III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-1048)
Resolución de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Guadacano, de 62 MWp/48 MWn, sito en los términos municipales de Archidona y Antequera (Málaga)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 22 de enero de 2022

Sec. III. Pág. 7663

que puedan afectarlas y se pondrán en conocimiento de la Delegación Territorial para
que se adopten las medidas pertinentes.
El promotor manifiesta que tendrá en cuenta dichas consideraciones, cubriendo los
muestreos con un buffer de 200 m respecto a la planta, con especial incidencia en
aquellos lugares en los que el hábitat permita refugio y alimentación a las especies
mencionadas. En el caso de anfibios y reptiles, los muestreos se realizarán en dos
jornadas (dos días más dos noches) en primavera, debido a la emisión de cantos por
parte de los anfibios en el periodo nupcial. Para la fauna vertebrada terrestre se
realizarán tres recorridos a pie y se instalarán cámaras de fototrampeo en, al menos, tres
ubicaciones durante dos meses. Por último, para el estudio de quirópteros, se instalarán
detectores de ultrasonidos con micrófono en cinco puntos del ámbito, tanto en el olivar
como en aquellas zonas especialmente aptas para la alimentación de los quirópteros,
como charcas y sotos de ribera. Las grabadoras estarán ubicadas durante tres noches,
con el objeto de poder cubrir la variación que pueda sucederse a lo largo de más de una
noche. Se ubicarán a lo largo del otoño, con el fin de cubrir el periodo de celo.
Finalizadas las prospecciones, la información será enviada al órgano competente en
materia de medio ambiente de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Por otro lado, desde la Delegación Territorial se indica que, al encontrarse la planta
dentro del coto deportivo de caza MA-10236 y salvo en el caso de los cerramientos de
seguridad, el vallado deberá cumplir las especificaciones del artículo 70 del Reglamento de
Ordenación de Caza (Decreto 126/2017, de 25 de julio). Los tramos en los que el vallado no
cuente con una pantalla vegetal y al objeto de dar visibilidad al mismo, deberán estar
señalizados de forma que se minimice el riesgo de colisión para la avifauna.
Además se recoge que, en terrenos cinegéticos, según la «Instrucción relativa al
tratamiento y consideración de los terrenos incluidos en proyectos de instalaciones
fotovoltaicas que afectan a terrenos cinegéticos» de la Dirección General de Medio
Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía:
a) El propietario de los terrenos deberá, en aquellos casos que esté constituido un
coto de caza, informar al titular cinegético de la obligación de modificación del Plan
Técnico de Caza para incorporar la planta fotovoltaica como zona de seguridad y
proceder a su señalización.
b) Los terrenos afectados por el emplazamiento que pertenezcan a un coto o
terreno cinegético, deben ser considerados Zona de Seguridad con una franja de
ampliación en todo su perímetro de 100 m.
c) Esta instrucción carece de validez en caso de que el propietario de los terrenos
solicite la segregación de los mismos del terreno cinegético. Dicha segregación, por
motivos de seguridad de las personas y sus bienes, debe tener efectos inmediatos en el
momento del inicio de los trabajos.
El promotor, a este respecto, indica que se concretarán las actuaciones de acuerdo
con el deseo de los propietarios del coto de caza MA-10236, ya sea manteniendo el uso
cinegético y las actuaciones que ello conlleva o segregándolo.
Para promover la biodiversidad, la Delegación Territorial informa de que se deberán
instalar el equivalente a uno de los siguientes elementos por hectárea, de distinta
tipología, que consistirán en: bebederos (accesibles para todo tipo de fauna), charcas
para especies acuáticas y anfibios, majanos, posaderos y cajas nido de distintas
tipologías para aves y quirópteros (se priorizarán las especies que pierden sustrato de
nidificación como el mochuelo europeo (Athene noctua) y la abubilla (Upupa epops).
Además, se recomienda instalar refugios para insectos, fajas para polinizadores,
colmenas en convenio con apicultores, etc. El promotor acepta dichas condiciones
detallando la cantidad de cada elemento hasta un total de 145 (tal y como se indica en el
informe de la Delegación Territorial).

cve: BOE-A-2022-1048
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Núm. 19