III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-17228)
Resolución de 20 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia y la Secretaría de Estado de Política Territorial, para la realización de prácticas externas en la Delegación del Gobierno en Castilla y León y las Subdelegaciones del Gobierno en Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Viernes 22 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 128723

Tercera. Proyecto formativo.
El contenido del proyecto formativo se corresponde con lo detallado en el anexo III
del presente convenio.
Con carácter previo al inicio de las prácticas, la Universidad comunicará a la
Delegación del Gobierno en Castilla y León y a las Subdelegaciones del Gobierno en
Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora su
previsión, en cuanto al número de alumnos, las áreas de actividad del anexo III en las
que los alumnos desarrollarán las prácticas en el respectivo curso académico, así como
calendario y horarios de las prácticas. En todo caso, el número máximo de estudiantes
que participarán en el proyecto formativo no podrá ser superior a 10 personas por curso
académico y subdelegación.
En el plazo de quince días naturales desde la recepción de dicha previsión, los
responsables de la Delegación y las Subdelegaciones del Gobierno deberán, de forma
expresa, dar su conformidad a la misma o proponer las adaptaciones que estimen
convenientes para el correcto desarrollo de las prácticas.
Cuarta. Tutores.
La UNED designará un tutor académico responsable del correcto desarrollo
académico de cada una de las prácticas externas derivadas de este Convenio, que será
preferentemente un profesor de la facultad o escuela en la que se encuentre matriculado
el estudiante y, en todo caso, afín a la enseñanza a la que se vincula la práctica. Al tutor
de la Universidad le corresponderán las obligaciones que se contemplan en el
artículo 12.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y en particular:
– El seguimiento y supervisión de las prácticas, resolviendo las posibles dudas de
tipo académico que se pudieran plantear.
– El seguimiento del programa formativo desarrollado por el estudiante para verificar
su correcto aprovechamiento.
Asimismo, la Delegación del Gobierno en Castilla y León y/o las Subdelegaciones del
Gobierno correspondientes designarán un tutor que será una persona vinculada a la
misma, con experiencia profesional y conocimientos necesarios para realizar una tutela
efectiva, y será interlocutor con el estudiante, el tutor académico y la unidad de prácticas
externas. Al tutor de la Delegación del Gobierno le corresponderán las obligaciones que
se contemplan en el artículo 11.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y en
particular:
– Fijar el plan de trabajo del estudiante.
– Orientar y ayudar al estudiante en sus dudas y dificultades durante su estancia en
la Delegación/Subdelegación del Gobierno.
– Realizar el informe correspondiente de evaluación del desarrollo de la práctica final
de la misma.

Quinta. Obligaciones que asumirán los estudiantes participantes en el programa de
prácticas.
Los estudiantes participantes en el programa de prácticas, deberán cumplir las
obligaciones previstas en el artículo 9.2 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, y en
particular las siguientes:
a) Iniciar la práctica en la fecha y condiciones acordadas.
b) Cumplir los horarios y seguir las normas fijadas.

cve: BOE-A-2021-17228
Verificable en https://www.boe.es

Las partes podrán encomendar otras funciones tanto al tutor de la Administración
como al tutor académico de la Universidad, responsabilizándose los tutores del
seguimiento del proyecto formativo.