III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-1028)
Resolución de 20 de enero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Servicio Gallego de Salud, en materia de asistencia sanitaria a personas privadas de libertad en centros penitenciarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 22 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 7541
que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará la información se
debe consensuar con el responsable antes del inicio de la recogida de los datos.
El presente Anexo y las obligaciones en él establecidos, así como el Sumario de
Tratamiento constituyen el contrato de encargo de tratamiento entre la Consellería de
Sanidade y los Encargados de Tratamiento a que hace referencia el artículo 28.3 RGPD.
Las obligaciones y prestaciones que aquí se contienen no son retribuibles de forma
distinta de lo previsto en el presente acuerdo y tendrán la misma duración que éste,
prorrogándose en su caso por períodos iguales a éste. No obstante, a la finalización del
acuerdo, el deber de secreto continuará vigente, sin límite de tiempo, para todas las
personas involucradas en la ejecución del mismo.
Para el cumplimiento del objeto de este acuerdo no se requiere que los Encargados
de Tratamiento accedan a ningún otro Dato Personal responsabilidad de la Consellería
de Sanidade, y por tanto no están autorizados en caso alguno al acceso o tratamiento de
otro dato, que no sean los especificados en el Sumario de Tratamiento. Si se produjera
una incidencia durante la ejecución del acuerdo que conllevara un acceso accidental o
incidental a Datos Personales responsabilidad de la Consellería de Sanidade no
contemplados en el Sumario de Tratamiento los Encargados de Tratamiento deberán
ponerlo en conocimiento de la Consellería de Sanidade, en concreto de su Delegado de
Protección de Datos, con la mayor diligencia y a más tardar en el plazo de 72 horas.
Información
Los datos de carácter personal vinculados a las actividades de tramitación, control y
auditoría de este acuerdo serán tratados por la Consellería de Sanidade para ser
incorporados al sistema de tratamiento «Identificación usuarios e profesionais do sistema
público sanitario» y «Xestión da Historia Clínica e Actividade Asistencial» cuyas
finalidades son, en el primer caso, conocer la identidad de los/as profesionales
relacionados/as con el catálogo de prestaciones sanitarias, así como su actividad y
situación administrativa, así como, llevar la gestión y control de accesos a los sistemas
de información de la Consellería de Sanidade y del Servizo Galego de Saúde; con el
segundo tratamiento se gestionan los datos de la historia clínica del enfermo para el
seguimiento de este, gestión de la actividad asistencial, gestión financiera, facturación,
prestación farmacéutica, actividad docente, producción de estadísticas y investigación
sanitaria y acciones en favor de toxicómanos.
Finalidad necesaria para el cumplimiento de una obligación legal de la Consellería
de Sanidade
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que
se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar
de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, además de los periodos establecidos en
la normativa de archivos y patrimonio documental tanto autonómica como estatal.
Los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de
limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas
únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, se pueden
ejercitar ante la Secretaría Xeral Técnica de la Consellería de Sanidade, Edificio
Administrativo San Lázaro, C/San Lázaro, s/n, 15703 – Santiago de Compostela.
Sumario de tratamiento de datos personales
Descripción general del tratamiento de datos personales a efectuar
El tratamiento consistirá en:
Facilitar la asistencia sanitaria que se presta en los centros penitenciarios de la
Comunidad Autónoma de Galicia facilitando el acceso telemático a las historias clínicas
cve: BOE-A-2022-1028
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19
Sábado 22 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 7541
que se van a realizar. La redacción y el formato en que se facilitará la información se
debe consensuar con el responsable antes del inicio de la recogida de los datos.
El presente Anexo y las obligaciones en él establecidos, así como el Sumario de
Tratamiento constituyen el contrato de encargo de tratamiento entre la Consellería de
Sanidade y los Encargados de Tratamiento a que hace referencia el artículo 28.3 RGPD.
Las obligaciones y prestaciones que aquí se contienen no son retribuibles de forma
distinta de lo previsto en el presente acuerdo y tendrán la misma duración que éste,
prorrogándose en su caso por períodos iguales a éste. No obstante, a la finalización del
acuerdo, el deber de secreto continuará vigente, sin límite de tiempo, para todas las
personas involucradas en la ejecución del mismo.
Para el cumplimiento del objeto de este acuerdo no se requiere que los Encargados
de Tratamiento accedan a ningún otro Dato Personal responsabilidad de la Consellería
de Sanidade, y por tanto no están autorizados en caso alguno al acceso o tratamiento de
otro dato, que no sean los especificados en el Sumario de Tratamiento. Si se produjera
una incidencia durante la ejecución del acuerdo que conllevara un acceso accidental o
incidental a Datos Personales responsabilidad de la Consellería de Sanidade no
contemplados en el Sumario de Tratamiento los Encargados de Tratamiento deberán
ponerlo en conocimiento de la Consellería de Sanidade, en concreto de su Delegado de
Protección de Datos, con la mayor diligencia y a más tardar en el plazo de 72 horas.
Información
Los datos de carácter personal vinculados a las actividades de tramitación, control y
auditoría de este acuerdo serán tratados por la Consellería de Sanidade para ser
incorporados al sistema de tratamiento «Identificación usuarios e profesionais do sistema
público sanitario» y «Xestión da Historia Clínica e Actividade Asistencial» cuyas
finalidades son, en el primer caso, conocer la identidad de los/as profesionales
relacionados/as con el catálogo de prestaciones sanitarias, así como su actividad y
situación administrativa, así como, llevar la gestión y control de accesos a los sistemas
de información de la Consellería de Sanidade y del Servizo Galego de Saúde; con el
segundo tratamiento se gestionan los datos de la historia clínica del enfermo para el
seguimiento de este, gestión de la actividad asistencial, gestión financiera, facturación,
prestación farmacéutica, actividad docente, producción de estadísticas y investigación
sanitaria y acciones en favor de toxicómanos.
Finalidad necesaria para el cumplimiento de una obligación legal de la Consellería
de Sanidade
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que
se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar
de dicha finalidad y del tratamiento de los datos, además de los periodos establecidos en
la normativa de archivos y patrimonio documental tanto autonómica como estatal.
Los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de
limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas
únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, se pueden
ejercitar ante la Secretaría Xeral Técnica de la Consellería de Sanidade, Edificio
Administrativo San Lázaro, C/San Lázaro, s/n, 15703 – Santiago de Compostela.
Sumario de tratamiento de datos personales
Descripción general del tratamiento de datos personales a efectuar
El tratamiento consistirá en:
Facilitar la asistencia sanitaria que se presta en los centros penitenciarios de la
Comunidad Autónoma de Galicia facilitando el acceso telemático a las historias clínicas
cve: BOE-A-2022-1028
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 19