III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-19170)
Resolución de 26 de octubre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad interina de Manzanares, por la que se suspende la cancelación de un asiento de hipoteca.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 22 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 143164
II. En dicho documento se han observado las siguientes circunstancias que han
sido objeto de calificación desfavorable:
– No se ha cancelado La hipoteca de la inscripción 13.ª que grava la finca a favor del
Banco Popular Español SA, que es posterior a la compraventa de la que ahora se
declara la nulidad
Fundamentos de Derecho:
– Se suspende la cancelación de la hipoteca de la inscripción 13.ª de la finca, que es
posterior a la compraventa de la que ahora se declara la nulidad por no constar que el
titular de la misma el Banco Popular Español S.A. ha sido parte en el procedimiento en el
que se ha declarado la nulidad, todo ello de conformidad con el Articulo 20 de la Ley
Hipotecaria y del Principio de Tutela Judicial Efectiva, manteniéndose en consecuencia la
inscripción de compraventa que se ha declarado nula únicamente en cuanto sea
necesario para sustentar la hipoteca que no se cancela.
En su virtud, acuerdo practicar las inscripciones siguientes en las fincas:
Finca: N.º 28416, Idufir: 13008000139236, inscrita en el Tomo: 1.221, Libro: 550 de
Manzanares, Folio: 225, Inscripción 14.ª y suspender la cancelación de la hipoteca de la
inscripción 13.ª por los motivos expuestos.
La titularidad y cargas de la/s finca/s a la/s que se refiere el documento resultan de
la/s nota/s simple/s informativa/s que se adjunta/n.
Los asientos practicados quedan bajo la salvaguardia de los Tribunales y con los
efectos de los artículos 1, 17, 20, 32, 34, 38 y 41 de la Ley Hipotecaria.
De conformidad con el artículo 324 de la Ley Hipotecaria, contra la presente nota de
calificación, podrá (…)
La registradora de la Propiedad interina Josefa Porras Delgado (…) Este documento
ha sido firmado con firma electrónica cualificada por Josefa Porras Delgado registrador/a
de Registro Propiedad de Valdepeñas [sic] a día treinta de junio del año dos mil
veintiuno».
III
Contra la anterior nota de calificación, doña A. B. D., procuradora de los tribunales,
en nombre y representación de «Combustibles La Solana, S.L.» interpuso recurso el
día 30 de julio de 2021 en virtud de escrito y en base a las siguientes alegaciones:
«Primera.–El Juzgado n.º 3 en lo Penal de Ciudad Real libró mandamiento al
Registro de la Propiedad comunicando la nulidad de la compraventa de la finca 28.416 e
interesando la cancelación de la hipoteca que grava dicha finca a favor del Banco
Popular, que fue presentado en el Registro de la Propiedad Manzanares para su
inscripción y consta en sus archivos (…)
Segunda.–El Registrador de la Propiedad suspendió la cancelación de la hipoteca,
efectuando una calificación negativa con fundamento en que el Banco Popular no había
sido llamado al procedimiento penal y que la hipoteca que grava la finca fue posterior a
la compraventa anulada por sentencia penal (…)
Tercera.–La hipoteca, cuya cancelación suspende la resolución recurrida, tuvo por
única y exclusiva causa simular el pago del precio de la finca 28416 entre los
condenados en la causa penal, G. J. A. (vendedor) y Hortícola Solanera, con la
participación de J. C. T. (administrador de la mercantil). De hecho, el préstamo
hipotecario que origen a la carga hipotecaria inscripta no es posterior a la compraventa
anulada por causa ilícita, sino simultánea a la misma.
Cuarta.–I) Entre los requisitos exigidos por el artículo 1261 CC para la existencia de
un contrato, se encuentra la causa de la obligación que se establezca. En el caso de una
cve: BOE-A-2021-19170
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 279
Lunes 22 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 143164
II. En dicho documento se han observado las siguientes circunstancias que han
sido objeto de calificación desfavorable:
– No se ha cancelado La hipoteca de la inscripción 13.ª que grava la finca a favor del
Banco Popular Español SA, que es posterior a la compraventa de la que ahora se
declara la nulidad
Fundamentos de Derecho:
– Se suspende la cancelación de la hipoteca de la inscripción 13.ª de la finca, que es
posterior a la compraventa de la que ahora se declara la nulidad por no constar que el
titular de la misma el Banco Popular Español S.A. ha sido parte en el procedimiento en el
que se ha declarado la nulidad, todo ello de conformidad con el Articulo 20 de la Ley
Hipotecaria y del Principio de Tutela Judicial Efectiva, manteniéndose en consecuencia la
inscripción de compraventa que se ha declarado nula únicamente en cuanto sea
necesario para sustentar la hipoteca que no se cancela.
En su virtud, acuerdo practicar las inscripciones siguientes en las fincas:
Finca: N.º 28416, Idufir: 13008000139236, inscrita en el Tomo: 1.221, Libro: 550 de
Manzanares, Folio: 225, Inscripción 14.ª y suspender la cancelación de la hipoteca de la
inscripción 13.ª por los motivos expuestos.
La titularidad y cargas de la/s finca/s a la/s que se refiere el documento resultan de
la/s nota/s simple/s informativa/s que se adjunta/n.
Los asientos practicados quedan bajo la salvaguardia de los Tribunales y con los
efectos de los artículos 1, 17, 20, 32, 34, 38 y 41 de la Ley Hipotecaria.
De conformidad con el artículo 324 de la Ley Hipotecaria, contra la presente nota de
calificación, podrá (…)
La registradora de la Propiedad interina Josefa Porras Delgado (…) Este documento
ha sido firmado con firma electrónica cualificada por Josefa Porras Delgado registrador/a
de Registro Propiedad de Valdepeñas [sic] a día treinta de junio del año dos mil
veintiuno».
III
Contra la anterior nota de calificación, doña A. B. D., procuradora de los tribunales,
en nombre y representación de «Combustibles La Solana, S.L.» interpuso recurso el
día 30 de julio de 2021 en virtud de escrito y en base a las siguientes alegaciones:
«Primera.–El Juzgado n.º 3 en lo Penal de Ciudad Real libró mandamiento al
Registro de la Propiedad comunicando la nulidad de la compraventa de la finca 28.416 e
interesando la cancelación de la hipoteca que grava dicha finca a favor del Banco
Popular, que fue presentado en el Registro de la Propiedad Manzanares para su
inscripción y consta en sus archivos (…)
Segunda.–El Registrador de la Propiedad suspendió la cancelación de la hipoteca,
efectuando una calificación negativa con fundamento en que el Banco Popular no había
sido llamado al procedimiento penal y que la hipoteca que grava la finca fue posterior a
la compraventa anulada por sentencia penal (…)
Tercera.–La hipoteca, cuya cancelación suspende la resolución recurrida, tuvo por
única y exclusiva causa simular el pago del precio de la finca 28416 entre los
condenados en la causa penal, G. J. A. (vendedor) y Hortícola Solanera, con la
participación de J. C. T. (administrador de la mercantil). De hecho, el préstamo
hipotecario que origen a la carga hipotecaria inscripta no es posterior a la compraventa
anulada por causa ilícita, sino simultánea a la misma.
Cuarta.–I) Entre los requisitos exigidos por el artículo 1261 CC para la existencia de
un contrato, se encuentra la causa de la obligación que se establezca. En el caso de una
cve: BOE-A-2021-19170
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 279