II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios del Subgrupo A1. (BOE-A-2021-17133)
Resolución de 9 de octubre de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252
Jueves 21 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 128232
fehacientemente por los interesados, que el puesto de trabajo que se solicita permite una
mejor atención del familiar.
La puntuación podrá elevarse hasta un máximo de 1,20 puntos cuando se trate de un
hijo mayor de doce años que, por razones de accidente, enfermedad o discapacidad, no
pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, si se cumplen las
condiciones enumeradas en el párrafo anterior. Asimismo, podrá elevarse hasta un
máximo de 1,20 puntos, por las mismas razones y con las mismas condiciones, para el
resto de familiares hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad si
están sujetos a tutela o curatela del solicitante.
La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada en el supuesto
previsto en la letra b) para el cuidado de hijos.
Para que puedan ser valoradas situaciones relativas a la conciliación familiar,
necesariamente, los solicitantes que las aleguen deberán acreditarlo mediante la
presentación de la documentación que se especifica en la base sexta, punto 5,
apartados a), b) y c), de esta convocatoria, antes del cierre del plazo de presentación de
instancias.
2. Segunda fase. La valoración máxima de esta segunda fase podrá llegar hasta 8
puntos conforme determine la Comisión de Valoración, que, en su caso, podrá solicitar
los informes que considere oportunos, teniendo en cuenta los méritos específicos
adecuados a las características del puesto a valorar que se acreditarán
documentalmente, antes del cierre del plazo de presentación de instancias. Se valorarán
los méritos específicos alegados por los concursantes y adecuados a las características
del puesto solicitado, que hagan referencia a:
2.1 Desempeño de la función de Inspección de los Servicios, en el Ministerio de
Hacienda y Función Pública o en los suprimidos Ministerios con las competencias del
área de Hacienda, o en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en los últimos
diez años, a razón de 0,10 puntos por año hasta un máximo de 1 punto.
2.2 Por los conocimientos profesionales derivados de la pertenencia al Cuerpo
Superior de Inspectores de Hacienda del Estado y estar en posesión del título de
Licenciado o Graduado en Derecho, 2 puntos.
2.3 Por los conocimientos derivados de tener una experiencia de al menos dos
años en el desempeño de puestos de trabajo en la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, en las áreas de Inspección Financiera y Tributaria, Gestión Tributaria o
Recaudación durante los últimos cinco años, se adjudicarán 2 puntos.
2.4 Por los conocimientos derivados de la experiencia en el desempeño de
funciones de responsabilidad en puestos de nivel de complemento de destino 29 o
superior o con la consideración de alto cargo, durante los últimos diez años, se
adjudicarán hasta 0,10 puntos por año de desempeño con un máximo de 1 punto.
2.5 Por otros méritos adecuados al puesto: conocimientos y experiencia en la
elaboración y aplicación del Derecho de la Unión Europea, especialmente en relación
con la asistencia mutua y los intercambios de información, conocimientos especializados
en Fiscalidad Internacional y experiencia en tareas de representación de la
Administración Tributaria en foros internacionales, hasta un máximo de 2 puntos.
1. Los méritos generales de quien ocupe actualmente un puesto de trabajo en la
Agencia Estatal de Administración Tributaria con carácter definitivo, en adscripción
provisional o en comisión de servicios, serán valorados con los datos profesionales
consignados, bajo su responsabilidad, en el anexo III y comprobados por la Subdirección
General de Gestión Administrativa de Personal del Departamento de Recursos
Humanos.
En el supuesto de presentación de la solicitud por vía telemática, los méritos
generales serán valorados directamente por la Subdirección General de Gestión
cve: BOE-A-2021-17133
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.
Núm. 252
Jueves 21 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 128232
fehacientemente por los interesados, que el puesto de trabajo que se solicita permite una
mejor atención del familiar.
La puntuación podrá elevarse hasta un máximo de 1,20 puntos cuando se trate de un
hijo mayor de doce años que, por razones de accidente, enfermedad o discapacidad, no
pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, si se cumplen las
condiciones enumeradas en el párrafo anterior. Asimismo, podrá elevarse hasta un
máximo de 1,20 puntos, por las mismas razones y con las mismas condiciones, para el
resto de familiares hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad si
están sujetos a tutela o curatela del solicitante.
La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada en el supuesto
previsto en la letra b) para el cuidado de hijos.
Para que puedan ser valoradas situaciones relativas a la conciliación familiar,
necesariamente, los solicitantes que las aleguen deberán acreditarlo mediante la
presentación de la documentación que se especifica en la base sexta, punto 5,
apartados a), b) y c), de esta convocatoria, antes del cierre del plazo de presentación de
instancias.
2. Segunda fase. La valoración máxima de esta segunda fase podrá llegar hasta 8
puntos conforme determine la Comisión de Valoración, que, en su caso, podrá solicitar
los informes que considere oportunos, teniendo en cuenta los méritos específicos
adecuados a las características del puesto a valorar que se acreditarán
documentalmente, antes del cierre del plazo de presentación de instancias. Se valorarán
los méritos específicos alegados por los concursantes y adecuados a las características
del puesto solicitado, que hagan referencia a:
2.1 Desempeño de la función de Inspección de los Servicios, en el Ministerio de
Hacienda y Función Pública o en los suprimidos Ministerios con las competencias del
área de Hacienda, o en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en los últimos
diez años, a razón de 0,10 puntos por año hasta un máximo de 1 punto.
2.2 Por los conocimientos profesionales derivados de la pertenencia al Cuerpo
Superior de Inspectores de Hacienda del Estado y estar en posesión del título de
Licenciado o Graduado en Derecho, 2 puntos.
2.3 Por los conocimientos derivados de tener una experiencia de al menos dos
años en el desempeño de puestos de trabajo en la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, en las áreas de Inspección Financiera y Tributaria, Gestión Tributaria o
Recaudación durante los últimos cinco años, se adjudicarán 2 puntos.
2.4 Por los conocimientos derivados de la experiencia en el desempeño de
funciones de responsabilidad en puestos de nivel de complemento de destino 29 o
superior o con la consideración de alto cargo, durante los últimos diez años, se
adjudicarán hasta 0,10 puntos por año de desempeño con un máximo de 1 punto.
2.5 Por otros méritos adecuados al puesto: conocimientos y experiencia en la
elaboración y aplicación del Derecho de la Unión Europea, especialmente en relación
con la asistencia mutua y los intercambios de información, conocimientos especializados
en Fiscalidad Internacional y experiencia en tareas de representación de la
Administración Tributaria en foros internacionales, hasta un máximo de 2 puntos.
1. Los méritos generales de quien ocupe actualmente un puesto de trabajo en la
Agencia Estatal de Administración Tributaria con carácter definitivo, en adscripción
provisional o en comisión de servicios, serán valorados con los datos profesionales
consignados, bajo su responsabilidad, en el anexo III y comprobados por la Subdirección
General de Gestión Administrativa de Personal del Departamento de Recursos
Humanos.
En el supuesto de presentación de la solicitud por vía telemática, los méritos
generales serán valorados directamente por la Subdirección General de Gestión
cve: BOE-A-2021-17133
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.