II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-976)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Universidad de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Viernes 21 de enero de 2022

Sec. II.B. Pág. 6673

excepción de que se trate del mismo departamento, sección (en su caso), área de
conocimiento y perfil.
3.6 La presentación de la solicitud conlleva el consentimiento de la persona
aspirante, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, para el tratamiento de
los datos personales que sean necesarios para tramitar todas las gestiones que se
produzcan en relación con este proceso selectivo, y para ser notificado, en su caso,
electrónicamente al correo electrónico y móvil que facilita.
3.7 La falta de presentación de la solicitud dentro del plazo, debidamente firmada, y
de los documentos constitutivos de requisito en el plazo indicado, será causa de
exclusión del concurso.
3.8 De los documentos que haya expedido la UB no será necesario aportar copia,
pero sí será necesario alegar que la UB los incorpore al expediente, indicando órgano y
fecha de expedición. Asimismo, tampoco será necesario aportar la documentación que
conste en poder de la UB. En este último caso deberá indicarse en qué expediente se
aportó.
4.

Declaración de admitidos y excluidos

4.1 Una vez finalizado el plazo para presentar las solicitudes, el vicerrector adjunto
al rector y de Personal Docente e Investigador, por delegación del rector, dictará
resolución en el plazo máximo de veinte días hábiles y declarará aprobada la lista
provisional de personas admitidas y excluidas, identificadas con el nombre y apellidos,
con indicación de las causas de exclusión.
Esta resolución se hará pública en la sede electrónica de la Universidad de
Barcelona, sin perjuicio de su difusión adicional en la dirección:

4.2 Las personas interesadas podrán reparar el defecto o el error que haya
causado la exclusión, a excepción del pago de la tasa, o completar la documentación en
el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente de la fecha de la publicación de la
lista provisional de admitidos y excluidos en la sede electrónica.
En cualquier caso, solo se valorarán los requisitos y méritos certificados hasta el
último día de presentación de solicitudes.
4.3 Las personas que no subsanen o rectifiquen dentro del plazo indicado el
defecto o error que haya motivado su exclusión, se considerará que desisten de su
petición y quedarán definitivamente excluidas de la convocatoria.
Los escritos o reclamaciones que se presenten con respecto a la lista provisional se
resolverán mediante la publicación de la lista definitiva, contra la que se podrá interponer
los recursos pertinentes.
4.4 En el plazo máximo de veinte días hábiles posteriores a la finalización del plazo
de subsanación en la lista provisional, el vicerrector adjunto al rector y de Personal
Docente e Investigador, por delegación del rector, dictará la resolución por la que se
acuerda la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. Se hará pública en la sede
electrónica, sin perjuicio de la difusión expresada en la base 4.1.
Con respecto a esta resolución se podrán interponer los recursos previstos a tal
efecto en la base 13.
4.5 Las personas candidatas al concurso que renuncien a participar en cualquier
momento del proceso selectivo deberán comunicarlo al rector mediante escrito firmado,
por alguno de los procedimientos previstos para la presentación de la solicitud.
4.6 La UB podrá rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de la
persona interesada, los errores aritméticos, materiales o de hecho de sus actos.

cve: BOE-A-2022-976
Verificable en https://www.boe.es

https://intranet.ub.edu/dyn/cms/02_treball_UB/02_concursos_i_oposicions/
1_concursos_pdi/1_personal_academic_funcionari/oberts/index.html y otros tablones.