario o conveniente para
prestar apoyo a las actividades que se lleven a cabo en los locales;
b) Asegurar que las carreteras y los caminos que conducen a los locales estén
despejados y sin obstáculos y que esas carreteras y caminos, así como las zonas al aire
libre estén limpios, bien cuidados, debidamente cultivados y ajardinados;
c) Proporcionar iluminación adecuada, incluida iluminación con reflectores e
iluminación de seguridad, a las carreteras y los caminos que conducen a los locales, a la
zona de aparcamiento y a las demás partes de los terrenos del Ministerio adyacentes a
los locales y la zona de aparcamiento;
d) Reparar toda la infraestructura de servicios y mantenerla en buenas condiciones
materiales y de reparación, y reemplazar, renovar y mejorar dicha infraestructura en la

cve: BOE-A-2022-5850
Verificable en https://www.boe.es

El Ministerio, sin coste para las Naciones Unidas, se encargará de: