III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2020-13664)
Resolución de 21 de octubre de 2020, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Fondo de Barril en Refinería Gibraltar-San Roque".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Jueves 5 de noviembre de 2020

Sec. III. Pág. 96725

En cuanto a la construcción de la nueva línea eléctrica, la excavación para
cimentaciones de los apoyos y para la zanja del tramo subterráneo alterará levemente la
morfología del terreno y la edafología en el trazado previsto. Como medida correctora, se
llevará a cabo la roturación de las áreas compactadas por el paso de la maquinaria.
D.2. Agua:
Deberán instalarse barreras de sedimentos para evitar arrastre de partículas durante
las obras de construcción de los nuevos aliviaderos y otras susceptibles de contaminar las
aguas superficiales.
El dimensionamiento de los aliviaderos de pluviales limpias, y de los tanques y
conducciones de pluviales potencialmente contaminadas deberán ser aprobados por el
organismo de cuenca en la correspondiente autorización de obras en DPH.

Las medidas preventivas y correctoras previstas para minimizar las emisiones de
partículas durante las obras de urbanización y acondicionamiento del terreno, que deberán
ser aprobadas por el órgano ambiental competente durante su correspondiente evaluación
ambiental, serán también de aplicación durante los tres años de duración de la fase de
obras del Proyecto Fondo de Barril.
Entre estas medidas se incluirán, entre otras: riegos periódicos de áreas afectadas
por movimiento de tierras, vallados móviles, limitación de velocidad de maquinaria,
empleo de lonas para cubierta de camiones, compactación de viales, y paralización
temporal de obras de acuerdo con los niveles de actuación definidos por valores PM10 en
emisión difusa, registrados por el Plan de Control de Calidad del Aire establecido por el
promotor.
La ubicación de acopios de materiales finos se realizará en zonas protegidas del viento
y, en la medida de lo posible, a sotavento de la dirección predominante, llevando a cabo el
cubrimiento de áreas de acopio y camiones que transporten material particulado. Se
evitarán zonas próximas a cursos de agua y zonas arboladas.
La realización de las operaciones de excavación, y de carga y descarga de materiales
susceptibles de emitir polvo se realizarán en días con condiciones atmosféricas favorables
(velocidad de viento adecuada).
En el caso de que las cifras de azufre recuperado (eficiencia o producción de azufre
elemental), con las instalaciones ya en operación, sean inferiores a las estimaciones
incluidas en el estudio de impacto ambiental, deberá notificarse a la Delegación Territorial
en Cádiz de la Consejería competente en medio ambiente, a efectos de recalcular las
emisiones correspondientes de SO 2 e incluir las modificaciones oportunas en la
Autorización Ambiental Integrada.
A lo largo de la vida útil de las nuevas instalaciones, se implementarán nuevas
tecnologías de producción de hidrógeno renovable a medida que su disponibilidad técnica
lo permita, previa evaluación ambiental y/o modificación de la autorización ambiental
integrada por parte del órgano competente cuando fuera necesario.
A tal efecto, el promotor deberá realizar informes periódicos cada tres años revisando
la viabilidad técnica y económica de las tecnologías de producción de hidrógeno renovable
a escala industrial en cada momento con la finalidad de su implementación en las
instalaciones de Fondo de Barril, justificando su imposibilidad en caso contrario. Dichos
informes serán remitidos al órgano sustantivo y al órgano competente que deba realizar el
seguimiento de la autorización ambiental integrada de la instalación, para su valoración y
efectos oportunos.
D.4.

Flora y vegetación, fauna, biodiversidad:

Deberá efectuarse una prospección sobre el terreno, previa a las obras, para detectar
posibles ejemplares de especies con algún grado de protección presentes en los hábitats
asociados al curso del Arroyo Madrevieja, al entorno de Carteia y a la parcela ubicada al

cve: BOE-A-2020-13664
Verificable en https://www.boe.es

D.3. Atmósfera y cambio climático: