III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-17228)
Resolución de 20 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia y la Secretaría de Estado de Política Territorial, para la realización de prácticas externas en la Delegación del Gobierno en Castilla y León y las Subdelegaciones del Gobierno en Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253
Viernes 22 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128724
c) Realizar con diligencia y aprovechamiento las actividades de las prácticas, de
acuerdo con el programa y condiciones específicas aprobadas.
d) Comunicar al tutor de la Delegación/Subdelegación del Gobierno cualquier
incidencia que afecte al desarrollo de la práctica formativa.
e) Guardar con absoluto rigor el secreto profesional y no utilizar en ningún caso las
informaciones recogidas en los lugares de prácticas con el objeto de dar publicidad o
comunicación a terceros.
f) Los trabajos realizados en la práctica se sujetarán al régimen previsto en la
legislación en materia de propiedad intelectual e industrial. En todo caso, sin perjuicio de
lo anterior y conforme dispone el artículo 9.2.g) del citado Real Decreto, en los mismos
se deberá guardar confidencialidad en relación con la información interna de la
Delegación de Gobierno y guardar secreto profesional sobre sus actividades, además de
cumplir la normativa en materia de protección de los datos de carácter personal
incorporados a los ficheros de los que es responsable la Delegación/Subdelegación del
Gobierno y a los que hubiera podido tener acceso por motivo de las funciones inherentes
a su actividad.
g) Otras que puedan establecerse de común acuerdo entre la Delegación/
Subdelegación del Gobierno y la Universidad.
El estudiante que realice prácticas en la Delegación/Subdelegación del Gobierno
deberá firmar los documentos que se adjuntan como anexos I y II por los que declara su
compromiso de asumir las obligaciones que le son impuestas (anexo I) y se compromete
a cumplir las normas vigentes en la Delegación/Subdelegación del Gobierno en materia
de confidencialidad y protección de datos de carácter personal (anexo II).
Sexta.
Obligaciones de la Delegación/Subdelegación del Gobierno.
La Delegación del Gobierno en Castilla y León y las Subdelegaciones del Gobierno
en Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora en
relación a las prácticas, asumen las siguientes obligaciones:
a) Disponer de los recursos necesarios para el desarrollo de las prácticas.
b) Designar al tutor de la Delegación/Subdelegación del Gobierno y los
representantes que le correspondan en la Comisión de seguimiento del presente
convenio.
c) Dar conformidad o proponer las modificaciones que estime pertinentes a la
previsión de la Universidad que se recoge en la cláusula tercera.
d) Observar las normas vigentes en todo lo relativo a la Seguridad e Higiene en el
Trabajo e informar a los alumnos en prácticas de las mismas.
Séptima. Obligaciones de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
a) Remitir a la Delegación/Subdelegaciones del Gobierno, conforme a lo señalado
en la cláusula tercera del presente convenio, antes del inicio de las prácticas el listado de
los estudiantes seleccionados, el nombre del tutor académico, el calendario y horarios de
las prácticas, así como las áreas de actividad del anexo III que los alumnos desarrollarán
en dichas prácticas.
b) Velar por el control y cumplimiento por parte de los alumnos participantes en las
prácticas, de los requisitos, condiciones y obligaciones que le son exigibles para acceder
y llevar a cabo las mismas.
c) Encargarse, de forma previa al inicio del periodo de prácticas, de que cada
alumno firme los documentos que se adjuntan como anexos I y II. De cada una de esas
declaraciones deberá dar copia a la Delegación/Subdelegación del Gobierno que
corresponda antes del comienzo de las prácticas.
cve: BOE-A-2021-17228
Verificable en https://www.boe.es
La UNED se compromete a:
Núm. 253
Viernes 22 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128724
c) Realizar con diligencia y aprovechamiento las actividades de las prácticas, de
acuerdo con el programa y condiciones específicas aprobadas.
d) Comunicar al tutor de la Delegación/Subdelegación del Gobierno cualquier
incidencia que afecte al desarrollo de la práctica formativa.
e) Guardar con absoluto rigor el secreto profesional y no utilizar en ningún caso las
informaciones recogidas en los lugares de prácticas con el objeto de dar publicidad o
comunicación a terceros.
f) Los trabajos realizados en la práctica se sujetarán al régimen previsto en la
legislación en materia de propiedad intelectual e industrial. En todo caso, sin perjuicio de
lo anterior y conforme dispone el artículo 9.2.g) del citado Real Decreto, en los mismos
se deberá guardar confidencialidad en relación con la información interna de la
Delegación de Gobierno y guardar secreto profesional sobre sus actividades, además de
cumplir la normativa en materia de protección de los datos de carácter personal
incorporados a los ficheros de los que es responsable la Delegación/Subdelegación del
Gobierno y a los que hubiera podido tener acceso por motivo de las funciones inherentes
a su actividad.
g) Otras que puedan establecerse de común acuerdo entre la Delegación/
Subdelegación del Gobierno y la Universidad.
El estudiante que realice prácticas en la Delegación/Subdelegación del Gobierno
deberá firmar los documentos que se adjuntan como anexos I y II por los que declara su
compromiso de asumir las obligaciones que le son impuestas (anexo I) y se compromete
a cumplir las normas vigentes en la Delegación/Subdelegación del Gobierno en materia
de confidencialidad y protección de datos de carácter personal (anexo II).
Sexta.
Obligaciones de la Delegación/Subdelegación del Gobierno.
La Delegación del Gobierno en Castilla y León y las Subdelegaciones del Gobierno
en Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora en
relación a las prácticas, asumen las siguientes obligaciones:
a) Disponer de los recursos necesarios para el desarrollo de las prácticas.
b) Designar al tutor de la Delegación/Subdelegación del Gobierno y los
representantes que le correspondan en la Comisión de seguimiento del presente
convenio.
c) Dar conformidad o proponer las modificaciones que estime pertinentes a la
previsión de la Universidad que se recoge en la cláusula tercera.
d) Observar las normas vigentes en todo lo relativo a la Seguridad e Higiene en el
Trabajo e informar a los alumnos en prácticas de las mismas.
Séptima. Obligaciones de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.
a) Remitir a la Delegación/Subdelegaciones del Gobierno, conforme a lo señalado
en la cláusula tercera del presente convenio, antes del inicio de las prácticas el listado de
los estudiantes seleccionados, el nombre del tutor académico, el calendario y horarios de
las prácticas, así como las áreas de actividad del anexo III que los alumnos desarrollarán
en dichas prácticas.
b) Velar por el control y cumplimiento por parte de los alumnos participantes en las
prácticas, de los requisitos, condiciones y obligaciones que le son exigibles para acceder
y llevar a cabo las mismas.
c) Encargarse, de forma previa al inicio del periodo de prácticas, de que cada
alumno firme los documentos que se adjuntan como anexos I y II. De cada una de esas
declaraciones deberá dar copia a la Delegación/Subdelegación del Gobierno que
corresponda antes del comienzo de las prácticas.
cve: BOE-A-2021-17228
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La UNED se compromete a: