I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Subvenciones. (BOE-A-2021-17464)
Real Decreto 938/2021, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el ámbito de la inclusión social, por un importe de 109.787.404 euros, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de octubre de 2021

Sec. I. Pág. 130356

itinerarios de inclusión social con las comunidades y ciudades autónomas, entidades
locales y entidades del Tercer Sector de Acción Social, así como con los distintos
agentes sociales.
El presente real decreto contribuye al cumplimiento del hito número 350 para el primer
trimestre de 2022 «Mejorar la tasa de acceso del Ingreso Mínimo Vital, e incrementar la
efectividad del IMV a través de políticas de inclusión, que, de acuerdo con su descripción, se
traducirá en apoyar la inclusión socioeconómica de los beneficiarios de la IMV a través de
itinerarios: ocho convenios de colaboración firmados con administraciones públicas
subnacionales, interlocutores sociales y entidades de acción social del tercer sector para
realizar los itinerarios. Estos acuerdos de asociación tienen como objetivos: i) mejorar la tasa
de acceso del IMV; ii) incrementar la efectividad de la IMV a través de políticas de inclusión».
Asimismo, contribuirá al cumplimiento del indicador de seguimiento número 351.1 en el
primer trimestre de 2024 «al menos 10 convenios de colaboración adicionales firmados con
administraciones públicas subnacionales, interlocutores sociales y entidades de acción social
del tercer sector para llevar a cabo los proyectos piloto de apoyo a la inclusión
socioeconómica de los beneficiarios de la IMV a través de itinerarios», vinculado a la Decisión
de Ejecución del Consejo.
La dotación presupuestaria procedente del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia para el desarrollo de la inversión 7 del Componente 23, asciende a un total
de 297,95 millones de euros que deberán ejecutarse a lo largo del periodo 2021-2023. En
concreto, las subvenciones cuyo otorgamiento se regula en el presente real decreto
persiguen cubrir las necesidades más inmediatas y se corresponden con la anualidad
prevista en el Presupuesto General del Estado de 2021, cuyo importe asciende
a 109.787.404 euros, procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En este sentido, el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se
aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública para la
ejecución del citado Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, reconoce la
necesidad de un adecuado modelo de gobernanza que permita asegurar la mayor
eficiencia en el gasto público y el papel especial de la Administración General del Estado
para garantizar el éxito de la ejecución y el control y la salvaguarda necesarios para
justificar fehacientemente la solicitud de reembolsos y la absorción de los citados fondos.
Y en relación con éstos últimos se reclaman los principios de planificación estratégica y
de gestión por objetivos.
Por tanto, para la ejecución de los proyectos piloto, el Ministerio de Inclusión,
Seguridad Social y Migraciones firmará convenios con las Administraciones Públicas
autonómicas y locales interesadas, así como con entidades del Tercer Sector de Acción
Social y con los interlocutores sociales. Estos convenios tendrán como objetivos mejorar
la tasa de acceso al IMV e incrementar la efectividad del IMV a través de itinerarios de
integración y su evaluación.
El interés público y económico, así como el carácter eminentemente social de las
distintas actividades en materia de políticas de inclusión que son financiadas mediante
ayudas otorgadas y gestionadas por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
justifica la adjudicación directa de estas subvenciones, mediante su aprobación a través
de este real decreto. Asimismo, no cabe aplicar los mecanismos de la concurrencia en el
otorgamiento porque se trata de subvenciones que tratan de financiar actuaciones
concretas que se desarrollan por las entidades beneficiarias en cumplimiento de los hitos
previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Por ello, concurren en el caso de este real decreto evidentes razones de interés
público, económico y social que justifican la concesión directa de las ayudas. En primer
lugar, con las líneas subvencionales contenidas en el presente real decreto se consigue
una mejora efectiva del acceso al ingreso mínimo vital de las personas en riesgo de
exclusión social que no lo están percibiendo y el incremento de la efectividad del ingreso
mínimo vital a través de la política de inclusión, puesto que más más allá de la prestación
monetaria, la atención integral de las personas más vulnerables requiere de un conjunto

cve: BOE-A-2021-17464
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Núm. 257