III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2021-17495)
Resolución de 18 de octubre de 2021, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Terminación del saneamiento de la cuenca media del río Nalón en Morcín, Oviedo y Ribera de Arriba (Asturias)".
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 257
Miércoles 27 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 130514
Con fecha 25 de junio de 2021, el promotor envía informe de la Confederación
Hidrográfica del Cantábrico y dos Anejos (Anejo I: Actuaciones proyectadas y Anejo II:
Medio Natural, Restauración, Patrimonio Cultural, Incendios Forestales y Estudios de
Vulnerabilidad), en los que se da respuesta a las citadas consideraciones planteadas
para evitar posibles afecciones ambientales, y que pasan a integrar la versión final del
proyecto, que es sobre la que versa la decisión de evaluación.
Analizada la documentación obrante en el expediente, y considerando las respuestas
recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la Sección 1.ª del Capítulo II, del Título II, según los
criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
a.
Características del proyecto.
Las actuaciones contempladas en este proyecto se acometerán en distintos puntos
de las márgenes del río Nalón, situados aguas arriba y abajo de la localidad de Soto de
Ribera. También se contemplan actuaciones en un tramo de la margen izquierda del río
Caudal, tributario del río Nalón, que discurre entre el polígono industrial de Argame y la
confluencia de ambos ríos en Soto de Ribera. El documento ambiental indica, que las
actuaciones de este proyecto están condicionadas por anteriores proyectos llevados a
cabo en la zona, que no incluyeron las mismas.
Se han planteado las siguientes alternativas:
Alternativa 0. Esta alternativa ha sido descartada, debido a que la no terminación del
saneamiento provocaría un incumplimiento del Programa de Medidas del Plan
Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental 2015/2021.
Alternativa 1. Esta alternativa, la seleccionada, está condicionada por varios
proyectos anteriores en los que ya se analizaron distintas alternativas de diseño. En el
documento ambiental se indica que, en cuanto a los cruces de los cauces a realizar en
el proyecto, se han seleccionado aquellas ubicaciones que permiten minimizar las
afecciones a los hábitats de interés comunitario presentes en el ámbito del proyecto.
En el caso de la actuación en Soto de Rey, la ubicación elegida para el cruce no afecta
a ningún hábitat en la margen derecha del Río Nalón. Respecto a la actuación en
El Polleo, la ubicación elegida para el cruce y para el bombeo asociado minimiza las
afecciones a los hábitats. Para otras actuaciones, la solución seleccionada ha estado
motivada por la topografía, la disponibilidad de espacio, etc. Por todos estos motivos, se
considera que la alternativa 1 es la más ventajosa desde el punto de vista ambiental.
Según se indica en el documento ambiental, las principales actuaciones previstas en
el proyecto son las siguientes:
Esta actuación se desarrolla en dos zonas habitadas, Vegalencia en la margen
izquierda del río Nalón y Soto de Rey en la margen derecha.
Se proyecta la conexión del colector existente en la margen izquierda del río Nalón
(Vegalencia) con el aliviadero-bombeo (también existente) ubicado en la margen derecha
(Soto de Rey), para ello se va a realizar un cruce bajo el río Nalón, mediante la ejecución
de una ataguía con los propios materiales procedentes del cauce del rio y cuya
dimensión será la mínima para permitir el trabajo de las máquinas.
Asimismo, se contempla la captación y canalización de los puntos de vertido directos
al río Nalón existentes actualmente en su margen derecha. Esta canalización se
realizará mediante un colector, que recogerá dichos vertidos y los verterá al citado
aliviadero-bombeo ya existente.
Actualmente, la tubería que se inicia en el aliviadero-bombeo existente en Soto de
Rey hasta su conexión con el colector existente en la calle Las Segadas de Abajo, no se
encuentra en funcionamiento, debido a problemas en su trazado actual, por lo que se ha
cve: BOE-A-2021-17495
Verificable en https://www.boe.es
Soto de Rey:
Núm. 257
Miércoles 27 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 130514
Con fecha 25 de junio de 2021, el promotor envía informe de la Confederación
Hidrográfica del Cantábrico y dos Anejos (Anejo I: Actuaciones proyectadas y Anejo II:
Medio Natural, Restauración, Patrimonio Cultural, Incendios Forestales y Estudios de
Vulnerabilidad), en los que se da respuesta a las citadas consideraciones planteadas
para evitar posibles afecciones ambientales, y que pasan a integrar la versión final del
proyecto, que es sobre la que versa la decisión de evaluación.
Analizada la documentación obrante en el expediente, y considerando las respuestas
recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la Sección 1.ª del Capítulo II, del Título II, según los
criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
a.
Características del proyecto.
Las actuaciones contempladas en este proyecto se acometerán en distintos puntos
de las márgenes del río Nalón, situados aguas arriba y abajo de la localidad de Soto de
Ribera. También se contemplan actuaciones en un tramo de la margen izquierda del río
Caudal, tributario del río Nalón, que discurre entre el polígono industrial de Argame y la
confluencia de ambos ríos en Soto de Ribera. El documento ambiental indica, que las
actuaciones de este proyecto están condicionadas por anteriores proyectos llevados a
cabo en la zona, que no incluyeron las mismas.
Se han planteado las siguientes alternativas:
Alternativa 0. Esta alternativa ha sido descartada, debido a que la no terminación del
saneamiento provocaría un incumplimiento del Programa de Medidas del Plan
Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental 2015/2021.
Alternativa 1. Esta alternativa, la seleccionada, está condicionada por varios
proyectos anteriores en los que ya se analizaron distintas alternativas de diseño. En el
documento ambiental se indica que, en cuanto a los cruces de los cauces a realizar en
el proyecto, se han seleccionado aquellas ubicaciones que permiten minimizar las
afecciones a los hábitats de interés comunitario presentes en el ámbito del proyecto.
En el caso de la actuación en Soto de Rey, la ubicación elegida para el cruce no afecta
a ningún hábitat en la margen derecha del Río Nalón. Respecto a la actuación en
El Polleo, la ubicación elegida para el cruce y para el bombeo asociado minimiza las
afecciones a los hábitats. Para otras actuaciones, la solución seleccionada ha estado
motivada por la topografía, la disponibilidad de espacio, etc. Por todos estos motivos, se
considera que la alternativa 1 es la más ventajosa desde el punto de vista ambiental.
Según se indica en el documento ambiental, las principales actuaciones previstas en
el proyecto son las siguientes:
Esta actuación se desarrolla en dos zonas habitadas, Vegalencia en la margen
izquierda del río Nalón y Soto de Rey en la margen derecha.
Se proyecta la conexión del colector existente en la margen izquierda del río Nalón
(Vegalencia) con el aliviadero-bombeo (también existente) ubicado en la margen derecha
(Soto de Rey), para ello se va a realizar un cruce bajo el río Nalón, mediante la ejecución
de una ataguía con los propios materiales procedentes del cauce del rio y cuya
dimensión será la mínima para permitir el trabajo de las máquinas.
Asimismo, se contempla la captación y canalización de los puntos de vertido directos
al río Nalón existentes actualmente en su margen derecha. Esta canalización se
realizará mediante un colector, que recogerá dichos vertidos y los verterá al citado
aliviadero-bombeo ya existente.
Actualmente, la tubería que se inicia en el aliviadero-bombeo existente en Soto de
Rey hasta su conexión con el colector existente en la calle Las Segadas de Abajo, no se
encuentra en funcionamiento, debido a problemas en su trazado actual, por lo que se ha
cve: BOE-A-2021-17495
Verificable en https://www.boe.es
Soto de Rey: