III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Normas Técnicas de Auditoría. (BOE-A-2021-17162)
Resolución de 14 de octubre de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publican las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, "Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros", NIA-ES 250 (revisada), "Identificación y valoración del riesgo de incorrección material", NIA-ES 315 (revisada) y "Utilización del trabajo de los auditores internos", NIA-ES 610 (revisada).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252
Jueves 21 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128351
grado los factores de riesgo inherente afectan a la combinación de la probabilidad de que
exista una incorrección material y a la magnitud de la incorrección potencial si existe.
Procedimientos
Apartado 13-18).
de
valoración
del
riesgo
y
actividades
relacionadas
(Ref:
A11. Los riesgos de incorrección material que deben ser identificados y valorados
incluyen tanto los que se deben a fraude como los debidos a error, y ambos se tratan en
la presente NIA. Sin embargo, la significatividad del fraude es tal, que la NIA 240 incluye
requerimientos y orientaciones adicionales sobre los procedimientos de valoración del
riesgo y actividades relacionadas para obtener información con el fin de identificar y
valorar los riesgos de incorrección material debida a fraude . Además, las siguientes
NIA proporcionan requerimientos y orientaciones adicionales sobre la identificación y
valoración de riesgos de incorrección material con respecto a cuestiones o
circunstancias específicas:
(15)
(15)
NIA 240, apartados 12-27.
– NIA 540 (Revisada) en relación con las estimaciones contables;
(16)
(16)
NIA 540 (Revisada), Auditoría de estimaciones contables y de la correspondiente información a
revelar.
– NIA 550(17) en referencia con las relaciones y transacciones con partes vinculadas;
(17)
NIA 550 Partes vinculadas.
– NIA 570 (Revisada) en relación con la empresa en funcionamiento y
(18)
(18)
NIA 570 (Revisada), Empresa en funcionamiento.
– NIA 600 en relación con los estados financieros de grupos.
(19)
(19)
NIA 600, Consideraciones especiales – Auditorías de estados financieros de grupos (incluido el
trabajo de los auditores de los componentes).
– Cuestionar información contradictoria y la fiabilidad de los documentos;
– Considerar las respuestas a indagaciones, así como otra información, obtenidas
de la dirección y de los responsables del gobierno de la entidad;
– Prestar una especial atención a las circunstancias que puedan ser indicativas de
posible incorrección debida a fraude o error; y
– Considerar si la evidencia de auditoría obtenida sustenta la identificación y
valoración de los riesgos de incorrección material teniendo en cuenta la naturaleza y las
circunstancias de la entidad.
Por qué es importante obtener evidencia de auditoría de un modo libre de sesgo
(Ref: Apartado 13).
cve: BOE-A-2021-17162
Verificable en https://www.boe.es
A12. El escepticismo profesional es necesario para la evaluación crítica de la
evidencia de auditoría obtenida al aplicar los procedimientos de valoración del riesgo y
ayuda al auditor a estar alerta a evidencia de auditoría que no esté sesgada hacia la
corroboración de la existencia de riesgos o que pueda ser contradictoria a la existencia
de riesgos. El escepticismo profesional es una actitud aplicada por el auditor en la
formulación de juicios profesionales que, a continuación, proporciona una base para sus
actuaciones. El auditor aplica el juicio profesional para determinar cuándo tiene evidencia
de auditoría que proporciona un fundamento adecuado para la valoración del riesgo.
A13. La aplicación de escepticismo profesional por el auditor puede incluir:
Núm. 252
Jueves 21 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128351
grado los factores de riesgo inherente afectan a la combinación de la probabilidad de que
exista una incorrección material y a la magnitud de la incorrección potencial si existe.
Procedimientos
Apartado 13-18).
de
valoración
del
riesgo
y
actividades
relacionadas
(Ref:
A11. Los riesgos de incorrección material que deben ser identificados y valorados
incluyen tanto los que se deben a fraude como los debidos a error, y ambos se tratan en
la presente NIA. Sin embargo, la significatividad del fraude es tal, que la NIA 240 incluye
requerimientos y orientaciones adicionales sobre los procedimientos de valoración del
riesgo y actividades relacionadas para obtener información con el fin de identificar y
valorar los riesgos de incorrección material debida a fraude . Además, las siguientes
NIA proporcionan requerimientos y orientaciones adicionales sobre la identificación y
valoración de riesgos de incorrección material con respecto a cuestiones o
circunstancias específicas:
(15)
(15)
NIA 240, apartados 12-27.
– NIA 540 (Revisada) en relación con las estimaciones contables;
(16)
(16)
NIA 540 (Revisada), Auditoría de estimaciones contables y de la correspondiente información a
revelar.
– NIA 550(17) en referencia con las relaciones y transacciones con partes vinculadas;
(17)
NIA 550 Partes vinculadas.
– NIA 570 (Revisada) en relación con la empresa en funcionamiento y
(18)
(18)
NIA 570 (Revisada), Empresa en funcionamiento.
– NIA 600 en relación con los estados financieros de grupos.
(19)
(19)
NIA 600, Consideraciones especiales – Auditorías de estados financieros de grupos (incluido el
trabajo de los auditores de los componentes).
– Cuestionar información contradictoria y la fiabilidad de los documentos;
– Considerar las respuestas a indagaciones, así como otra información, obtenidas
de la dirección y de los responsables del gobierno de la entidad;
– Prestar una especial atención a las circunstancias que puedan ser indicativas de
posible incorrección debida a fraude o error; y
– Considerar si la evidencia de auditoría obtenida sustenta la identificación y
valoración de los riesgos de incorrección material teniendo en cuenta la naturaleza y las
circunstancias de la entidad.
Por qué es importante obtener evidencia de auditoría de un modo libre de sesgo
(Ref: Apartado 13).
cve: BOE-A-2021-17162
Verificable en https://www.boe.es
A12. El escepticismo profesional es necesario para la evaluación crítica de la
evidencia de auditoría obtenida al aplicar los procedimientos de valoración del riesgo y
ayuda al auditor a estar alerta a evidencia de auditoría que no esté sesgada hacia la
corroboración de la existencia de riesgos o que pueda ser contradictoria a la existencia
de riesgos. El escepticismo profesional es una actitud aplicada por el auditor en la
formulación de juicios profesionales que, a continuación, proporciona una base para sus
actuaciones. El auditor aplica el juicio profesional para determinar cuándo tiene evidencia
de auditoría que proporciona un fundamento adecuado para la valoración del riesgo.
A13. La aplicación de escepticismo profesional por el auditor puede incluir: