III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Grupos de trabajo. (BOE-A-2020-13673)
Resolución de 3 de noviembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, por la que se determina la composición de la Comisión Permanente de Telecomunicaciones, Infraestructuras Digitales, Conectividad Digital y Sector Audiovisual, creada en el seno del Consejo Consultivo para la Transformación Digital.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96779
s) Confederación Española de Empresas de Tecnologías de la Información,
Comunicación y Electrónica (CONETIC).
t) Asociación de Redes de centros de Competencias Digitales (SOMOS DIGITAL).
u) Red de Medios Comunitarios (ReMC).
v) Asociación Española de Televisiones Privadas Digitales Terrestres (ASETv).
w) Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).
x) Sociedad de Servicios para los Productores Audiovisuales (Egeda).
y) Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (Agedi).
z) Sociedad de artistas intérpretes o ejecutantes de España (AIE).
aa) Asociación de actores e intérpretes Madrid (Aisge).
bb) Asociación de autores y editores de libros, revistas, periódicos y partituras
(Cedro).
cc) Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (Dama).
dd) Sociedad Española de Derechos de Autor (SEDA).
ee) Colegio de Ingenieros de Telecomunicación (COIT).
ff) Colegio de Ingenieros Técnicos de Telecomunicación (COITT).
gg) Consejo General de Colegios Oficiales Profesionales de Ingenieros en
Informática (CCII).
hh) Consejo General de Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática
(CONCITI).
ii) Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU).
jj) FACUA-Consumidores en Acción.
kk) Asociación Usuarios de la Comunicación (AUC).
ll) Asociación de Usuarios de Internet (AUI).
mm) Asociación de Internautas (AI).
nn) Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).
ññ) Alfa Media (Asociación para promover la Alfabetización Mediática).
oo) Sindicato Comisiones Obreras (CC.OO).
pp) Sindicato Unión General de Trabajadores (UGT).
qq) Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE).
rr) Confederación Española de la Pequeña y la Mediana Empresa (CEPYME).
ss) Cámara de Comercio de España.
tt) Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).
2. Adicionalmente, la persona titular de la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales podrá designar hasta cuatro Vocales
elegidos de entre los vocales designados entre expertos y profesionales de reconocido
prestigio y experiencia en las distintas áreas de conocimiento relacionadas con las
funciones propias del Consejo Consultivo para la Transformación Digital a que hace
referencia el artículo 7.3 de la Orden ETD/920/2020, de 28 de septiembre.
Artículo 7. Cese de los Vocales.
a) Renuncia.
b) Pérdida de los requisitos que determinaron su designación apreciada por la
persona titular de la Presidencia de la Comisión Permanente.
c) Por acuerdo de la persona titular de la Presidencia de la Comisión Permanente,
previa propuesta de quien la hubiera efectuado para su designación.
d) Finalización del periodo de su mandato en el caso de los vocales previsto en el
artículo 6.2.
Artículo 8. Secretaría.
Corresponde a la persona titular de la Secretaría de la Comisión Permanente de
Telecomunicaciones, Infraestructuras Digitales, Conectividad Digital y Sector Audiovisual:
cve: BOE-A-2020-13673
Verificable en https://www.boe.es
Los Vocales cesarán por cualquiera de las siguientes causas:
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96779
s) Confederación Española de Empresas de Tecnologías de la Información,
Comunicación y Electrónica (CONETIC).
t) Asociación de Redes de centros de Competencias Digitales (SOMOS DIGITAL).
u) Red de Medios Comunitarios (ReMC).
v) Asociación Española de Televisiones Privadas Digitales Terrestres (ASETv).
w) Sociedad General de Autores y Editores (SGAE).
x) Sociedad de Servicios para los Productores Audiovisuales (Egeda).
y) Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (Agedi).
z) Sociedad de artistas intérpretes o ejecutantes de España (AIE).
aa) Asociación de actores e intérpretes Madrid (Aisge).
bb) Asociación de autores y editores de libros, revistas, periódicos y partituras
(Cedro).
cc) Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (Dama).
dd) Sociedad Española de Derechos de Autor (SEDA).
ee) Colegio de Ingenieros de Telecomunicación (COIT).
ff) Colegio de Ingenieros Técnicos de Telecomunicación (COITT).
gg) Consejo General de Colegios Oficiales Profesionales de Ingenieros en
Informática (CCII).
hh) Consejo General de Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática
(CONCITI).
ii) Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU).
jj) FACUA-Consumidores en Acción.
kk) Asociación Usuarios de la Comunicación (AUC).
ll) Asociación de Usuarios de Internet (AUI).
mm) Asociación de Internautas (AI).
nn) Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).
ññ) Alfa Media (Asociación para promover la Alfabetización Mediática).
oo) Sindicato Comisiones Obreras (CC.OO).
pp) Sindicato Unión General de Trabajadores (UGT).
qq) Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE).
rr) Confederación Española de la Pequeña y la Mediana Empresa (CEPYME).
ss) Cámara de Comercio de España.
tt) Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).
2. Adicionalmente, la persona titular de la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales podrá designar hasta cuatro Vocales
elegidos de entre los vocales designados entre expertos y profesionales de reconocido
prestigio y experiencia en las distintas áreas de conocimiento relacionadas con las
funciones propias del Consejo Consultivo para la Transformación Digital a que hace
referencia el artículo 7.3 de la Orden ETD/920/2020, de 28 de septiembre.
Artículo 7. Cese de los Vocales.
a) Renuncia.
b) Pérdida de los requisitos que determinaron su designación apreciada por la
persona titular de la Presidencia de la Comisión Permanente.
c) Por acuerdo de la persona titular de la Presidencia de la Comisión Permanente,
previa propuesta de quien la hubiera efectuado para su designación.
d) Finalización del periodo de su mandato en el caso de los vocales previsto en el
artículo 6.2.
Artículo 8. Secretaría.
Corresponde a la persona titular de la Secretaría de la Comisión Permanente de
Telecomunicaciones, Infraestructuras Digitales, Conectividad Digital y Sector Audiovisual:
cve: BOE-A-2020-13673
Verificable en https://www.boe.es
Los Vocales cesarán por cualquiera de las siguientes causas: