III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. (BOE-A-2020-13782)
Orden TES/1039/2020, de 3 de noviembre, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2020, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones adicionales del ámbito de las políticas activas de empleo financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, incluyendo aquellos destinados a la ejecución del Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021 y del Plan Reincorpora-T 2019-2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 97301
cartera, la oferta formativa y los programas que faciliten la movilidad para la formación y
cualificación europeas, el apoyo a la gestión de la movilidad laboral, incluyendo el acceso
a la información disponible a través de la red EURES.
Servicio de colocación y de asesoramiento a empresas. Tiene por objeto identificar y
gestionar ofertas de empleo, incluyendo las procedentes del resto de los países del
Espacio Económico Europeo u otros países, y localizar y desarrollar nuevas oportunidades
de empleo, vinculándolas a los usuarios que mejor se ajusten a ellas en función de su
perfil y competencias, a fin de facilitar a los empleadores los trabajadores más apropiados
a sus requerimientos y necesidades, así como la información acerca de los procesos de
contratación, y a los trabajadores su acceso a las ofertas de empleo adecuadas y
disponibles. Este servicio incluye la difusión de las ofertas de empleo en el marco del
Sistema Nacional de Empleo y del Portal Único de Empleo establecido en el artículo 8.2.b)
de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre.
Comprenderá las siguientes actividades:
a) Gestión de las ofertas de empleo a través de la casación entre ofertas y demandas,
en particular, la prospección e identificación de necesidades de los empleadores, la
captación de ofertas de empleo no gestionadas por los Servicios Públicos de Empleo y la
difusión de información sobre las ofertas de empleo adecuadas y disponibles
b) Información y asesoramiento sobre la contratación y las medidas de apoyo a la
activación, la contratación e inserción en la empresa.
c) Comunicación de la contratación laboral y de las altas, períodos de actividad y
certificados de empresa.
d) Apoyo a los procesos de recolocación en los supuestos previstos legalmente.
Servicio de formación y cualificación para el empleo. Tiene por finalidad promover la
formación, cualificación profesional, recualificación y actualización permanente de las
competencias profesionales facilitando la transición al empleo, ajustando la oferta formativa
y la de los proveedores de formación a las necesidades del mercado de trabajo. Este
servicio proporcionará a los usuarios la mejora de sus competencias profesionales a través
de una oferta de formación acreditable y formación no formal, así como el reconocimiento
de competencias adquiridas por la experiencia laboral.
Comprenderá las siguientes actividades:
a) Formación profesional para el empleo acorde a las necesidades de los usuarios.
b) Control, seguimiento y evaluación de la calidad de la formación.
c) Evaluación, reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales
adquiridas a través de la experiencia laboral.
d) Mantenimiento y actualización de la cuenta de formación.
e) Inscripción, acreditación y selección de centros y entidades de formación
profesional para el empleo.
f) Gestión de los instrumentos europeos para favorecer la movilidad en la formación
y cualificación profesional.
Servicio de asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento. Tiene por objeto
apoyar y promover iniciativas emprendedoras y generadoras de empleo y autoempleo,
vinculándolas a los usuarios que mejor se ajusten a ellas en función de su perfil y
competencias, con especial atención al trabajo autónomo, a la economía social y a la
dinamización del desarrollo económico local.
Comprenderá las siguientes actividades:
a) Asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento.
b) Fomento de la economía social y del emprendimiento colectivo.
c) Asesoramiento sobre ayudas a las iniciativas emprendedoras y de autoempleo.
d) Asesoramiento sobre incentivos y medidas disponibles para el fomento de la
contratación.
cve: BOE-A-2020-13782
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 293
Viernes 6 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 97301
cartera, la oferta formativa y los programas que faciliten la movilidad para la formación y
cualificación europeas, el apoyo a la gestión de la movilidad laboral, incluyendo el acceso
a la información disponible a través de la red EURES.
Servicio de colocación y de asesoramiento a empresas. Tiene por objeto identificar y
gestionar ofertas de empleo, incluyendo las procedentes del resto de los países del
Espacio Económico Europeo u otros países, y localizar y desarrollar nuevas oportunidades
de empleo, vinculándolas a los usuarios que mejor se ajusten a ellas en función de su
perfil y competencias, a fin de facilitar a los empleadores los trabajadores más apropiados
a sus requerimientos y necesidades, así como la información acerca de los procesos de
contratación, y a los trabajadores su acceso a las ofertas de empleo adecuadas y
disponibles. Este servicio incluye la difusión de las ofertas de empleo en el marco del
Sistema Nacional de Empleo y del Portal Único de Empleo establecido en el artículo 8.2.b)
de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre.
Comprenderá las siguientes actividades:
a) Gestión de las ofertas de empleo a través de la casación entre ofertas y demandas,
en particular, la prospección e identificación de necesidades de los empleadores, la
captación de ofertas de empleo no gestionadas por los Servicios Públicos de Empleo y la
difusión de información sobre las ofertas de empleo adecuadas y disponibles
b) Información y asesoramiento sobre la contratación y las medidas de apoyo a la
activación, la contratación e inserción en la empresa.
c) Comunicación de la contratación laboral y de las altas, períodos de actividad y
certificados de empresa.
d) Apoyo a los procesos de recolocación en los supuestos previstos legalmente.
Servicio de formación y cualificación para el empleo. Tiene por finalidad promover la
formación, cualificación profesional, recualificación y actualización permanente de las
competencias profesionales facilitando la transición al empleo, ajustando la oferta formativa
y la de los proveedores de formación a las necesidades del mercado de trabajo. Este
servicio proporcionará a los usuarios la mejora de sus competencias profesionales a través
de una oferta de formación acreditable y formación no formal, así como el reconocimiento
de competencias adquiridas por la experiencia laboral.
Comprenderá las siguientes actividades:
a) Formación profesional para el empleo acorde a las necesidades de los usuarios.
b) Control, seguimiento y evaluación de la calidad de la formación.
c) Evaluación, reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales
adquiridas a través de la experiencia laboral.
d) Mantenimiento y actualización de la cuenta de formación.
e) Inscripción, acreditación y selección de centros y entidades de formación
profesional para el empleo.
f) Gestión de los instrumentos europeos para favorecer la movilidad en la formación
y cualificación profesional.
Servicio de asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento. Tiene por objeto
apoyar y promover iniciativas emprendedoras y generadoras de empleo y autoempleo,
vinculándolas a los usuarios que mejor se ajusten a ellas en función de su perfil y
competencias, con especial atención al trabajo autónomo, a la economía social y a la
dinamización del desarrollo económico local.
Comprenderá las siguientes actividades:
a) Asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento.
b) Fomento de la economía social y del emprendimiento colectivo.
c) Asesoramiento sobre ayudas a las iniciativas emprendedoras y de autoempleo.
d) Asesoramiento sobre incentivos y medidas disponibles para el fomento de la
contratación.
cve: BOE-A-2020-13782
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 293