III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-1112)
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Acondicionamiento y reordenación de accesos. Carretera N-232. Tramo: Masía de la Torreta-Morella Sur. Provincia de Castellón".
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 9291
semiesférica, la distancia mínima a la que debería situarse la fuente sonora durante el
día para cumplir la normativa es de 447 m, de forma que se obtenga un nivel de calidad
acústica aceptable en zonas residenciales (máximo 55 dBA durante el día y 45 dBA
durante la noche), y suponiendo como nivel de potencia máxima acústica de la
fuente 100 dBA. En base a ello, el promotor propone: restringir durante el día los horarios
de ejecución de trabajos molestos en zonas próximas a núcleos urbanos o a viviendas
diseminadas, evitando las molestias ocasionadas por el ruido durante las horas de
descanso nocturnas. Ubicación del parque de maquinaria lo más alejado posible de
núcleos habitados y de viviendas diseminadas. Se cumplirá con el reglamentado sobre la
Inspección Técnica de Vehículos establecido por la Dirección General de Tráfico, y la
maquinaria estará homologada según el Real Decreto 245/89 de 27 de febrero, que
regula los niveles de emisión de ruidos de la maquinaria de obra haciendo especial
incidencia en el empleo de los silenciadores.
Para analizar la afección del ruido durante la fase de funcionamiento, el EsIA incluye
un estudio de ruido que concluye que en todo el tramo de estudio se respetarán los
límites de nivel de presión sonora externos indicados por la Ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del Ruido y la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana,
de Protección contra la Contaminación Acústica, salvo en tres puntos:
Punto 1 (p.k. 0,000, sentido izquierdo): Se trata de la edificación con uso residencial
denominada Masía de la Torreta, ubicada fuera del ámbito de actuación objeto de esta
resolución, a unos 13 m de la zona de actuación. La resolución correspondiente al
acondicionamiento del tramo que afecta directamente a esta edificación (Resolución
de 21 de mayo de 2012, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se
formula declaración de impacto ambiental del proyecto Acondicionamiento del Puerto del
Querol, carretera N-232, puntos kilométricos 46,300 al 54,900, tramo Barranco de la
Bota-Masía de la Torreta, Castellón) indica que se instalarán pantallas acústicas de 3,5
m en el margen izquierdo, a la altura de Masía de la Torreta.
El promotor señala que, dada la proximidad entre la carretera N-232 y la masía,
resulta difícil la adopción de medidas correctoras tales como pantallas acústicas ya que
el vial de acceso a la masía se encuentra entre ambas. En cualquier caso, siempre es
posible adoptar soluciones específicas en este punto como pantallas de geometría
especial, de mayor altura y, en casos extremos, reducción de la velocidad de circulación.
Punto 2 (tramo del p.k. 4,520 al p.k. 4,740 en sentido izquierdo): en el lado izquierdo
de la carretera (sentido creciente de p.k.) al llegar a su tramo final, se encuentra un
grupo de edificaciones situadas entre la margen izquierda del río Bergantes y la propia
carretera N-232, se trata en su mayoría de viviendas y almacenes. La edificación
principal «Casa Enduella» está situada a 40 metros de la vía.
Punto 3 (p.k. 4,760, sentido derecho): afecta a una edificación de uso residencial con
una superficie construida de 261 m2 situada a 5 m de la vía, y que quedará entre el
tronco principal del nuevo trazado y la vía de servicio.
El promotor propone como medidas correctoras la utilización de pantallas acústicas
para los puntos 2 y 3:
p.k.
1
4,520 a 4,740
2
4,760
Sentido (según p.k.
creciente)
Altura (m)
Longitud (m)
Ubicación
Izquierdo.
2
265
Entre la N-232 y la vía de servicio.
Derecho.
2
43
Entre la N-232 y la vía de servicio.
El Servicio de Protección de la Atmósfera de la Dirección General de Calidad y
Educación Ambiental de la Generalitat Valenciana indica que se deberá incluir un plan de
mantenimiento de las medidas correctoras.
Este mismo Servicio manifiesta que el estudio acústico incluido en el EsIA se adecua
al contenido establecido por el Decreto 104/2006, de 14 de julio, del Consell, de
cve: BOE-A-2022-1112
Verificable en https://www.boe.es
Número pantalla
Núm. 20
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 9291
semiesférica, la distancia mínima a la que debería situarse la fuente sonora durante el
día para cumplir la normativa es de 447 m, de forma que se obtenga un nivel de calidad
acústica aceptable en zonas residenciales (máximo 55 dBA durante el día y 45 dBA
durante la noche), y suponiendo como nivel de potencia máxima acústica de la
fuente 100 dBA. En base a ello, el promotor propone: restringir durante el día los horarios
de ejecución de trabajos molestos en zonas próximas a núcleos urbanos o a viviendas
diseminadas, evitando las molestias ocasionadas por el ruido durante las horas de
descanso nocturnas. Ubicación del parque de maquinaria lo más alejado posible de
núcleos habitados y de viviendas diseminadas. Se cumplirá con el reglamentado sobre la
Inspección Técnica de Vehículos establecido por la Dirección General de Tráfico, y la
maquinaria estará homologada según el Real Decreto 245/89 de 27 de febrero, que
regula los niveles de emisión de ruidos de la maquinaria de obra haciendo especial
incidencia en el empleo de los silenciadores.
Para analizar la afección del ruido durante la fase de funcionamiento, el EsIA incluye
un estudio de ruido que concluye que en todo el tramo de estudio se respetarán los
límites de nivel de presión sonora externos indicados por la Ley 37/2003, de 17 de
noviembre, del Ruido y la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana,
de Protección contra la Contaminación Acústica, salvo en tres puntos:
Punto 1 (p.k. 0,000, sentido izquierdo): Se trata de la edificación con uso residencial
denominada Masía de la Torreta, ubicada fuera del ámbito de actuación objeto de esta
resolución, a unos 13 m de la zona de actuación. La resolución correspondiente al
acondicionamiento del tramo que afecta directamente a esta edificación (Resolución
de 21 de mayo de 2012, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se
formula declaración de impacto ambiental del proyecto Acondicionamiento del Puerto del
Querol, carretera N-232, puntos kilométricos 46,300 al 54,900, tramo Barranco de la
Bota-Masía de la Torreta, Castellón) indica que se instalarán pantallas acústicas de 3,5
m en el margen izquierdo, a la altura de Masía de la Torreta.
El promotor señala que, dada la proximidad entre la carretera N-232 y la masía,
resulta difícil la adopción de medidas correctoras tales como pantallas acústicas ya que
el vial de acceso a la masía se encuentra entre ambas. En cualquier caso, siempre es
posible adoptar soluciones específicas en este punto como pantallas de geometría
especial, de mayor altura y, en casos extremos, reducción de la velocidad de circulación.
Punto 2 (tramo del p.k. 4,520 al p.k. 4,740 en sentido izquierdo): en el lado izquierdo
de la carretera (sentido creciente de p.k.) al llegar a su tramo final, se encuentra un
grupo de edificaciones situadas entre la margen izquierda del río Bergantes y la propia
carretera N-232, se trata en su mayoría de viviendas y almacenes. La edificación
principal «Casa Enduella» está situada a 40 metros de la vía.
Punto 3 (p.k. 4,760, sentido derecho): afecta a una edificación de uso residencial con
una superficie construida de 261 m2 situada a 5 m de la vía, y que quedará entre el
tronco principal del nuevo trazado y la vía de servicio.
El promotor propone como medidas correctoras la utilización de pantallas acústicas
para los puntos 2 y 3:
p.k.
1
4,520 a 4,740
2
4,760
Sentido (según p.k.
creciente)
Altura (m)
Longitud (m)
Ubicación
Izquierdo.
2
265
Entre la N-232 y la vía de servicio.
Derecho.
2
43
Entre la N-232 y la vía de servicio.
El Servicio de Protección de la Atmósfera de la Dirección General de Calidad y
Educación Ambiental de la Generalitat Valenciana indica que se deberá incluir un plan de
mantenimiento de las medidas correctoras.
Este mismo Servicio manifiesta que el estudio acústico incluido en el EsIA se adecua
al contenido establecido por el Decreto 104/2006, de 14 de julio, del Consell, de
cve: BOE-A-2022-1112
Verificable en https://www.boe.es
Número pantalla