II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios del Subgrupo A1. (BOE-A-2021-17133)
Resolución de 9 de octubre de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252
Jueves 21 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 128229
solicitudes han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado a las mismas y
en todo caso desde la toma de posesión del destino desde el que participen si es de
carácter definitivo.
4. Los funcionarios con destino definitivo solo podrán participar en el presente
concurso si han transcurrido dos años desde la toma de posesión de su último destino,
salvo que se dé alguno de los supuestos siguientes:
a) Que participen únicamente para cubrir vacantes en el ámbito de la Secretaría de
Estado o del Departamento ministerial, en defecto de aquella, donde esté adscrito su
puesto definitivo.
b) Que hayan sido removidos o cesados del puesto obtenido por el procedimiento
de concurso o de libre designación.
c) Que haya sido suprimido el puesto de trabajo que venía desempeñando.
5. A los funcionarios que hayan accedido a otro Cuerpo o Escala por promoción
interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban, se
les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo o Escala
de procedencia, a efectos de lo dispuesto en el punto 4 de esta Base.
6. Los funcionarios en situación de servicios especiales o en situación de
excedencia para el cuidado de hijos o excedencia para el cuidado de un familiar,
artículos 87 y 89.4 respectivamente, de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
(RDL 5/2015), solo podrán participar si en la fecha de terminación del plazo de
presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de posesión del
último destino definitivo obtenido, salvo que tengan reservado el puesto de trabajo en el
ámbito de la Secretaría de Estado o Ministerio, en defecto de esta, donde radique el
puesto solicitado.
7. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular y
excedencia voluntaria por agrupación familiar, artículos 89.2 y 89.3 respectivamente, de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (RDL 5/2015), solo podrán participar si
llevan más de dos años en dicha situación.
8. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y la
posesión de los méritos que se aleguen, será el día en que finalice el plazo de
presentación de instancias.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas al modelo publicado
como anexo II de esta Resolución y dirigidas a la Dirección del Departamento de
Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, calle Lérida n.º
32-34, 28020 Madrid, se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria, en el Registro de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, en los Registros del Ministerio de Hacienda
y Función Pública, en el de la respectiva Unidad de ámbito periférico, según la
localización de los puestos de trabajo, o de acuerdo con el apartado 4 del artículo 16 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, acompañadas de la acreditación documental de los méritos
que así lo requieran.
En el momento de presentación de la instancia se deberá solicitar del Registro
administrativo que en la misma conste la fecha y hora de su registro, a efectos de su
tratamiento administrativo e informático, así como de la posible presentación, dentro de
plazo, de instancias sustitutorias o de solicitudes de renuncias parciales o totales que por
parte de los interesados puedan presentarse posteriormente.
También pueden enviarse a través del Registro Electrónico General de la
Administración General del Estado al que se accede desde la sede electrónica del Punto
de Acceso General (http://administracion.gob.es/), seleccionando dentro de los servicios
cve: BOE-A-2021-17133
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 252
Jueves 21 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 128229
solicitudes han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado a las mismas y
en todo caso desde la toma de posesión del destino desde el que participen si es de
carácter definitivo.
4. Los funcionarios con destino definitivo solo podrán participar en el presente
concurso si han transcurrido dos años desde la toma de posesión de su último destino,
salvo que se dé alguno de los supuestos siguientes:
a) Que participen únicamente para cubrir vacantes en el ámbito de la Secretaría de
Estado o del Departamento ministerial, en defecto de aquella, donde esté adscrito su
puesto definitivo.
b) Que hayan sido removidos o cesados del puesto obtenido por el procedimiento
de concurso o de libre designación.
c) Que haya sido suprimido el puesto de trabajo que venía desempeñando.
5. A los funcionarios que hayan accedido a otro Cuerpo o Escala por promoción
interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban, se
les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo o Escala
de procedencia, a efectos de lo dispuesto en el punto 4 de esta Base.
6. Los funcionarios en situación de servicios especiales o en situación de
excedencia para el cuidado de hijos o excedencia para el cuidado de un familiar,
artículos 87 y 89.4 respectivamente, de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
(RDL 5/2015), solo podrán participar si en la fecha de terminación del plazo de
presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de posesión del
último destino definitivo obtenido, salvo que tengan reservado el puesto de trabajo en el
ámbito de la Secretaría de Estado o Ministerio, en defecto de esta, donde radique el
puesto solicitado.
7. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular y
excedencia voluntaria por agrupación familiar, artículos 89.2 y 89.3 respectivamente, de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (RDL 5/2015), solo podrán participar si
llevan más de dos años en dicha situación.
8. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y la
posesión de los méritos que se aleguen, será el día en que finalice el plazo de
presentación de instancias.
1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas al modelo publicado
como anexo II de esta Resolución y dirigidas a la Dirección del Departamento de
Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, calle Lérida n.º
32-34, 28020 Madrid, se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria, en el Registro de la
Agencia Estatal de Administración Tributaria, en los Registros del Ministerio de Hacienda
y Función Pública, en el de la respectiva Unidad de ámbito periférico, según la
localización de los puestos de trabajo, o de acuerdo con el apartado 4 del artículo 16 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, acompañadas de la acreditación documental de los méritos
que así lo requieran.
En el momento de presentación de la instancia se deberá solicitar del Registro
administrativo que en la misma conste la fecha y hora de su registro, a efectos de su
tratamiento administrativo e informático, así como de la posible presentación, dentro de
plazo, de instancias sustitutorias o de solicitudes de renuncias parciales o totales que por
parte de los interesados puedan presentarse posteriormente.
También pueden enviarse a través del Registro Electrónico General de la
Administración General del Estado al que se accede desde la sede electrónica del Punto
de Acceso General (http://administracion.gob.es/), seleccionando dentro de los servicios
cve: BOE-A-2021-17133
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.