III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-1048)
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Guadacano, de 62 MWp/48 MWn, sito en los términos municipales de Archidona y Antequera (Málaga)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Sábado 22 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 7668
Respecto a la fauna, la pérdida de hábitat o alteración de biotopos afecta a las aves
esteparias que se asientan principalmente sobre pastizal, matorral y cultivos de secano.
Dentro del ámbito de estudio, existen espacios de cultivos de olivar de secano, lo que
hace que la superficie ocupada por las infraestructuras consideradas suponga un bajo
porcentaje respecto del total.
Por último, en el EsIA se recoge un análisis específico de sinergias entre el proyecto
de la PFV Guadacano y el proyecto de infraestructuras comunes de evacuación, en el
que se enumeran los efectos o impactos ambientales sobre clima, atmósfera, suelo,
hidrología, flora, fauna, paisaje y socioeconomía.
c)
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
En el EsIA, se ha realizado una evaluación de la vulnerabilidad de la PFV
Guadacano ante accidentes graves conforme a la Ley 21/2013, de evaluación ambiental.
Se informa que el proyecto solo es vulnerable frente a accidentes graves que conlleven
fallos en equipos que supongan incendio o explosión. En caso de ocurrencia de alguno
de los sucesos iniciadores identificados, solo se prevén daños para el proyecto. Dicha
vulnerabilidad se ha analizado teniendo en consideración el potencial que dicho
accidente grave tiene de generar un daño de tipo químico o un daño de tipo físico, tanto
para el proyecto como para el entorno natural del mismo.
Para el análisis realizado sobre el daño de tipo químico, se concluye que no existen
rutas de exposición sobre el foco‐receptor, no existiendo en consecuencia escenarios de
riesgo plausibles. Para el análisis realizado sobre el tipo de daño físico, se concluye la no
existencia de receptores medioambientales sensibles en el entorno del proyecto, no
existiendo por tanto escenarios de riesgo posibles.
En relación con el análisis de vulnerabilidad frente a catástrofes naturales, el proyecto
es vulnerable a la caída de rayos cuya consecuencia principal identificada es la generación
de incendio en las instalaciones. Las medidas preventivas instaladas (pararrayos) y las
características de diseño de la instalación (puesta a tierra), unido a la inexistencia de
receptores de un hipotético incendio generado a partir de un rayo, en el entorno cercano del
proyecto, hace concluir igualmente la no existencia de escenarios de riesgo.
La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Consejería de
Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, emite informe
favorable, al indicar que los documentos presentados por el promotor resultan
coherentes en relación con los aspectos relacionados con las actuaciones y
competencias de dicha Dirección General en materia de emergencias y protección civil.
En todo caso, al igual que los aspectos técnicos del proyecto, la vulnerabilidad del
proyecto, en base al análisis realizado por el promotor, es un factor más a considerar en
la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo.
Respecto a la vulnerabilidad frente accidentes graves y/o catástrofes naturales, la
presente propuesta recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las autoridades
competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento de
participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano
competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.
El EsIA contiene un PVA cuyo objetivo es el seguimiento y control de las afecciones
previstas y, garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas y
correctoras descritas, así como la evaluación de los impactos residuales de modo que,
en caso de detectarse impactos imprevistos, se puedan tomar las medidas correctoras
adicionales. En las distintas fases del proyecto, se realizará un seguimiento de la eficacia
de las medidas adoptadas y sus criterios de aplicación, emitiendo los correspondientes
informes. Las líneas principales del PVA descritas en el EsIA se resumen a continuación:
En la fase previa, se concretará un plan de medidas preventivas en relación con la
gestión y tratamiento de los residuos con la finalidad de fomentar, en este orden, la
cve: BOE-A-2022-1048
Verificable en https://www.boe.es
d) Programa de vigilancia ambiental (PVA).
Núm. 19
Sábado 22 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 7668
Respecto a la fauna, la pérdida de hábitat o alteración de biotopos afecta a las aves
esteparias que se asientan principalmente sobre pastizal, matorral y cultivos de secano.
Dentro del ámbito de estudio, existen espacios de cultivos de olivar de secano, lo que
hace que la superficie ocupada por las infraestructuras consideradas suponga un bajo
porcentaje respecto del total.
Por último, en el EsIA se recoge un análisis específico de sinergias entre el proyecto
de la PFV Guadacano y el proyecto de infraestructuras comunes de evacuación, en el
que se enumeran los efectos o impactos ambientales sobre clima, atmósfera, suelo,
hidrología, flora, fauna, paisaje y socioeconomía.
c)
Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:
En el EsIA, se ha realizado una evaluación de la vulnerabilidad de la PFV
Guadacano ante accidentes graves conforme a la Ley 21/2013, de evaluación ambiental.
Se informa que el proyecto solo es vulnerable frente a accidentes graves que conlleven
fallos en equipos que supongan incendio o explosión. En caso de ocurrencia de alguno
de los sucesos iniciadores identificados, solo se prevén daños para el proyecto. Dicha
vulnerabilidad se ha analizado teniendo en consideración el potencial que dicho
accidente grave tiene de generar un daño de tipo químico o un daño de tipo físico, tanto
para el proyecto como para el entorno natural del mismo.
Para el análisis realizado sobre el daño de tipo químico, se concluye que no existen
rutas de exposición sobre el foco‐receptor, no existiendo en consecuencia escenarios de
riesgo plausibles. Para el análisis realizado sobre el tipo de daño físico, se concluye la no
existencia de receptores medioambientales sensibles en el entorno del proyecto, no
existiendo por tanto escenarios de riesgo posibles.
En relación con el análisis de vulnerabilidad frente a catástrofes naturales, el proyecto
es vulnerable a la caída de rayos cuya consecuencia principal identificada es la generación
de incendio en las instalaciones. Las medidas preventivas instaladas (pararrayos) y las
características de diseño de la instalación (puesta a tierra), unido a la inexistencia de
receptores de un hipotético incendio generado a partir de un rayo, en el entorno cercano del
proyecto, hace concluir igualmente la no existencia de escenarios de riesgo.
La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Consejería de
Presidencia, Administración Pública e Interior de la Junta de Andalucía, emite informe
favorable, al indicar que los documentos presentados por el promotor resultan
coherentes en relación con los aspectos relacionados con las actuaciones y
competencias de dicha Dirección General en materia de emergencias y protección civil.
En todo caso, al igual que los aspectos técnicos del proyecto, la vulnerabilidad del
proyecto, en base al análisis realizado por el promotor, es un factor más a considerar en
la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo.
Respecto a la vulnerabilidad frente accidentes graves y/o catástrofes naturales, la
presente propuesta recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las autoridades
competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento de
participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano
competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.
El EsIA contiene un PVA cuyo objetivo es el seguimiento y control de las afecciones
previstas y, garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas y
correctoras descritas, así como la evaluación de los impactos residuales de modo que,
en caso de detectarse impactos imprevistos, se puedan tomar las medidas correctoras
adicionales. En las distintas fases del proyecto, se realizará un seguimiento de la eficacia
de las medidas adoptadas y sus criterios de aplicación, emitiendo los correspondientes
informes. Las líneas principales del PVA descritas en el EsIA se resumen a continuación:
En la fase previa, se concretará un plan de medidas preventivas en relación con la
gestión y tratamiento de los residuos con la finalidad de fomentar, en este orden, la
cve: BOE-A-2022-1048
Verificable en https://www.boe.es
d) Programa de vigilancia ambiental (PVA).