III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-5836)
Resolución de 6 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., y la Fundación Escuela de Organización Industrial, F.S.P., para la organización de un programa de formación directiva a impartir dentro de los cursos selectivos para funcionarios de nuevo ingreso previstos para los Cuerpos Superiores de Hacienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 9 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 48894

Los alumnos deberán prestar para ello su consentimiento informado, expreso y por
escrito, así como para la difusión de grabaciones que contengan su imagen y/o voz. Los
alumnos podrán ejercer los derechos que les reconoce el RGPD ante cualquiera de las
partes.
Las partes, en el momento de la obtención de los datos, facilitarán a los alumnos la
información indicada en el artículo 13 del RGPD, como corresponsables del tratamiento.
3. La base de legitimación para la obtención de los datos vendrá dada; por un lado,
por los fines del convenio; y por otro, de la legitimación de las partes dada su naturaleza:
El IEF está legitimado tanto por el artículo 51 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre,
de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, por el que se crea, como por su
Estatuto, entre cuyas funciones se encuentra la cooperación y coordinación con otros
centros, universidades, etc., en materia de estudios e investigación.
EOI está constituida por el Ministerio de Industria y Energía en virtud de la
autorización contenida en el artículo 154 de la Ley 13/1996 de 30 de diciembre, según
escritura de 21 de marzo de 1997, núm. 824 de protocolo del notario de Madrid doña
María del Rosario Algora Wesolowski e inscrita en el Registro de Fundaciones por Orden
Ministerial de 5 de junio de 1997 (asiento núm. 340). Por ello la Fundación se constituye
con la finalidad general de potenciar la formación y la realización y promoción de
estudios e investigaciones científicas y técnicas fundamentalmente en los ámbitos de la
industria, el medio ambiente, la innovación, las nuevas tecnologías, la pequeña y
mediana empresa, la propiedad industrial y la economía, y la prospectiva sobre la
evolución de la ciencia y la tecnología y su impacto e influencia en el sector productivo y
en la sociedad, y en concreto, contribuir a la formación específica del personal del sector
público en los ámbitos de su competencia.
4. En el caso de que se produzcan incidentes de seguridad que afecten a los
sistemas objeto de este Convenio, las partes se comprometen a informarse mutuamente
con la máxima celeridad posible con objeto de identificar si el incidente es susceptible de
comunicación a la Autoridad de Control (la Agencia Española de Protección de Datos) y
a las personas concernidas sin sobrepasar el límite de setenta y dos horas según
establece el RGPD en su artículo 33. A su vez, las partes se comprometen a colaborar
para resolver el incidente y poner los medios para que no se vuelvan a producir
incidentes similares.
5. Las partes fijarán interlocutores relativos a la seguridad de la información y a la
protección de datos personales, que se encargarán de comunicar y coordinar el
tratamiento de los posibles incidentes de seguridad que se produzcan.
6. Durante la vigencia del Convenio, cuando para el ejercicio de la función
educativa, cuyo fundamento se basa en el artículo 6.1.e) del RGPD, fuese necesaria la
grabación y retransmisión de las sesiones de cursos o seminarios, ésta se realizará
utilizando las herramientas oficiales de una de las partes e informará a las demás de
dicha circunstancia. Así mismo, los interesados, alumnos y profesores serán informados
de sus derechos, contemplados en los artículos 13 y 14 del RGPD.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
personales y garantía de derechos digitales, y disposiciones de desarrollo, así como en
el RGPD y demás normativa vigente.
Las partes conocen y aceptan que cualquier información o material proporcionado y
relacionado con la ejecución del presente Convenio tendrá el carácter de confidencial y
será tratado como tal, empleando para tal fin idénticos dispositivos, medidas y
procedimientos de seguridad a los utilizados para proteger su propia documentación
confidencial durante toda la vigencia del Convenio y de forma indefinida desde su
terminación.
Cada una de las partes se compromete a no revelar información confidencial a
ningún tercero salvo que sea estrictamente necesario en virtud de los derechos y
compromisos derivados del presente Convenio, o sea de dominio público o ya se

cve: BOE-A-2022-5836
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Núm. 85