I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2022-1055)
Acuerdo internacional administrativo entre la Organización Mundial del Turismo y la Secretaría de Estado de Turismo del Gobierno del Reino de España para la celebración de la 24.ª reunión de la Asamblea General de la OMT, hecho en Madrid el 3 de diciembre de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20
Lunes 24 de enero de 2022
XIII.
Sec. I. Pág. 7726
Disposiciones finales
1. El presente Acuerdo y sus anexos, que deberán firmar y aprobar debidamente
ambas partes, entrarán en vigor en la fecha de la firma y mantendrán su vigencia
mientras dure la Reunión y durante cualquier periodo adicional necesario para preparar y
concluir su organización.
En prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente por triplicado
ejemplar, que entrará en vigor, el mismo día de su firma.
Hecho en Madrid, a 3 de diciembre de 2021, en tres ejemplares originales, en
español.
Por parte de la Organización Mundial
del Turismo,
Por parte del Reino de España,
Zurab Pololikashvili,
Secretario General
Fernando Valdés Verelst,
Secretario de Estado de Turismo
ANEXO I
Recomendaciones de la OMS en emergencias de salud pública
I. Antes del evento:
España deberá:
− Distribuir el paquete «Consejos para los participantes de la reunión»;
− Buscar la orientación más actualizada de las autoridades sanitarias locales y la
oficina de país de la OMS;
− Gestionar con la administración de las instalaciones la limpieza, la disponibilidad
de desinfectante de manos y la ventilación de las salas; y
− Recordar a los participantes que tengan un plan sobre cómo proceder si enferman
durante la reunión, gestionando directamente la situación con su seguro médico.
II.
Durante el evento:
− Proporcionar un resumen introductorio sobre las medidas preventivas;
− Garantizar el distanciamiento social adecuado durante las reuniones y eventos
relativos al Consejo;
− Proporcionar información sobre la prevención de la COVID-19 en la sala de
reuniones;
− Proporcionar copias del «Aviso para los participantes de la reunión»;
− Proporcionar el Plan que se esté aplicando en ese momento para cuando una
persona no residente se encuentre indispuesto –posible caso COVID. En cualquier otro
caso, se procederá en función del seguro médico de cada persona.
− La Secretaría de Estado de Turismo facilitará el acceso a los test PCR de aquellas
delegaciones que lo demanden para garantizar el desplazamiento de regreso a sus
países de origen.
− Los gastos de realización de los test correrán a cargo de las delegaciones.
cve: BOE-A-2022-1055
Verificable en https://www.boe.es
España deberá:
Núm. 20
Lunes 24 de enero de 2022
XIII.
Sec. I. Pág. 7726
Disposiciones finales
1. El presente Acuerdo y sus anexos, que deberán firmar y aprobar debidamente
ambas partes, entrarán en vigor en la fecha de la firma y mantendrán su vigencia
mientras dure la Reunión y durante cualquier periodo adicional necesario para preparar y
concluir su organización.
En prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente por triplicado
ejemplar, que entrará en vigor, el mismo día de su firma.
Hecho en Madrid, a 3 de diciembre de 2021, en tres ejemplares originales, en
español.
Por parte de la Organización Mundial
del Turismo,
Por parte del Reino de España,
Zurab Pololikashvili,
Secretario General
Fernando Valdés Verelst,
Secretario de Estado de Turismo
ANEXO I
Recomendaciones de la OMS en emergencias de salud pública
I. Antes del evento:
España deberá:
− Distribuir el paquete «Consejos para los participantes de la reunión»;
− Buscar la orientación más actualizada de las autoridades sanitarias locales y la
oficina de país de la OMS;
− Gestionar con la administración de las instalaciones la limpieza, la disponibilidad
de desinfectante de manos y la ventilación de las salas; y
− Recordar a los participantes que tengan un plan sobre cómo proceder si enferman
durante la reunión, gestionando directamente la situación con su seguro médico.
II.
Durante el evento:
− Proporcionar un resumen introductorio sobre las medidas preventivas;
− Garantizar el distanciamiento social adecuado durante las reuniones y eventos
relativos al Consejo;
− Proporcionar información sobre la prevención de la COVID-19 en la sala de
reuniones;
− Proporcionar copias del «Aviso para los participantes de la reunión»;
− Proporcionar el Plan que se esté aplicando en ese momento para cuando una
persona no residente se encuentre indispuesto –posible caso COVID. En cualquier otro
caso, se procederá en función del seguro médico de cada persona.
− La Secretaría de Estado de Turismo facilitará el acceso a los test PCR de aquellas
delegaciones que lo demanden para garantizar el desplazamiento de regreso a sus
países de origen.
− Los gastos de realización de los test correrán a cargo de las delegaciones.
cve: BOE-A-2022-1055
Verificable en https://www.boe.es
España deberá: