III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2020-13788)
Resolución de 27 de octubre de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Complutense de Madrid y el Instituto Nacional de la Seguridad Social, para la colaboración con el curso de formación permanente "Experto en Seguridad Social".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Viernes 6 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 97447
Tercera. Obligaciones de la UCM.
1.º
Obligaciones financieras:
La UCM asumirá los costes indirectos necesarios en los que incurra el curso, que se
financiarán con el canon fijado en cada curso por las Normas de Ejecución
Presupuestaria, y de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la normativa
reguladora de estudios de formación permanente aprobada en el Consejo de Gobierno
de 17 de diciembre de 2019 y publicada en Boletín Oficial de la UCM el 19 de diciembre
de 2019. Para el curso 2020-21 y sucesivos de vigencia de este Convenio está fijado en
un 15% del precio de la matrícula de los títulos y que se estima por curso en unos 14.850
euros, en el supuesto de que se consigan completar todas las plazas del curso, fijadas
en 55 alumnos. Ello no implica traspaso alguno de dinero al INSS.
2.º
Obligaciones no financieras:
La UCM tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vista al desarrollo de dicho
Título de Experto en Seguridad Social, las siguientes actuaciones:
1. La gestión económica y administrativa del Curso.
2. La expedición de los oportunos Títulos a la finalización de aquél, previo pago de
las tasas correspondientes por parte de los alumnos. El Curso se someterá a la
Normativa de los estudios de Formación Permanente de la UCM, publicada en el Boletín
Oficial de la UCM el 19 de diciembre de 2019.
3. La puesta a disposición del Curso de los recursos e infraestructura necesarios
para el normal desenvolvimiento de las enseñanzas.
4. La Dirección Académica del Curso.
5. La aportación de los recursos materiales e instalaciones propias de la Facultad
de Derecho y del Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, tales
como aulas, biblioteca, salas de reunión.
6. Realizar un sistema de autoevaluación continua del alumno mediante la
realización de test y casos prácticos por cada bloque temático, apoyado por el sistema
de tutorías diseñado.
7. Realizar una prueba final consistente en la elaboración de un trabajo tutelado.
La participación financiera del INSS será de 22.080 euros anuales que se harán
efectivos íntegramente con cargo al presupuesto de gastos del INSS, una vez firmado y
publicado el Convenio en el REOICO y BOE y antes de que finalice cada año en curso.
Los 22.080 euros anuales, 88.320 euros totales, se imputarán dentro del
Presupuesto de gastos del INSS para 2020 (para el curso 2020/2021), 2021 (para el
curso 2021/2022), 2022 (para el curso 2022/2023) y 2023 (para el curso 2023/2024) en
el Programa 1391 «Dirección y servicios generales», Aplicación Presupuestaria 22661,
«Cursos de formación y perfeccionamiento».
El abono se realizará mediante el pago del total del importe antes mencionado que
corresponde a cada anualidad y curso, a la cuenta de la Universidad Complutense de
Madrid, 2038-5837-95-6000615194, «Tesorería. UCM-Recaudatoria Servicio de Tercer
Ciclo y Estudios de Postgrado» de Bankia, indicando «Experto en Seguridad Social»,
siendo este Servicio el encargado de acreditar el mismo y comunicar su recepción.
Quinta.
Régimen de colaboración.
El desarrollo del curso se efectuará por la UCM en régimen de colaboración con el
INSS.
La UCM (a través de la dirección del Experto) certificará anualmente, una vez
finalizado dicho Curso anual, que los fondos aportados se dedicaron a la realización de
cve: BOE-A-2020-13788
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta. Financiación.
Núm. 293
Viernes 6 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 97447
Tercera. Obligaciones de la UCM.
1.º
Obligaciones financieras:
La UCM asumirá los costes indirectos necesarios en los que incurra el curso, que se
financiarán con el canon fijado en cada curso por las Normas de Ejecución
Presupuestaria, y de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la normativa
reguladora de estudios de formación permanente aprobada en el Consejo de Gobierno
de 17 de diciembre de 2019 y publicada en Boletín Oficial de la UCM el 19 de diciembre
de 2019. Para el curso 2020-21 y sucesivos de vigencia de este Convenio está fijado en
un 15% del precio de la matrícula de los títulos y que se estima por curso en unos 14.850
euros, en el supuesto de que se consigan completar todas las plazas del curso, fijadas
en 55 alumnos. Ello no implica traspaso alguno de dinero al INSS.
2.º
Obligaciones no financieras:
La UCM tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vista al desarrollo de dicho
Título de Experto en Seguridad Social, las siguientes actuaciones:
1. La gestión económica y administrativa del Curso.
2. La expedición de los oportunos Títulos a la finalización de aquél, previo pago de
las tasas correspondientes por parte de los alumnos. El Curso se someterá a la
Normativa de los estudios de Formación Permanente de la UCM, publicada en el Boletín
Oficial de la UCM el 19 de diciembre de 2019.
3. La puesta a disposición del Curso de los recursos e infraestructura necesarios
para el normal desenvolvimiento de las enseñanzas.
4. La Dirección Académica del Curso.
5. La aportación de los recursos materiales e instalaciones propias de la Facultad
de Derecho y del Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, tales
como aulas, biblioteca, salas de reunión.
6. Realizar un sistema de autoevaluación continua del alumno mediante la
realización de test y casos prácticos por cada bloque temático, apoyado por el sistema
de tutorías diseñado.
7. Realizar una prueba final consistente en la elaboración de un trabajo tutelado.
La participación financiera del INSS será de 22.080 euros anuales que se harán
efectivos íntegramente con cargo al presupuesto de gastos del INSS, una vez firmado y
publicado el Convenio en el REOICO y BOE y antes de que finalice cada año en curso.
Los 22.080 euros anuales, 88.320 euros totales, se imputarán dentro del
Presupuesto de gastos del INSS para 2020 (para el curso 2020/2021), 2021 (para el
curso 2021/2022), 2022 (para el curso 2022/2023) y 2023 (para el curso 2023/2024) en
el Programa 1391 «Dirección y servicios generales», Aplicación Presupuestaria 22661,
«Cursos de formación y perfeccionamiento».
El abono se realizará mediante el pago del total del importe antes mencionado que
corresponde a cada anualidad y curso, a la cuenta de la Universidad Complutense de
Madrid, 2038-5837-95-6000615194, «Tesorería. UCM-Recaudatoria Servicio de Tercer
Ciclo y Estudios de Postgrado» de Bankia, indicando «Experto en Seguridad Social»,
siendo este Servicio el encargado de acreditar el mismo y comunicar su recepción.
Quinta.
Régimen de colaboración.
El desarrollo del curso se efectuará por la UCM en régimen de colaboración con el
INSS.
La UCM (a través de la dirección del Experto) certificará anualmente, una vez
finalizado dicho Curso anual, que los fondos aportados se dedicaron a la realización de
cve: BOE-A-2020-13788
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta. Financiación.