I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Guardia Civil. (BOE-A-2022-5688)
Orden PCM/280/2022, de 6 de abril, por la que se regulan los procedimientos para determinar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil y para la inscripción de los niveles de esa competencia en las lenguas cooficiales.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84

Viernes 8 de abril de 2022

Sec. I. Pág. 47218

Civil, con arreglo a lo establecido en el artículo 1 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de
octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.
Artículo 3.

Medidas de protección.

1. En la medida de lo posible, se facilitará la asistencia a las pruebas a realizar en
fechas alternativas, al personal de la Guardia Civil que se encuentre en periodo de
embarazo, parto o posparto acreditado mediante informe médico; o que haga uso del
permiso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, temporal
o permanente; o que haga uso del permiso de lactancia por un hijo menor de doce
meses, a petición de la persona interesada.
2. Así mismo, al personal señalado en el apartado anterior se le aplicarán, en su
caso, el resto de las medidas de protección de la maternidad contenidas en el capítulo V
del Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil, aprobado por el Real
Decreto 131/2018, de 16 de marzo, sin que en ningún caso el hecho de encontrarse en
tales situaciones pueda suponer un perjuicio para dicho personal.
3. En ningún caso se podrán realizar las pruebas de evaluación de la competencia
lingüística durante las semanas que, dentro de los permisos señalados en el apartado 1,
sean de descanso obligatorio y no esté permitida la asistencia a actividades formativas
presenciales, ni la realización de ninguna prueba de procesos selectivos de acuerdo con
la normativa por la que se regulan las vacaciones, permisos y licencias del personal de la
Guardia Civil.
CAPÍTULO II
Idiomas extranjeros
Sección 1.ª

Idiomas extranjeros de interés, perfil y nivel de competencia lingüística

Artículo 4. Idiomas extranjeros considerados de interés para la Guardia Civil.
1.

Se consideran idiomas extranjeros de interés para la Guardia Civil:

a)

Los siguientes idiomas:

1.º
2.º
3.º
4.º
5.º
6.º
7.º

Alemán.
Árabe.
Francés.
Inglés.
Italiano.
Portugués.
Ruso.

2. A propuesta de la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil, la
persona titular del Ministerio del Interior podrá retirar la consideración de interés de los
idiomas contenidos en el apartado 1.º
Artículo 5. Perfil lingüístico.
1. El perfil lingüístico en un idioma, identificado mediante las siglas SLP
(«Standardized Language Profile»), es el conjunto de cuatro destrezas lingüísticas
expresadas mediante el grado de capacidad lingüística alcanzado.

cve: BOE-A-2022-5688
Verificable en https://www.boe.es

b) Los declarados de interés para las Fuerzas Armadas, de acuerdo con su propia
normativa.
c) Los que sean declarados por la persona titular del Ministerio del Interior, a
propuesta de la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil.