III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-19184)
Resolución de 11 de noviembre de 2021, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión con la Universidad de Salamanca, para el pilotaje del proyecto de escala de valoración específica ampliada de la dependencia de los niños de 0 a 6 años correspondiente al Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279
Lunes 22 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 143344
El Inico está integrado en la Facultad de Psicología de la Universidad de Salamanca,
tiene como objetivo el estudio y mejora de la calidad de vida personas en situación de
desventaja social en distintos contextos y a lo largo de todo su ciclo vital: discapacidad
física, psíquica y sensorial, enfermedades crónicas y mentales, minorías y población
marginadas.
Por todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes
suscriben el presente convenio, en el que se determinan los derechos y obligaciones que
recíprocamente asumen, en base a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto la encomienda de gestión que el Instituto de
Mayores y Servicios Sociales acuerda, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11.3.b)
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, al Instituto
Universitario de Integración en la Comunidad de la Universidad de Salamanca para que
lleve a cabo el pilotaje del proyecto de escala de valoración específica ampliada de la
dependencia de los niños de 0 a 6 años correspondiente al Real Decreto 174/2011, de 11
de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de
dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
La encomienda no supone cambio de la titularidad de las competencias que sobre la
materia corresponden al Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Segunda. Obligaciones del Instituto de Integración en la Comunidad de la Universidad
de Salamanca (Inico).
Corresponderá al Inico la realización del pilotaje de los resultados de la aplicación
EVE, para garantizar su fiabilidad, su idoneidad y su eficacia.
Dicho pilotaje debe estar integrado por una serie de actuaciones, que garantizarán la
eficacia y validez del proyecto de EVE ampliada para el cumplimiento de su objeto.
Actuaciones que se llevarán a cabo a través de procedimientos, tales como estudio de
validez de contenido, estudio de validez de criterio, estudio de fiabilidad, análisis de los
ítems y estudio de impacto económico, todo ello detallado en el anexo I a este Convenio.
Tercera.
Obligaciones de Imserso.
Corresponderá al Imserso facilitar al Inico cuantos actos sean necesarios para la
realización de la concreta actividad material objeto de encomienda. En particular,
coordinar la colaboración entre el Inico y las cuatro comunidades autónomas donde se
realizarán las valoraciones de convergencia y poner a su disposición cuanta información
sea de interés a los efectos de la realización del pilotaje en cuestión.
Financiación.
Las actuaciones a ejecutar por Inico a abonar por el Imserso, asciende a treinta mil
cuatrocientos setenta y seis euros con treinta y un céntimos (30.476,31 €), desglosada
según se detalla en el anexo II a este convenio de encomienda de gestión.
En todo caso, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.3 de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a la firma de este convenio el
Imserso librará una cantidad de tres mil cuarenta y siete euros con sesenta y tres
céntimos (3.047,63 €) en concepto de anticipo por las operaciones preparatorias que
resulten necesarias para realizar la actuaciones objeto de la presente encomienda de
gestión.
cve: BOE-A-2021-19184
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 279
Lunes 22 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 143344
El Inico está integrado en la Facultad de Psicología de la Universidad de Salamanca,
tiene como objetivo el estudio y mejora de la calidad de vida personas en situación de
desventaja social en distintos contextos y a lo largo de todo su ciclo vital: discapacidad
física, psíquica y sensorial, enfermedades crónicas y mentales, minorías y población
marginadas.
Por todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes
suscriben el presente convenio, en el que se determinan los derechos y obligaciones que
recíprocamente asumen, en base a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto la encomienda de gestión que el Instituto de
Mayores y Servicios Sociales acuerda, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11.3.b)
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, al Instituto
Universitario de Integración en la Comunidad de la Universidad de Salamanca para que
lleve a cabo el pilotaje del proyecto de escala de valoración específica ampliada de la
dependencia de los niños de 0 a 6 años correspondiente al Real Decreto 174/2011, de 11
de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de
dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
La encomienda no supone cambio de la titularidad de las competencias que sobre la
materia corresponden al Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Segunda. Obligaciones del Instituto de Integración en la Comunidad de la Universidad
de Salamanca (Inico).
Corresponderá al Inico la realización del pilotaje de los resultados de la aplicación
EVE, para garantizar su fiabilidad, su idoneidad y su eficacia.
Dicho pilotaje debe estar integrado por una serie de actuaciones, que garantizarán la
eficacia y validez del proyecto de EVE ampliada para el cumplimiento de su objeto.
Actuaciones que se llevarán a cabo a través de procedimientos, tales como estudio de
validez de contenido, estudio de validez de criterio, estudio de fiabilidad, análisis de los
ítems y estudio de impacto económico, todo ello detallado en el anexo I a este Convenio.
Tercera.
Obligaciones de Imserso.
Corresponderá al Imserso facilitar al Inico cuantos actos sean necesarios para la
realización de la concreta actividad material objeto de encomienda. En particular,
coordinar la colaboración entre el Inico y las cuatro comunidades autónomas donde se
realizarán las valoraciones de convergencia y poner a su disposición cuanta información
sea de interés a los efectos de la realización del pilotaje en cuestión.
Financiación.
Las actuaciones a ejecutar por Inico a abonar por el Imserso, asciende a treinta mil
cuatrocientos setenta y seis euros con treinta y un céntimos (30.476,31 €), desglosada
según se detalla en el anexo II a este convenio de encomienda de gestión.
En todo caso, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.3 de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a la firma de este convenio el
Imserso librará una cantidad de tres mil cuarenta y siete euros con sesenta y tres
céntimos (3.047,63 €) en concepto de anticipo por las operaciones preparatorias que
resulten necesarias para realizar la actuaciones objeto de la presente encomienda de
gestión.
cve: BOE-A-2021-19184
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.