I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Subvenciones. (BOE-A-2021-17464)
Real Decreto 938/2021, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el ámbito de la inclusión social, por un importe de 109.787.404 euros, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de octubre de 2021
Sec. I. Pág. 130355
ministeriales, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es el órgano
encargado de la propuesta y ejecución de la política de inclusión del Gobierno.
Concretamente y siguiendo lo dispuesto en el Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social
y Migraciones, en relación con el artículo 21 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por
el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, le
corresponde a la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social,
desarrollar, entre otras, las siguientes funciones: el diseño, impulso y evaluación de políticas
que tienen por finalidad ayudar a la incorporación y la participación en la sociedad, en
igualdad de oportunidades, de los colectivos más desfavorecidos; así como el impulso,
elaboración, coordinación y seguimiento de las políticas, estrategias, planes y programas de
actuación en materia de inclusión.
El Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso
mínimo vital crea y regula la prestación no contributiva de la Seguridad Social del ingreso
mínimo vital como prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social
de las personas que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia, cuando se
encuentren en situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos
suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas.
Sin embargo, más allá de la prestación monetaria, la atención integral de las
personas más vulnerables requiere de un conjunto de políticas que garanticen su
derecho a la plena inclusión social y laboral. Las políticas de inclusión tienen un carácter
horizontal que debe desarrollarse a través de intervenciones coordinadas en diferentes
ámbitos, entre los que se encuentran principalmente: los servicios sociales, el empleo, la
sanidad, la educación, la vivienda, el suministro energético y las competencias digitales.
Por otro lado, al objeto de paliar el impacto económico y social provocado por la
irrupción del COVID-19 y apoyar la recuperación económica, el Consejo Europeo del 21
de julio de 2020, consciente de la necesidad en este momento histórico de un esfuerzo
sin precedentes y de un planteamiento innovador que impulsen la convergencia, la
resiliencia y la transformación en la Unión Europea, acordó un paquete de medidas de
gran alcance.
Estas medidas aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado y la
puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»).
Este Instrumento Europeo de Recuperación, implicará para España unos 140.000 millones de
euros en forma de transferencias y préstamos para el periodo 2021-2023. La instrumentación
de la ejecución de los recursos financieros del Fondo Europeo de Recuperación se realizará a
través del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia. Los proyectos que constituyen
dicho Plan permitirán la realización de reformas estructurales los próximos años, mediante
cambios normativos e inversiones, y, por lo tanto, permitirán un cambio del modelo productivo
para la recuperación de la economía tras la pandemia causada por el COVID 19 y además
una transformación hacia una estructura más resiliente que permita que nuestro modelo sepa
enfrentar con éxito otras posibles crisis o desafíos en el futuro. Estos recursos adicionales
deben utilizarse de modo que se garantice el cumplimiento de los hitos intermedios y metas
pertinentes, en los plazos que se establezcan.
Por tanto, en el marco del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social
del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones participa de forma relevante
en el Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico,
resiliente e inclusivo», encuadrado en el área política VII «Nueva economía de los
cuidados y políticas de empleo».
Entre las reformas e inversiones propuestas en este Componente 23 se incluye la
inversión 7 «Fomento del Crecimiento Inclusivo mediante la vinculación de las políticas
de inclusión sociolaboral al Ingreso Mínimo Vital», que promueve la implantación de un
nuevo modelo de inclusión a partir del ingreso mínimo vital (IMV), que reduzca la
desigualdad de la renta y las tasas de pobreza. Para lograr este objetivo, se ha
planteado, entre otros, el desarrollo de proyectos piloto para la puesta en marcha de
cve: BOE-A-2021-17464
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 257
Miércoles 27 de octubre de 2021
Sec. I. Pág. 130355
ministeriales, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones es el órgano
encargado de la propuesta y ejecución de la política de inclusión del Gobierno.
Concretamente y siguiendo lo dispuesto en el Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social
y Migraciones, en relación con el artículo 21 del Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por
el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, le
corresponde a la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social,
desarrollar, entre otras, las siguientes funciones: el diseño, impulso y evaluación de políticas
que tienen por finalidad ayudar a la incorporación y la participación en la sociedad, en
igualdad de oportunidades, de los colectivos más desfavorecidos; así como el impulso,
elaboración, coordinación y seguimiento de las políticas, estrategias, planes y programas de
actuación en materia de inclusión.
El Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso
mínimo vital crea y regula la prestación no contributiva de la Seguridad Social del ingreso
mínimo vital como prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social
de las personas que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia, cuando se
encuentren en situación de vulnerabilidad por carecer de recursos económicos
suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas.
Sin embargo, más allá de la prestación monetaria, la atención integral de las
personas más vulnerables requiere de un conjunto de políticas que garanticen su
derecho a la plena inclusión social y laboral. Las políticas de inclusión tienen un carácter
horizontal que debe desarrollarse a través de intervenciones coordinadas en diferentes
ámbitos, entre los que se encuentran principalmente: los servicios sociales, el empleo, la
sanidad, la educación, la vivienda, el suministro energético y las competencias digitales.
Por otro lado, al objeto de paliar el impacto económico y social provocado por la
irrupción del COVID-19 y apoyar la recuperación económica, el Consejo Europeo del 21
de julio de 2020, consciente de la necesidad en este momento histórico de un esfuerzo
sin precedentes y de un planteamiento innovador que impulsen la convergencia, la
resiliencia y la transformación en la Unión Europea, acordó un paquete de medidas de
gran alcance.
Estas medidas aúnan el marco financiero plurianual (MFP) para 2021-2027 reforzado y la
puesta en marcha de un Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»).
Este Instrumento Europeo de Recuperación, implicará para España unos 140.000 millones de
euros en forma de transferencias y préstamos para el periodo 2021-2023. La instrumentación
de la ejecución de los recursos financieros del Fondo Europeo de Recuperación se realizará a
través del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia. Los proyectos que constituyen
dicho Plan permitirán la realización de reformas estructurales los próximos años, mediante
cambios normativos e inversiones, y, por lo tanto, permitirán un cambio del modelo productivo
para la recuperación de la economía tras la pandemia causada por el COVID 19 y además
una transformación hacia una estructura más resiliente que permita que nuestro modelo sepa
enfrentar con éxito otras posibles crisis o desafíos en el futuro. Estos recursos adicionales
deben utilizarse de modo que se garantice el cumplimiento de los hitos intermedios y metas
pertinentes, en los plazos que se establezcan.
Por tanto, en el marco del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social
del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones participa de forma relevante
en el Componente 23 «Nuevas políticas públicas para un mercado de trabajo dinámico,
resiliente e inclusivo», encuadrado en el área política VII «Nueva economía de los
cuidados y políticas de empleo».
Entre las reformas e inversiones propuestas en este Componente 23 se incluye la
inversión 7 «Fomento del Crecimiento Inclusivo mediante la vinculación de las políticas
de inclusión sociolaboral al Ingreso Mínimo Vital», que promueve la implantación de un
nuevo modelo de inclusión a partir del ingreso mínimo vital (IMV), que reduzca la
desigualdad de la renta y las tasas de pobreza. Para lograr este objetivo, se ha
planteado, entre otros, el desarrollo de proyectos piloto para la puesta en marcha de
cve: BOE-A-2021-17464
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 257