I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Residuos y suelos contaminados. (BOE-A-2022-5809)
Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 9 de abril de 2022
Sec. I. Pág. 48585
Esta Ley supuso la incorporación de nuevos conceptos acuñados en el ámbito de la
Unión Europea, como son el de subproducto y el del fin de la condición de residuo. Estos
conceptos contribuyen a delimitar la aplicación del régimen jurídico de los residuos y la
ley previó su aplicación de forma armonizada en todo el territorio nacional. Incorporó
también el principio de jerarquía de residuos, principio que debe imperar en la política y
en la legislación de residuos al objeto de avanzar hacia una sociedad del reciclado.
Estableció un objetivo de prevención de residuos para el año 2020 y adoptó los objetivos
de la Unión Europea establecidos para los residuos domésticos y similares y para los
residuos de construcción y demolición. Estableció también un marco regulatorio
armonizado para la responsabilidad ampliada del productor y revisó el régimen jurídico
aplicable a los suelos contaminados.
Posteriormente, la Comisión Europea llevó a cabo diversos estudios que ponían de
manifiesto que era necesario lograr una mayor armonización entre los Estados miembros
para la aplicación de la normativa de residuos así como establecer nuevos objetivos para
el medio y largo plazo, de forma que se contribuyera a hacer un uso más eficiente de los
recursos en la Unión Europea y que los Estados tuvieran claro el horizonte de cara a las
inversiones en infraestructuras para el tratamiento de los residuos.
Finalmente, en el año 2015, la Comisión Europea aprobó el Plan de Acción en materia
de economía circular (COM (2015) 614 final), que incluía un compendio de medidas entre
las que se encontraba la aprobación de un paquete normativo que revisara las piezas clave
de la normativa de la Unión Europea relativa a residuos. Así, en 2018 se aprueba la
Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018,
por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos (en adelante, Directiva
(UE) 2018/851). Esta directiva revisa algunos artículos de la Directiva Marco de residuos
con el objetivo de avanzar en la economía circular, armonizar, mejorar la información y
trazabilidad de los residuos y reforzar la gobernanza en este ámbito.
La Ley incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la directiva aprobada en 2018, con
las modificaciones que esta introduce en la Directiva Marco de residuos. De esta
manera, se refuerza aún más la aplicación del principio de jerarquía mediante la
obligatoriedad del uso de instrumentos económicos, se fortalece la prevención de
residuos incluyendo medidas para contribuir a los Objetivos de Desarrollo Sostenible
relativos al desperdicio alimentario y a las basuras marinas, se incrementan a medio y
largo plazo los objetivos de preparación para la reutilización y reciclado de los residuos
municipales y se establece la obligatoriedad de nuevas recogidas separadas, entre otros,
para los biorresiduos, los residuos textiles y los residuos domésticos peligrosos. También
se establecen los requisitos mínimos obligatorios que deben aplicarse en el ámbito de la
responsabilidad ampliada del productor y se amplían los registros electrónicos para,
entre otras, las actividades relacionadas con los residuos peligrosos, tanto sobre su
producción como sobre su gestión.
III
Por otro lado, la Comisión Europea identificó en su Plan de Acción en materia de
economía circular los plásticos como una de las áreas prioritarias de intervención, al
considerar que sólo se recicla menos de la cuarta parte del plástico recogido y casi la
mitad termina en vertederos.
El plástico es un material muy presente en nuestra economía y nuestra vida
cotidiana; tiene funciones múltiples que ayudan a resolver diversos problemas a los que
se enfrenta nuestra sociedad. Ello explica que el consumo de plástico haya crecido de
forma exponencial desde que comenzó la fabricación en serie, tendencia que,
previsiblemente, continuará en las próximas décadas. Entre los argumentos a favor del
consumo de plástico se encuentran la seguridad alimentaria, la mejora de los sistemas
de logística y distribución, el ahorro de combustible o la reducción de emisiones de
gases de efecto invernadero asociados al transporte de este material, ya que al ser el
cve: BOE-A-2022-5809
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 85
Sábado 9 de abril de 2022
Sec. I. Pág. 48585
Esta Ley supuso la incorporación de nuevos conceptos acuñados en el ámbito de la
Unión Europea, como son el de subproducto y el del fin de la condición de residuo. Estos
conceptos contribuyen a delimitar la aplicación del régimen jurídico de los residuos y la
ley previó su aplicación de forma armonizada en todo el territorio nacional. Incorporó
también el principio de jerarquía de residuos, principio que debe imperar en la política y
en la legislación de residuos al objeto de avanzar hacia una sociedad del reciclado.
Estableció un objetivo de prevención de residuos para el año 2020 y adoptó los objetivos
de la Unión Europea establecidos para los residuos domésticos y similares y para los
residuos de construcción y demolición. Estableció también un marco regulatorio
armonizado para la responsabilidad ampliada del productor y revisó el régimen jurídico
aplicable a los suelos contaminados.
Posteriormente, la Comisión Europea llevó a cabo diversos estudios que ponían de
manifiesto que era necesario lograr una mayor armonización entre los Estados miembros
para la aplicación de la normativa de residuos así como establecer nuevos objetivos para
el medio y largo plazo, de forma que se contribuyera a hacer un uso más eficiente de los
recursos en la Unión Europea y que los Estados tuvieran claro el horizonte de cara a las
inversiones en infraestructuras para el tratamiento de los residuos.
Finalmente, en el año 2015, la Comisión Europea aprobó el Plan de Acción en materia
de economía circular (COM (2015) 614 final), que incluía un compendio de medidas entre
las que se encontraba la aprobación de un paquete normativo que revisara las piezas clave
de la normativa de la Unión Europea relativa a residuos. Así, en 2018 se aprueba la
Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018,
por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos (en adelante, Directiva
(UE) 2018/851). Esta directiva revisa algunos artículos de la Directiva Marco de residuos
con el objetivo de avanzar en la economía circular, armonizar, mejorar la información y
trazabilidad de los residuos y reforzar la gobernanza en este ámbito.
La Ley incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la directiva aprobada en 2018, con
las modificaciones que esta introduce en la Directiva Marco de residuos. De esta
manera, se refuerza aún más la aplicación del principio de jerarquía mediante la
obligatoriedad del uso de instrumentos económicos, se fortalece la prevención de
residuos incluyendo medidas para contribuir a los Objetivos de Desarrollo Sostenible
relativos al desperdicio alimentario y a las basuras marinas, se incrementan a medio y
largo plazo los objetivos de preparación para la reutilización y reciclado de los residuos
municipales y se establece la obligatoriedad de nuevas recogidas separadas, entre otros,
para los biorresiduos, los residuos textiles y los residuos domésticos peligrosos. También
se establecen los requisitos mínimos obligatorios que deben aplicarse en el ámbito de la
responsabilidad ampliada del productor y se amplían los registros electrónicos para,
entre otras, las actividades relacionadas con los residuos peligrosos, tanto sobre su
producción como sobre su gestión.
III
Por otro lado, la Comisión Europea identificó en su Plan de Acción en materia de
economía circular los plásticos como una de las áreas prioritarias de intervención, al
considerar que sólo se recicla menos de la cuarta parte del plástico recogido y casi la
mitad termina en vertederos.
El plástico es un material muy presente en nuestra economía y nuestra vida
cotidiana; tiene funciones múltiples que ayudan a resolver diversos problemas a los que
se enfrenta nuestra sociedad. Ello explica que el consumo de plástico haya crecido de
forma exponencial desde que comenzó la fabricación en serie, tendencia que,
previsiblemente, continuará en las próximas décadas. Entre los argumentos a favor del
consumo de plástico se encuentran la seguridad alimentaria, la mejora de los sistemas
de logística y distribución, el ahorro de combustible o la reducción de emisiones de
gases de efecto invernadero asociados al transporte de este material, ya que al ser el
cve: BOE-A-2022-5809
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Núm. 85