III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-19177)
Resolución de 12 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del estudio informativo "Autovía entre Ávila (A-50) y la Autovía del Noroeste (A-6)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 22 de noviembre de 2021

Sec. III. Pág. 143218

Las alternativas 3 y 5 se muestran en el análisis de impactos en fase de construcción
como los trazados con menor repercusión ambiental para los impactos evaluados, tanto
por atravesar zonas de menor sensibilidad ambiental como por ajustarse mejor a la
topografía del terreno, no requerir de grandes movimientos de tierras, tener menor
necesidades de préstamos y generar menos residuos. El promotor selecciona las
alternativas 3 y 5 en el Estudio de Impacto Ambiental.
Algunos informes y alegaciones recibidos durante el proceso de participación pública
resultan contrarios a las valoraciones realizadas por el promotor sobre las alternativas de
trazado, alegando deficiencias en los estudios de fauna, flora y hábitats que han
infravalorado la importancia en biodiversidad de la zona afectada (Subdirección General
de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO, SEO BirdLife, Ecologistas en Acción,
Ganadería Los Navares, S.L. y otras 10 alegaciones de personas físicas). También, se
ha alegado la ausencia de razones de interés público que justifiquen la apertura de una
nueva autovía entre la A-6 y Ávila. Se han recibido alegaciones de 6 Ayuntamientos que
se pronuncian a favor de la alternativa 7, aunque sin aportar argumentos sobre los que
sostener o justificar dicha selección de trazado, al menos desde el punto de vista
ambiental.
De entre todos ellos, se destacan varios informes que contienen un pronunciamiento
expreso y argumentado a favor de seleccionar la alternativa 3 por razón de su inferior
impacto ambiental: Servicio Territorial de Cultura de Ávila, Dirección General de
Patrimonio Natural y Política Forestal de Castilla y León, Instituto Geológico y Minero de
España y Ayuntamiento de Pajares de Adaja.
De la evaluación practicada también se deduce que, desde el punto de vista
ambiental la alternativa 3 es la más adecuada por los siguientes motivos:
– Menor volumen de préstamos requeridos.
– Menor superficie afectada de pinar incluido en Monte de Utilidad Pública.
– Menor afección sobre hábitats valiosos para las aves forestales y el águila imperial
ibérica (corredor del río Adaja y masas forestales de pinar).
– Menor afección sobre elementos de interés geológico (mantos eólicos).
– Menor afección por dimensión de taludes.
– Nula afección directa sobre yacimientos arqueológicos conocidos (la alternativa 5
afecta directamente a 3 yacimientos y las alternativas 6 y 7 afectan a otros yacimientos).
En consecuencia, de la consideración global de los impactos ambientales se deduce
que el menor impacto global se generaría con la alternativa 3 en lugar de la alternativa 5
preseleccionada por el promotor en su análisis multicriterio.
Se procede a continuación a analizar los impactos significativos tratados en el
expediente de evaluación ambiental respecto a la alternativa 3, considerada por este
órgano ambiental y varias de las administraciones públicas consultadas como la más
conveniente desde el punto de vista ambiental.
Tratamiento de los principales impactos del proyecto:

A la vista del Estudio de Impacto Ambiental, el Expediente de Información Pública y
el Informe Adicional elaborado por el promotor en respuesta al requerimiento efectuado
por la Subdirección General de Evaluación Ambiental con fecha 18 de junio de 2020, se
reflejan a continuación los impactos más significativos y su tratamiento para el trazado
de la alternativa 3, considerada por este órgano ambiental como ambientalmente más
adecuada. En el análisis se incluyen referencias a los impactos de otras alternativas que
contribuyen a reforzar la decisión adoptada.

cve: BOE-A-2021-19177
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