III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2021-19279)
Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para la prestación del servicio del comedor escolar del CEIP "Mediterráneo" en las instalaciones del centro de día "San Francisco".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280
Martes 23 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 143651
Así, la Ciudad de Melilla asume su función como entidad colaboradora de la gestión
de las ayudas de comedor en Melilla, dentro de la Resolución de la Secretaría de Estado
de Educación de 8 de junio de 2021, modificada por la de 12 de julio de 2021, por la que
se convocan ayudas para sufragar el servicio de comedor y transporte escolar, para
alumnos matriculados en centros docentes no universitarios, en las ciudades de Ceuta y
Melilla en el curso académico 2021/2022, y por tanto se aplican las especificaciones para
entidades colaboradoras del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Segunda.
Actuaciones acogidas al Convenio.
Para la prestación del servicio de comedor escolar, el centro de día pondrá a
disposición el personal necesario para la adecuada prestación del proceso de cocinado y
distribución al alumnado. Este personal consistirá, al menos, en un cocinero y dos
auxiliares de cocina.
Se prestarán un máximo de 100 servicios de comedor al día, durante al menos 165
días dentro del curso escolar, con sus correspondientes servicios de vigilancia
organizados por la Dirección Provincial. Pudiéndose prestar en un único turno o en dos
turnos, según considere el centro de día que mejor convenga para su organización.
El presente servicio de comedor incluye, entre otros:
– Planificación de los menús a realizar.
– Adquisición y compra de materias primas alimenticias para la elaboración de los
platos.
– Adquisición y compra de productos y equipamiento de limpieza tanto para la cocina
como para el comedor escolar, en suficiente cantidad para mantener siempre un stock
suficiente.
– Almacenamiento de las materias primas y otros productos fungibles: servilletas,
manteles de papel, recipientes de un solo uso. Aquellos que lo requieran, en
refrigeración o congelación.
– Preparación de las materias y alimentos para su cocina: limpieza, pelaje, remojo,
etc.
– Cocción en todas sus variantes posibles, según requiera la receta.
– Preparación y puesta a disposición del alumnado de otros productos necesarios:
pan, servilletas, agua, etc.
– Conservación en caliente, si se requiere, de los productos cocinados hasta su
servicio al alumnado.
– Servicio al alumnado. Según las instalaciones, podrá ser mediante servicio por fila
única y bandejas, o directamente en platos con el alumnado sentado.
– Almacenaje, si es posible, de la alimentación restante.
– Recogida y limpieza de los utensilios de cocina y maquinaria utilizados.
– Recogida y limpieza del comedor.
https://sede.educacion.gob.es/publiventa/d/15130/19/0
El Ministerio de Educación y Formación Profesional, a través de su Dirección
Provincial y del personal del CEIP Mediterráneo, se responsabilizará del servicio de
vigilancia del alumnado durante la prestación del comedor en dependencias del centro
de día. Asimismo, velará por la adecuada prestación del servicio de comedor arriba
indicado.
cve: BOE-A-2021-19279
Verificable en https://www.boe.es
Los menús que se oferten al alumnado deberán constar de primer y segundo plato,
postre, y se tendrá en cuenta las consideraciones descritas en la Guía de comedores
escolares realizada conjuntamente por los Ministerios con competencias en Sanidad y
Educación:
Núm. 280
Martes 23 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 143651
Así, la Ciudad de Melilla asume su función como entidad colaboradora de la gestión
de las ayudas de comedor en Melilla, dentro de la Resolución de la Secretaría de Estado
de Educación de 8 de junio de 2021, modificada por la de 12 de julio de 2021, por la que
se convocan ayudas para sufragar el servicio de comedor y transporte escolar, para
alumnos matriculados en centros docentes no universitarios, en las ciudades de Ceuta y
Melilla en el curso académico 2021/2022, y por tanto se aplican las especificaciones para
entidades colaboradoras del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Segunda.
Actuaciones acogidas al Convenio.
Para la prestación del servicio de comedor escolar, el centro de día pondrá a
disposición el personal necesario para la adecuada prestación del proceso de cocinado y
distribución al alumnado. Este personal consistirá, al menos, en un cocinero y dos
auxiliares de cocina.
Se prestarán un máximo de 100 servicios de comedor al día, durante al menos 165
días dentro del curso escolar, con sus correspondientes servicios de vigilancia
organizados por la Dirección Provincial. Pudiéndose prestar en un único turno o en dos
turnos, según considere el centro de día que mejor convenga para su organización.
El presente servicio de comedor incluye, entre otros:
– Planificación de los menús a realizar.
– Adquisición y compra de materias primas alimenticias para la elaboración de los
platos.
– Adquisición y compra de productos y equipamiento de limpieza tanto para la cocina
como para el comedor escolar, en suficiente cantidad para mantener siempre un stock
suficiente.
– Almacenamiento de las materias primas y otros productos fungibles: servilletas,
manteles de papel, recipientes de un solo uso. Aquellos que lo requieran, en
refrigeración o congelación.
– Preparación de las materias y alimentos para su cocina: limpieza, pelaje, remojo,
etc.
– Cocción en todas sus variantes posibles, según requiera la receta.
– Preparación y puesta a disposición del alumnado de otros productos necesarios:
pan, servilletas, agua, etc.
– Conservación en caliente, si se requiere, de los productos cocinados hasta su
servicio al alumnado.
– Servicio al alumnado. Según las instalaciones, podrá ser mediante servicio por fila
única y bandejas, o directamente en platos con el alumnado sentado.
– Almacenaje, si es posible, de la alimentación restante.
– Recogida y limpieza de los utensilios de cocina y maquinaria utilizados.
– Recogida y limpieza del comedor.
https://sede.educacion.gob.es/publiventa/d/15130/19/0
El Ministerio de Educación y Formación Profesional, a través de su Dirección
Provincial y del personal del CEIP Mediterráneo, se responsabilizará del servicio de
vigilancia del alumnado durante la prestación del comedor en dependencias del centro
de día. Asimismo, velará por la adecuada prestación del servicio de comedor arriba
indicado.
cve: BOE-A-2021-19279
Verificable en https://www.boe.es
Los menús que se oferten al alumnado deberán constar de primer y segundo plato,
postre, y se tendrá en cuenta las consideraciones descritas en la Guía de comedores
escolares realizada conjuntamente por los Ministerios con competencias en Sanidad y
Educación: