II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-976)
Resolución de 16 de diciembre de 2021, de la Universidad de Barcelona, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 6672
peso de los documentos que se pueden adjuntar. En el caso de que no se puedan
adjuntar todos los documentos, estos deberán remitirse mediante las oficinas de Correos
según se expone en el punto c) siguiente. (Solo en caso de que las oficinas de Correos
estén cerradas por razón de la COVID-19 se podrá enviar el resto de la documentación
por correo electrónico a personal.academic@ub.edu).
c) Por cualquiera de los medios que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
(LPACAP). En el caso de que se presente mediante las oficinas de Correos, será
necesario utilizar el procedimiento de correo certificado administrativo (también conocido
como procedimiento en sobre abierto dado que el empleado de correos estampa el sello
de la fecha de envío en el documento enviado).
En el caso de que se presente la solicitud por uno de los medios alternativos en el
Registro de la Universidad, la persona aspirante deberá contar con una copia íntegra
donde conste la fecha y el sello oficial de presentación y la documentación requerida, y
enviarla por correo electrónico a la dirección personal.academic@ub.edu dentro del
mismo plazo de presentación de solicitudes
3.3 Dentro del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes
deberán satisfacer la tasa de 69,25 euros en concepto de tasa de inscripción, de acuerdo
con lo que establece la Orden PDA/85/2020, de 16 de junio, en cuanto a las tasas de
inscripción en las convocatorias para la selección de personal, con las bonificaciones
que se contemplan en la misma, cuyo cumplimiento de su goce deberá acreditarse.
El pago se puede efectuar en cualquiera de las oficinas del Banco de Bilbao Vizcaya
Argentaria o del Banco Santander, mediante el ingreso en caja, los números de cuenta
corriente relacionados en la solicitud o bien pagando electrónicamente con tarjeta de
crédito.
Toda la información para obtener el impreso de solicitud y para acceder al pago
electrónico está disponible en la sede electrónica:
https://seu.ub.edu/ofertaPublicaCategoriaPublic/categories?tipusOferta y en la web
de la Universidad de Barcelona.
La falta del pago de las tasas en el plazo de presentación de solicitudes determinará
la exclusión de la candidatura. Por tanto, no se podrá formalizar el pago en el plazo de
correcciones. Para acreditar el pago se deberá adjuntar el comprobante a la solicitud.
En ningún caso el pago sustituye el trámite de presentación de la solicitud en forma y
plazo de acuerdo con estas bases.
Las tasas satisfechas no serán objeto de devolución en caso de exclusión de la
convocatoria por falta de cumplimiento de los requisitos, así como tampoco por causa de
renuncia de la persona aspirante, o por otras causas que impidan su participación en el
proceso selectivo, salvo por causa de fuerza mayor que habrá que acreditar.
3.4 Sin perjuicio del procedimiento que se utilice para presentar la solicitud, siempre
habrá que presentar:
a) Formulario de solicitud, que incluye la declaración responsable del aspirante de
cumplimiento de los requisitos de participación en el concurso establecidos en los
artículos 2.1 y 2.3 de estas bases y que son ciertos los datos consignados en la solicitud
y en la documentación presentada.
b) Justificante del pago de los derechos de examen.
En caso de resultar adjudicatario, para poder formalizar el nombramiento se requerirá
la aportación de la documentación original acreditativa, a efectos de que la
Administración incorpore al expediente copia auténtica electrónica, o bien copia
auténtica, en caso de que no conste ya en poder de la Administración convocante.
3.5 Se deberá presentar una solicitud, y pagar los derechos de examen
correspondientes, para cada una de las plazas a las que se quiera concursar, a
cve: BOE-A-2022-976
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 18
Viernes 21 de enero de 2022
Sec. II.B. Pág. 6672
peso de los documentos que se pueden adjuntar. En el caso de que no se puedan
adjuntar todos los documentos, estos deberán remitirse mediante las oficinas de Correos
según se expone en el punto c) siguiente. (Solo en caso de que las oficinas de Correos
estén cerradas por razón de la COVID-19 se podrá enviar el resto de la documentación
por correo electrónico a personal.academic@ub.edu).
c) Por cualquiera de los medios que establece el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
(LPACAP). En el caso de que se presente mediante las oficinas de Correos, será
necesario utilizar el procedimiento de correo certificado administrativo (también conocido
como procedimiento en sobre abierto dado que el empleado de correos estampa el sello
de la fecha de envío en el documento enviado).
En el caso de que se presente la solicitud por uno de los medios alternativos en el
Registro de la Universidad, la persona aspirante deberá contar con una copia íntegra
donde conste la fecha y el sello oficial de presentación y la documentación requerida, y
enviarla por correo electrónico a la dirección personal.academic@ub.edu dentro del
mismo plazo de presentación de solicitudes
3.3 Dentro del plazo de presentación de solicitudes, las personas aspirantes
deberán satisfacer la tasa de 69,25 euros en concepto de tasa de inscripción, de acuerdo
con lo que establece la Orden PDA/85/2020, de 16 de junio, en cuanto a las tasas de
inscripción en las convocatorias para la selección de personal, con las bonificaciones
que se contemplan en la misma, cuyo cumplimiento de su goce deberá acreditarse.
El pago se puede efectuar en cualquiera de las oficinas del Banco de Bilbao Vizcaya
Argentaria o del Banco Santander, mediante el ingreso en caja, los números de cuenta
corriente relacionados en la solicitud o bien pagando electrónicamente con tarjeta de
crédito.
Toda la información para obtener el impreso de solicitud y para acceder al pago
electrónico está disponible en la sede electrónica:
https://seu.ub.edu/ofertaPublicaCategoriaPublic/categories?tipusOferta y en la web
de la Universidad de Barcelona.
La falta del pago de las tasas en el plazo de presentación de solicitudes determinará
la exclusión de la candidatura. Por tanto, no se podrá formalizar el pago en el plazo de
correcciones. Para acreditar el pago se deberá adjuntar el comprobante a la solicitud.
En ningún caso el pago sustituye el trámite de presentación de la solicitud en forma y
plazo de acuerdo con estas bases.
Las tasas satisfechas no serán objeto de devolución en caso de exclusión de la
convocatoria por falta de cumplimiento de los requisitos, así como tampoco por causa de
renuncia de la persona aspirante, o por otras causas que impidan su participación en el
proceso selectivo, salvo por causa de fuerza mayor que habrá que acreditar.
3.4 Sin perjuicio del procedimiento que se utilice para presentar la solicitud, siempre
habrá que presentar:
a) Formulario de solicitud, que incluye la declaración responsable del aspirante de
cumplimiento de los requisitos de participación en el concurso establecidos en los
artículos 2.1 y 2.3 de estas bases y que son ciertos los datos consignados en la solicitud
y en la documentación presentada.
b) Justificante del pago de los derechos de examen.
En caso de resultar adjudicatario, para poder formalizar el nombramiento se requerirá
la aportación de la documentación original acreditativa, a efectos de que la
Administración incorpore al expediente copia auténtica electrónica, o bien copia
auténtica, en caso de que no conste ya en poder de la Administración convocante.
3.5 Se deberá presentar una solicitud, y pagar los derechos de examen
correspondientes, para cada una de las plazas a las que se quiera concursar, a
cve: BOE-A-2022-976
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Núm. 18