III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-5827)
Resolución de 22 de marzo de 2022, de la Secretaría General de Transportes y Movilidad, por la que se publica el Convenio entre la Generalitat de Catalunya y la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima, para la coordinación de actuaciones en la resolución de incidentes marítimos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Sábado 9 de abril de 2022
Cuarta.

Sec. III. Pág. 48835

Compromisos de las partes.

Para la resolución de las emergencias objeto de este Convenio, las partes se
comprometen a colaborar con arreglo a lo establecido a continuación.
SASEMAR se compromete a:
a) Comunicar al cuerpo de Bomberos de la Generalitat aquellas emergencias o
situaciones de incendio o accidente en que sea necesaria su intervención, según lo
previsto en la cláusula quinta.
b) Proporcionar a los efectivos bomberos intervinientes los medios de transporte
necesarios (aéreos o navales) que permitan su desplazamiento hasta la zona de la
emergencia, así como la tripulación de estos medios.
c) Proporcionar la formación específica necesaria para habilitar el personal de
intervención del cuerpo de Bomberos definido para la participación en estas operaciones.
El Departamento de Interior, mediante el cuerpo de Bomberos de la Generalitat se
compromete a:
a) Aportar el personal de intervención del cuerpo de Bomberos de la Generalitat,
debidamente habilitado para la participación en las emergencias marítimas
correspondientes, con un total de 80 integrantes, que garanticen entre 8 y 12 operativos
de guardia de forma permanente.
b) Aportar aquellos otros recursos de intervención, mando y apoyo del cuerpo de
Bomberos de la Generalitat que se consideren necesarios para la colaboración en
intervenciones en caso de gran emergencia o incidente marítimo.
Quinta.

Activaciones y comunicaciones.

La solicitud de colaboración de los medios del cuerpo de Bomberos en las
emergencias objeto de este Convenio debe vehicularse a través de las Salas de
Coordinación respectivas. Ambas partes procurarán mantener unas comunicaciones
fluidas con el fin de que en todo momento la coordinación sea eficaz y adecuada.
Para garantizar la viabilidad, seguridad, continuidad e inmediatez de las
comunicaciones entre los efectivos operativos de ambas partes, el Departamento de
Interior se compromete a realizar las gestiones necesarias para que se proceda a la
instalación de una base de la red RESCAT en cada uno de los centros de SASEMAR
existentes en Cataluña que se vehicularán y concretarán a través del correspondiente
Convenio específico. Al mismo tiempo, ambas partes se comprometen a establecer
pasarelas de comunicación entre los sistemas utilizados tanto por el cuerpo de
Bomberos de la Generalitat como por SASEMAR.
Procedimientos de actuación.

Los procedimientos de activación y actuación conjunta que se establezcan en virtud
de este Convenio deben ajustarse al modelo europeo de intervención especializada en
emergencias en buques (Maritime Incident Response Group -MIRG-EU) con el fin de
estandarizar los procedimientos de aplicación internacional y la seguridad de las
operaciones.
Los procedimientos de intervención conjunta se deben elaborar y aprobar de mutuo
acuerdo en el seno de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control prevista en la
cláusula octava de este Convenio.
Séptima.

Prácticas y formación.

Las partes se comprometen a establecer un programa anual de ejercicios operativos
en que participen el equipo de intervención del cuerpo de Bomberos de la Generalitat y
la unidad de SASEMAR que respectivamente se designen. La definición del contenido

cve: BOE-A-2022-5827
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Sexta.