III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Subvenciones. (BOE-A-2020-13782)
Orden TES/1039/2020, de 3 de noviembre, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2020, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones adicionales del ámbito de las políticas activas de empleo financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, incluyendo aquellos destinados a la ejecución del Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021 y del Plan Reincorpora-T 2019-2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Viernes 6 de noviembre de 2020

Sec. III. Pág. 97296

Tabla de estados de una persona

Situación administrativa de la
inscripción

Estado Registrada
real de
una
persona
No registrada

Categoría de la
persona registrada

Condición de inscrito
Alta

Suspensión

----

----

Baja

Demandante de
empleo
Demandante de
servicios previos
Demandante de
otros servicios
----

Situaciones laborales de las demandas en relación con el empleo.–A su vez, las
demandas pueden provenir de personas que se encuentren en alguna de las tres
situaciones siguientes:
– Ocupados.
– Trabajadores agrarios.
– Desempleados.

– Puestos registrados.–Son los puestos ofertados en el registro inicial de la oferta de
empleo.
– Puestos ampliados.–Son los puestos que se amplían en un momento posterior al
registro inicial de la oferta.
– Puestos ofertados.–Son los puestos registrados más los ampliados.
– Puestos cubiertos.–Son los puestos que se han cubierto como consecuencia de la
comunicación de un contrato de trabajo por parte de la empresa con la que el demandante
fue puesto en contacto para cubrir una oferta.
– Puestos anulados.–Son los puestos que se anulan en un momento posterior al
registro inicial de la oferta.
– Puestos pendientes.–Son los puestos que en un momento determinado aún están
vacantes (los registrados más los ampliados, menos los cubiertos y los anulados).

cve: BOE-A-2020-13782
Verificable en https://www.boe.es

Los dos primeros colectivos no se incluyen en la contabilización del paro registrado.
Son los desempleados los que contabilizan en este, salvo que tengan alguna otra causa
que los excluya, según la Orden Ministerial de 1985, de medición del paro registrado.
Oferta de empleo.–Los empresarios pueden ofrecer vacantes a los SPE para que las
gestionen. En una oferta de empleo, además de la descripción del puesto vacante y del
perfil de los candidatos, se indica el número de puestos que se ofertan. Es importante
tener en cuenta que en una única oferta se pueden ofrecer uno o varios puestos de trabajo,
y que además su número y características pueden ir variando durante el período de vida
de la oferta, dependiendo de las necesidades de la empresa. Por este motivo, en un
momento determinado los puestos de trabajo de una oferta de empleo pueden pertenecer
a alguno de los siguientes tipos: