III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. (BOE-A-2020-13782)
Orden TES/1039/2020, de 3 de noviembre, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2020, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones adicionales del ámbito de las políticas activas de empleo financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, incluyendo aquellos destinados a la ejecución del Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021 y del Plan Reincorpora-T 2019-2021.
140 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de noviembre de 2020

Sec. III. Pág. 97297

El proceso de gestión de las ofertas de empleo puede ser muy variado. Un empresario
puede ofertar un puesto para cubrirlo rápidamente, con lo cual la vida de la oferta será muy
corta, mientras que otro puede anticiparse mucho a la necesidad para así disponer de más
tiempo para escoger a los mejores candidatos, o puede que tenga que cubrir muchos puestos.
En estos casos las ofertas pueden llegar a permanecer abiertas durante bastante tiempo.
Uno de los problemas con que se encuentran los SPE al gestionar las ofertas es que
es muy frecuente que los empresarios intenten cubrir sus puestos utilizando varios canales
en paralelo, con objeto de encontrar a los mejores candidatos (ofertándolos a los SPE,
mediante contactos personales, a través de agencias, etc.) Y cuando un puesto ofertado
se acaba cubriendo finalmente a través de alguno de los otros canales, es muy habitual
que no se comunique su cobertura al SPE. Aproximadamente el 80% de los puestos
ofertados a los SPE se acaban cubriendo a través de la gestión de éstos, mientras que
el 20% restante se acaba haciendo finalmente a través de otros canales.
También es frecuente que la denominación del puesto que finalmente se cubre no
coincida exactamente con la denominación del puesto que se ofertó, por lo que resulta
difícil determinar con exactitud si uno se corresponde con el otro.
Situaciones de las ofertas de empleo.–Las ofertas de empleo pueden encontrarse en
distintas situaciones de gestión excluyentes entre sí, siendo las principales:
– Registrada.–No se ha hecho ninguna gestión con la oferta.
– Atendida o emparejada.–El SPE ha identificado al menos un demandante que pudiera
ser candidato (creación de la relación demanda-oferta a través de un sondeo, cita, etc.).
– En casación.–Se ha enviado a la empresa al menos a un demandante.
– Concluida.–Ya no se hace gestión directa con ella y queda con cero puestos
pendientes, pero el gestor puede volverla a recuperar y además hay procesos automáticos
que siguen haciendo gestión con ella (proceso de cobertura de puestos descrito más
adelante).
– En baja.–No se hace ninguna gestión con ella y no se puede recuperar para la
gestión.
Adicionalmente, cualquiera de las anteriores puede estar a la vez:
– En difusión nacional.–Son las ofertas puestas en difusión por los SPE en el Portal
del Sistema Nacional de Empleo, que a su vez se difunden en el portal Empléate.
– En difusión regional.–Son las ofertas puestas en difusión por los SPE en sus propios
portales.
Relación demanda-oferta.–Es la relación que se genera cuando un demandante entra
en contacto con una oferta de empleo a través de los SPE. Los demandantes pueden estar
en distintas situaciones, entre otras por haber sido:
– Sondeado.–El SPE obtiene candidatos sondeando a los demandantes que cumplen
con los requerimientos de la oferta.
– Citado.–El SPE lo ha citado como paso previo al envío a la empresa, para comprobar
cuestiones relacionadas con su perfil, con su interés por el puesto de trabajo, etc.
– Enviado.–El SPE lo envía a la empresa como candidato, quedando pendiente del
resultado. Como hemos indicado antes, muchas veces el resultado no retorna a los SPE.
Colocación de demandantes.–Es la colocación por cuenta ajena de demandantes. Se
extraen del fichero de colocaciones y se generan como consecuencia de la comunicación
de contratos de trabajo.
A los efectos de las colocaciones tienen la consideración de demandantes aquellos
cuya demanda está en situación administrativa de:
– Alta.
– Suspensión.
– Baja de menos de 6 meses.

cve: BOE-A-2020-13782
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 293