I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-1057)
Real Decreto 45/2022, de 18 de enero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, Energía y Agua y Hostelería y Turismo, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se modifican parcialmente determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria y Energía y Agua, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 7807
CR3.3 Los acopios de equipos y herramientas se localizan en el espacio de
trabajo, garantizando la puesta a disposición de la actividad a realizar y
manteniéndolos en condiciones de uso.
CR3.4 Los servicios existentes o elementos de la finca en la que se va a ejecutar
la construcción y/o adecuación de la acometida subterránea se comprueban que
estén reflejados en el proyecto o documentación de la obra, contactando con los
responsables de las compañías suministradoras afectadas por si existiera
interferencia, para que en el inicio de los trabajos estén presentes, para asesorar en
cuanto a la señalización de las mismas antes de proceder al cierre de las zanjas.
CR3.5 El tramo de acometida o red de saneamiento que interfiere con otras
instalaciones (gas, agua, eléctrica, entre otras) se ejecuta, solicitando el desvió de
las mismas para cumplir las exigencias establecidas en el proyecto o documentación
de la obra en cuanto a distancias y separaciones.
CR3.6 Los equipos y maquinaria para la ejecución de la obra se ubican, teniendo
en cuenta los que sean eléctricos y prohibir los que sean de combustión en el interior
de los espacios confinados, manteniendo las exigencias de ventilación para
seguridad de los trabajadores, y en el caso de utilizar equipos de combustión en el
exterior (compresores, entre otros), disponiendo la salida de humos lejos de la
admisión de los extractores de ventilación y del acceso al espacio confinado.
RP4: Realizar la construcción o adecuación funcional de pozos de registro y galerías
visitables (interiores, de acometida y exteriores), comprobando que se cumplen las
exigencias establecidas para la obra o proyecto, de acuerdo con la normativa técnica
municipal.
CR4.1 Las licencias y permisos necesarios para la ejecución de arquetas, pozos
y galerías visitables, tanto de la red interior como de acometidas o ampliaciones de
colectores subterráneos municipales se notifica antes del inicio de las obras a la
propiedad, servicios técnicos municipales, gestor de red y organismos de seguridad
y salud laboral, comprobando que se cumplen las exigencias municipales o de
compañías suministradoras encargadas de su gestión, y notificando al gestor de la
red a mitad de obra la comprobación de pendientes, dimensiones, espesores de las
fábricas de ladrillo y resaltos necesarios.
CR4.2 El estudio geotécnico, que formará parte del proyecto, se realiza para
determinar las características del terreno, aplicando las medidas preventivas en
función de la información obtenida en él, o en el caso de no ser necesario realizar el
estudio geotécnico (obras sin proyecto, entre otros), definiendo las medidas
preventivas para la situación más desfavorable del terreno.
CR4.3 El maquinillo de elevación y descenso de cargas para la construcción de
pozos y galerías visitables se instala según las instrucciones del fabricante, evitando
usar bidones de agua o sacos de arena como contrapeso, disponiendo de elementos
de sujeción anclados a un punto fijo homologado.
CR4.4 Los pates, o en su defecto, escalera fija para el ascenso o descenso al
pozo de registro se montan con las dimensiones y formas indicadas en el Plan de
Seguridad y Salud de la obra, estando provistos los operarios de arnés de seguridad
con anclaje a sistema anticaídas anclado a punto fijo homologado.
cve: BOE-A-2022-1057
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 20
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 7807
CR3.3 Los acopios de equipos y herramientas se localizan en el espacio de
trabajo, garantizando la puesta a disposición de la actividad a realizar y
manteniéndolos en condiciones de uso.
CR3.4 Los servicios existentes o elementos de la finca en la que se va a ejecutar
la construcción y/o adecuación de la acometida subterránea se comprueban que
estén reflejados en el proyecto o documentación de la obra, contactando con los
responsables de las compañías suministradoras afectadas por si existiera
interferencia, para que en el inicio de los trabajos estén presentes, para asesorar en
cuanto a la señalización de las mismas antes de proceder al cierre de las zanjas.
CR3.5 El tramo de acometida o red de saneamiento que interfiere con otras
instalaciones (gas, agua, eléctrica, entre otras) se ejecuta, solicitando el desvió de
las mismas para cumplir las exigencias establecidas en el proyecto o documentación
de la obra en cuanto a distancias y separaciones.
CR3.6 Los equipos y maquinaria para la ejecución de la obra se ubican, teniendo
en cuenta los que sean eléctricos y prohibir los que sean de combustión en el interior
de los espacios confinados, manteniendo las exigencias de ventilación para
seguridad de los trabajadores, y en el caso de utilizar equipos de combustión en el
exterior (compresores, entre otros), disponiendo la salida de humos lejos de la
admisión de los extractores de ventilación y del acceso al espacio confinado.
RP4: Realizar la construcción o adecuación funcional de pozos de registro y galerías
visitables (interiores, de acometida y exteriores), comprobando que se cumplen las
exigencias establecidas para la obra o proyecto, de acuerdo con la normativa técnica
municipal.
CR4.1 Las licencias y permisos necesarios para la ejecución de arquetas, pozos
y galerías visitables, tanto de la red interior como de acometidas o ampliaciones de
colectores subterráneos municipales se notifica antes del inicio de las obras a la
propiedad, servicios técnicos municipales, gestor de red y organismos de seguridad
y salud laboral, comprobando que se cumplen las exigencias municipales o de
compañías suministradoras encargadas de su gestión, y notificando al gestor de la
red a mitad de obra la comprobación de pendientes, dimensiones, espesores de las
fábricas de ladrillo y resaltos necesarios.
CR4.2 El estudio geotécnico, que formará parte del proyecto, se realiza para
determinar las características del terreno, aplicando las medidas preventivas en
función de la información obtenida en él, o en el caso de no ser necesario realizar el
estudio geotécnico (obras sin proyecto, entre otros), definiendo las medidas
preventivas para la situación más desfavorable del terreno.
CR4.3 El maquinillo de elevación y descenso de cargas para la construcción de
pozos y galerías visitables se instala según las instrucciones del fabricante, evitando
usar bidones de agua o sacos de arena como contrapeso, disponiendo de elementos
de sujeción anclados a un punto fijo homologado.
CR4.4 Los pates, o en su defecto, escalera fija para el ascenso o descenso al
pozo de registro se montan con las dimensiones y formas indicadas en el Plan de
Seguridad y Salud de la obra, estando provistos los operarios de arnés de seguridad
con anclaje a sistema anticaídas anclado a punto fijo homologado.
cve: BOE-A-2022-1057
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 20