II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios del Subgrupo A1. (BOE-A-2021-17133)
Resolución de 9 de octubre de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252

Jueves 21 de octubre de 2021

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electrónicos el «Registro Electrónico» e indicando en los datos de la solicitud que el
Organismo destinatario es la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Quienes a la fecha de publicación de esta convocatoria presten servicios en la
Agencia Estatal de Administración Tributaria podrán, en el mismo plazo establecido
anteriormente, presentar su solicitud de participación en esta convocatoria por vía
telemática, a través de la Oficina Virtual del Personal de la intranet de la Agencia Estatal
de Administración Tributaria, debiendo para ello seleccionar en Provisión de Puestos la
opción Concursos, incluyendo cualquier documentación que deban o deseen adjuntar.
Cuando el sistema informático no permita la aportación directa por vía telemática, se
deberá presentar dicha documentación suplementaria en cualquiera de los Registros
administrativos previstos en la normativa aplicable, en el mismo plazo de presentación
de instancias, mediante escrito dirigido al Departamento de Recursos Humanos (calle
Lérida n.º 32-34, 28020 Madrid), haciendo mención al número o código de registro
individualizado correspondiente al asiento realizado en el registro telemático. En
cualquier caso, el solicitante deberá aportar la documentación justificativa necesaria para
la valoración de los méritos.
2. Los funcionarios participantes con discapacidad, podrán pedir la adaptación del
puesto de trabajo correspondiente. A la solicitud se deberá acompañar un informe
expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la
adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el
puesto.
En cualquier caso, la compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del
puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan
realizar en él.
3. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las solicitudes
formuladas serán vinculantes para el peticionario, sin que puedan ser objeto de
modificación, aceptándose renuncias a las mismas hasta la firma de la resolución de
adjudicación.
Cuarta.
El presente concurso específico consta de dos fases. En la primera de ellas se
valorarán los méritos generales enumerados en la base quinta, apartado 1, y la segunda
consistirá en la comprobación y valoración de los méritos específicos adecuados a las
características del puesto que se mencionan en la misma base, apartado 2.
Para poder obtener un puesto de trabajo en el presente concurso habrá de
alcanzarse una valoración mínima de tres puntos en la primera fase y de tres en la
segunda. Los participantes que en la primera fase no obtengan la puntuación mínima
exigida, no podrán pasar a la segunda.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de
presentación de instancias y se acreditarán documentalmente, en los casos en que
proceda, con la solicitud de participación.
La valoración de los méritos en la segunda fase deberá efectuarse mediante
puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los
miembros de la Comisión de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima
y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales.
Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta
que se levantará al efecto.
Los puestos convocados no podrán declararse desiertos cuando existan solicitantes
que hayan obtenido la puntuación mínima exigida, excepto cuando, como consecuencia
de una reestructuración, se hayan amortizado o hayan sufrido modificación en sus

cve: BOE-A-2021-17133
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Quinta.