I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2022-1055)
Acuerdo internacional administrativo entre la Organización Mundial del Turismo y la Secretaría de Estado de Turismo del Gobierno del Reino de España para la celebración de la 24.ª reunión de la Asamblea General de la OMT, hecho en Madrid el 3 de diciembre de 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 7724
6. Los firmantes se comprometen a mantener un contacto constante para la
preparación y el desarrollo de la Reunión, a informarse mutuamente de cualquier asunto
que pudiera afectar al cumplimiento del Acuerdo y a cooperar y colaborar en todas las
cuestiones oportunas en relación con el presente Acuerdo. Con este fin, cada parte
firmante designará a un funcionario como coordinador de la conferencia y le comunicará
su nombre, cargo y datos de contacto a la otra.
IV.
1.
Alojamiento y transporte
El Gobierno garantizará los siguientes servicios:
a) Bloqueo de un número suficiente de habitaciones con tarifas reducidas para los
participantes en el hotel principal, así como en hoteles alternativos cercanos de
diferentes categorías (de 3, 4 y 5 estrellas).
b) El transporte local de los participantes y del personal de la Secretaría entre los
hoteles oficiales y el lugar de las reuniones, así como cualquier otro transporte local
necesario (actos sociales, etc.).
V.
Comunicación, web y difusión
1. Todo uso del nombre o el emblema, la bandera o la abreviación del nombre de la
Organización en relación con la Reunión requerirá una solicitud previa a la Organización
y la autorización escrita de la Secretaría, que incluirá las condiciones para el uso de los
signos de la Organización.
2. El Gobierno garantizará que la entrada, las salas de reuniones y las salas para
las conferencias de prensa en el lugar de la Reunión estén equipados con banderolas y
banderas de grandes dimensiones de acuerdo con los criterios especificados por la
Organización.
3. La Organización pondrá en práctica un plan de comunicación basado en sus
propios recursos, con actividades específicas.
4. Toda la información oficial relativa a la Reunión (incluidos todos los documentos
de trabajo oficiales) estarán disponibles en la web de la Organización. El Gobierno
facilitará la información que resulte de interés para incluirla en la web de la OMT. El
Gobierno puede incluir también si lo desea información sobre el lugar de la Reunión en
su propia web. Cualquier enlace a la web de la Organización deberá solicitarse
previamente y estará sujeto a la autorización de la Secretaría.
Oficial de enlace, personal local y personal técnico
1. Las partes se comprometen a mantener un contacto constante para la
preparación y el desarrollo de la Reunión, a informarse mutuamente de cualquier asunto
que pudiera afectar al cumplimiento del Acuerdo y a cooperar y colaborar en todas las
cuestiones oportunas en relación con el presente Acuerdo. Con este fin, cada una de las
partes designará a su oficial de enlace y comunicará su nombre, cargo y datos de
contacto a la otra. Cada parte designará a continuación a los oficiales necesarios para
ocuparse de las cuestiones pertinentes, incluidas las relativas a protocolo.
2. El oficial de enlace actuará como intermediario entre la Secretaría y el Gobierno,
para coordinar y adoptar todas las disposiciones en asuntos de logística, administración
y personal de la Reunión, conforme a lo exigido en este Acuerdo.
3. El Gobierno proporcionará y pondrá bajo supervisión global del Secretario
General o de la persona por él designada, el personal local y el personal técnico que se
necesite para la Reunión.
4. La Organización proporcionará los servicios específicos para la preparación y el
desarrollo de la Reunión estipulados en el Anexo II y V, bajo la supervisión global del
Secretario General o de la persona por él designada.
cve: BOE-A-2022-1055
Verificable en https://www.boe.es
VI.
Núm. 20
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 7724
6. Los firmantes se comprometen a mantener un contacto constante para la
preparación y el desarrollo de la Reunión, a informarse mutuamente de cualquier asunto
que pudiera afectar al cumplimiento del Acuerdo y a cooperar y colaborar en todas las
cuestiones oportunas en relación con el presente Acuerdo. Con este fin, cada parte
firmante designará a un funcionario como coordinador de la conferencia y le comunicará
su nombre, cargo y datos de contacto a la otra.
IV.
1.
Alojamiento y transporte
El Gobierno garantizará los siguientes servicios:
a) Bloqueo de un número suficiente de habitaciones con tarifas reducidas para los
participantes en el hotel principal, así como en hoteles alternativos cercanos de
diferentes categorías (de 3, 4 y 5 estrellas).
b) El transporte local de los participantes y del personal de la Secretaría entre los
hoteles oficiales y el lugar de las reuniones, así como cualquier otro transporte local
necesario (actos sociales, etc.).
V.
Comunicación, web y difusión
1. Todo uso del nombre o el emblema, la bandera o la abreviación del nombre de la
Organización en relación con la Reunión requerirá una solicitud previa a la Organización
y la autorización escrita de la Secretaría, que incluirá las condiciones para el uso de los
signos de la Organización.
2. El Gobierno garantizará que la entrada, las salas de reuniones y las salas para
las conferencias de prensa en el lugar de la Reunión estén equipados con banderolas y
banderas de grandes dimensiones de acuerdo con los criterios especificados por la
Organización.
3. La Organización pondrá en práctica un plan de comunicación basado en sus
propios recursos, con actividades específicas.
4. Toda la información oficial relativa a la Reunión (incluidos todos los documentos
de trabajo oficiales) estarán disponibles en la web de la Organización. El Gobierno
facilitará la información que resulte de interés para incluirla en la web de la OMT. El
Gobierno puede incluir también si lo desea información sobre el lugar de la Reunión en
su propia web. Cualquier enlace a la web de la Organización deberá solicitarse
previamente y estará sujeto a la autorización de la Secretaría.
Oficial de enlace, personal local y personal técnico
1. Las partes se comprometen a mantener un contacto constante para la
preparación y el desarrollo de la Reunión, a informarse mutuamente de cualquier asunto
que pudiera afectar al cumplimiento del Acuerdo y a cooperar y colaborar en todas las
cuestiones oportunas en relación con el presente Acuerdo. Con este fin, cada una de las
partes designará a su oficial de enlace y comunicará su nombre, cargo y datos de
contacto a la otra. Cada parte designará a continuación a los oficiales necesarios para
ocuparse de las cuestiones pertinentes, incluidas las relativas a protocolo.
2. El oficial de enlace actuará como intermediario entre la Secretaría y el Gobierno,
para coordinar y adoptar todas las disposiciones en asuntos de logística, administración
y personal de la Reunión, conforme a lo exigido en este Acuerdo.
3. El Gobierno proporcionará y pondrá bajo supervisión global del Secretario
General o de la persona por él designada, el personal local y el personal técnico que se
necesite para la Reunión.
4. La Organización proporcionará los servicios específicos para la preparación y el
desarrollo de la Reunión estipulados en el Anexo II y V, bajo la supervisión global del
Secretario General o de la persona por él designada.
cve: BOE-A-2022-1055
Verificable en https://www.boe.es
VI.