III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2022-5754)
Orden AUC/286/2022, de 6 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 8 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 47542

civil y por otros agentes reconocidos en la Ley 23/1998, de 7 de julio, y en el V Plan
Director, como actores clave para favorecer la complementariedad y la generación de
sinergias en la cooperación internacional para el desarrollo.
La voluntad de la Cooperación Española de favorecer el diálogo y la creación de
alianzas deriva en el compromiso de formalizar procesos de consulta con los principales
actores de la cooperación, públicos y privados, con especial atención al diálogo con la
sociedad civil, para la definición de los objetivos y prioridades de las distintas
convocatorias, a realizar con carácter previo a su publicación y, especialmente, de
aquellas de mayor alcance, derivadas del periodo de ejecución de las mismas, así como
el establecimiento de una planificación anual de éstas.
Las subvenciones se financiarán con cargo a los programas presupuestarios de
Ayuda Oficial al Desarrollo de los presupuestos de la AECID, incluidos los fondos
procedentes de la cooperación delegada, así como los que se puedan asignar de la
recaudación de los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y de
Sociedades, en concepto de «otros fines de interés social».
Con la finalidad de contribuir al establecimiento de alianzas con diferentes actores en
el ámbito específico de la cooperación para el desarrollo, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 34 de la Ley 23/1998, de 7 de julio, y de acuerdo con la
disposición adicional decimoctava de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, que habilita al
establecimiento de un régimen especial aplicable a las subvenciones de cooperación
internacional concedidas en desarrollo de la política exterior del Gobierno, fue aprobado
el Real Decreto 794/2010, de 16 de junio, por el que se regulan las subvenciones y
ayudas en el ámbito de la cooperación internacional. Este real decreto constituye el
marco jurídico general de las subvenciones que se conceden a los distintos agentes de
la cooperación internacional para el desarrollo. El título II del citado real decreto
contempla el marco común a los procedimientos de concurrencia competitiva, como
bases reguladoras generales, previendo la exposición de motivos de la norma la
posibilidad de aprobar bases reguladoras específicas que complementen las citadas
bases reguladoras generales. En su artículo 23.2 el Real Decreto 794/2010, de 16 de
junio, prevé que se adopten bases reguladoras de desarrollo de las previsiones que en él
se contienen. En virtud de todo ello, se aprobó la Orden AEC/2909/2011, de 21 de
octubre, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones de
cooperación internacional para el desarrollo, desarrollando y concretando algunos de los
aspectos relativos a las subvenciones de concurrencia competitiva.
Los avances producidos en los últimos años justifican la oportunidad de aprobar
nuevas bases reguladoras específicas, adecuadas al nuevo marco conceptual y
estratégico de la cooperación internacional para el desarrollo, que permita continuar
avanzando en la actividad de fomento. En particular, la aprobación de esta orden se
fundamenta en el compromiso de la AECID con los diecisiete Objetivos de Desarrollo
Sostenible que conforman la Agenda 2030, así como en la Agenda de Acción de Addis
Abeba sobre Financiación del Desarrollo de 2015, el Acuerdo de París sobre el cambio
climático, de 2015, la Agenda de Eficacia de la Ayuda, de la Alianza Global para la
Cooperación Eficaz al Desarrollo y en la Agenda para la Humanidad y el Grand Bargain
surgidos tras la Cumbre Humanitaria Mundial, celebrada en Estambul en 2016.
En el contexto europeo, esta orden se alinea con el Consenso Europeo para el
Desarrollo, adoptado por la Comisión Europea, el Consejo y el Parlamento Europeo
en 2017, que dota de especial relevancia a la coherencia de políticas para el desarrollo
de la Unión Europea y de los Estados miembros, buscando armonizar procedimientos y
metodologías.
Igualmente, en el ámbito nacional, esta orden permite incorporar los principios
transversales de la Cooperación Española, recogidos en el V Plan Director 2018-2021,
así como los principios de la Acción Exterior de España recogidos en la Ley 2/2014,
de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, las prioridades de la
Estrategia de Acción Humanitaria de la Cooperación Española 2019-2026.

cve: BOE-A-2022-5754
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Núm. 84