III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2021-17263)
Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para el desarrollo de programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de formación de personas jóvenes y adultas desfavorecidas 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254

Sábado 23 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 128898

Las cuantías que se destinen al desarrollo de estos talleres profesionales no podrán
exceder de 30.000 euros para cada uno, no pudiendo superar el número de talleres que
se organicen el límite económico de la aplicación presupuestaria contemplada en la
cláusula sexta del presente convenio.
Esta cuantía se podrá destinar a sufragar costes originados por:
Gastos de personal docente, incluidas retribuciones y cargas sociales, y gastos de
funcionamiento incluida la amortización del equipamiento que requiera el desarrollo del
taller.
Ayudas para el desarrollo de estancias de los alumnos en empresas para que
puedan conocer directamente las ocupaciones de un campo profesional o de un sector
productivo y los seguros de accidentes y de responsabilidad civil necesarios, en su caso.
Ayudas al alumnado como compensación de gastos de material y desplazamiento
que ocasiones su participación en el taller profesional.
Finalizados los talleres, los participantes recibirán cuando proceda, certificación de
los módulos profesionales superados, que tendrá efectos de acreditación completa o
parcial acumulable a las competencias profesionales adquiridas, en relación con el
Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.
Al terminar el programa, se elaborará una memoria final de cada uno de los talleres
profesionales que incluirá:
Resumen del desarrollo del taller profesional.
Resultados obtenidos en las evaluaciones de los alumnos.
Alumnado participante, abandonos producidos y sus causas.
Objetivos conseguidos, perspectivas de inserción laboral y/o continuación de
estudios.
Recursos educativos utilizados (materiales y humanos) y adecuación a lo planificado.
Valoración general del taller profesional, conclusiones y propuestas de mejora:
aciertos y éxitos del proyecto describiendo las causas, así como las dificultades y sus
causas.
Para la impartición de estos talleres, se contratará a titulados de Grado en Magisterio
o titulación equivalente, para los contenidos referidos a competencias básicas, y
personal cualificado para la impartición de los contenidos referidos a iniciación
profesional del sector correspondiente, bien por experiencia profesional, bien por
experiencia docente, debidamente certificada o por contar con una titulación de Técnico
Superior de la correspondiente familia profesional. Los formadores que impartan las
enseñanzas conducentes a la obtención del certificado de profesionalidad deberán
contar con los requisitos establecidos en el Real Decreto que regula el Certificado de
Profesionalidad de referencia y el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se
regulan los certificados de profesionalidad.
Plan de apoyo a las TIC.

El Plan de apoyo a las TIC está dirigido al alumnado que estudia Educación Infantil y
Primaria. El Plan se desarrollará con Técnicos Superiores de la familia profesional de
Informática y Comunicaciones o, en su defecto, personal suficientemente cualificado bien
por experiencia profesional, bien por experiencia docente, debidamente certificada, que
podrán realizar su labor en centros públicos de educación infantil y primaria en horario no
lectivo. En ningún caso podrá participar en estas actividades el alumnado inscrito en
enseñanzas regladas impartidas en centros dependientes del Ministerio de Educación y
Formación Profesional, ni podrá impartirlas profesorado dependiente del mismo.
A los efectos de que las nuevas tecnologías de la información y comunicación sean
una herramienta facilitadora del desarrollo del currículum en todos los centros de la
ciudad, dicho personal mantendrá los equipos e infraestructuras actualizadas para
permitir el correcto avance digital de los centros. Asimismo, este personal desarrollará

cve: BOE-A-2021-17263
Verificable en https://www.boe.es

B.3)