III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Normas Técnicas de Auditoría. (BOE-A-2021-17162)
Resolución de 14 de octubre de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publican las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, "Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros", NIA-ES 250 (revisada), "Identificación y valoración del riesgo de incorrección material", NIA-ES 315 (revisada) y "Utilización del trabajo de los auditores internos", NIA-ES 610 (revisada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252

Jueves 21 de octubre de 2021

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embargo, es posible que esas políticas y procedimientos no mitiguen la elusión de los
controles por la alta dirección (por ejemplo, para sobrevalorar los beneficios).
A108. La evaluación por el auditor del entorno de control en relación con la
utilización de TI por la entidad puede incluir cuestiones tales como:
– Si la gobernanza sobre las TI es acorde con la naturaleza y complejidad de la
entidad y de sus operaciones de negocio realizadas a través de TI, incluida la
complejidad o madurez de la plataforma o arquitectura tecnológicas de la entidad y hasta
qué punto confía la entidad en aplicaciones de TI para sustentar su información
financiera.
– La estructura organizativa de la dirección en relación con las TI y los recursos
asignados [por ejemplo, si la entidad ha invertido en un entorno de TI adecuado y en las
mejoras necesarias, o si se ha contratado al suficiente número de personas con la
cualificación adecuada incluso cuando la entidad utiliza software comercial (con pocas o
ninguna modificación)].
Obtención de conocimiento del proceso de valoración del riesgo por la entidad
(Ref: Apartados 22-23).
Conocimiento del
[Ref: Apartado 22(a)].

proceso

de

valoración

del

riesgo

por

la

entidad

A109. Como se explica en el apartado A62, no todos los riesgos de negocio dan
lugar a riesgos de incorrección material. Para conocer el modo en que la dirección y los
responsables del gobierno de la entidad han identificado los riesgos de negocio
relevantes para la preparación de los estados financieros, y han tomado decisiones con
respecto a las actuaciones para responder a dichos riesgos, las cuestiones que el auditor
puede considerar incluyen el modo en que la dirección o, en su caso, los responsables
del gobierno de la entidad:
– Han especificado los objetivos de la entidad con la suficiente precisión y claridad
para permitir la identificación y valoración de los riesgos relacionados con esos objetivos;
– Han identificado los riesgos para alcanzar los objetivos de la entidad y han analizado
los riesgos como base para determinar el modo en que se deberían gestionar y
– Han considerado la posibilidad de fraude al considerar los riesgos para alcanzar
los objetivos de la entidad .
(37)

(37)

NIA 240, apartado 19.

A110. El auditor puede considerar las implicaciones de dichos riesgos de negocio
para la preparación de los estados financieros de la entidad y otros aspectos de su
sistema de control interno.
Evaluación del proceso de valoración del riesgo por la entidad [Ref: Apartado 22(b)].

A111. La evaluación por el auditor del proceso de valoración del riesgo por la
entidad le puede ayudar a comprender dónde ha identificado la entidad riesgos que
pueden existir y cómo ha respondido a esos riesgos. La evaluación por el auditor del
modo en que la entidad identifica los riesgos de negocio y del modo en que los valora y
responde ayuda al auditor a conocer si los riesgos a los que se enfrenta la entidad han
sido identificados, valorados y resueltos como corresponde a la naturaleza y complejidad
de la entidad. Esta evaluación también puede ayudar al auditor en la identificación y
valoración de los riesgos de incorrección material en los estados financieros y en las
afirmaciones (véase el apartado A86).

cve: BOE-A-2021-17162
Verificable en https://www.boe.es

Por qué el auditor evalúa si el proceso de valoración del riesgo por la entidad es
adecuado.