III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Delegación de competencias. (BOE-A-2020-13684)
Resolución de 16 de octubre de 2020, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se delegan competencias.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Jueves 5 de noviembre de 2020

11.

Sec. III. Pág. 96807

Delegar en el vicerrector de Estudiantes y Emprendimiento:

a) La ejecución, incluida la autorización, del gasto de las transferencias a Centros
Asociados y departamentos universitarios en las materias de estudiantes y desarrollo
profesional, cualquiera que sea su cuantía, acordadas por los órganos de gobierno
competentes de la Universidad.
b) La ejecución, incluida la autorización del gasto, de las transferencias a Centros
Asociados y departamentos universitarios en materia de deportes, cualquiera que sea su
cuantía, acordadas por los órganos de gobierno competentes de la Universidad.
c) La firma de convenios de cooperación educativa para la realización de prácticas
extracurriculares en empresas u otros centros de trabajo, con respecto a estudiantes
matriculados en enseñanzas conducentes a la obtención de un título oficial de grado,
máster o doctorado, o de un título propio de la universidad, sin perjuicio de lo dispuesto
en el apartado 19.
d) Las resoluciones sobre el acceso de estudiantes a la Universidad española en
sus diversas modalidades, incluida las relativas a la expedición de acreditaciones para
estudiantes internacionales que deseen acceder a estudios de grado en la Universidad,
según los procedimientos de admisión fijados por las propias universidades.
e) Las competencias en materia de discapacidad que afecten a los estudiantes
(UNIDIS), con excepción de las relativas a las resoluciones de las solicitudes de
adaptación de los exámenes.
f) Las competencias en materia de información, orientación y empleo relativas a los
estudiantes, incluyendo las correspondientes a su atención en Centros Penitenciarios.
g) La firma de acuerdos de colaboración entre la UNED y centros/entidades con
estudiantes internacionales para el acceso a la Universidad española.
h) La resolución de las becas del Fondo Social de la UNED a propuesta de la
comisión del Fondo social.
i) La firma de los Diplomas acreditativos de las prácticas en empresas u otros
centros de trabajo.

a) La aceptación o denegación de solicitudes de matrícula de estudios de
Formación Permanente, así como la concesión de sus correspondientes ayudas, a
propuesta del órgano competente.
b) La autorización para realizar transferencias de crédito que afecten a los cursos
de postgrado (títulos propios) y de formación permanente.
c) La aceptación o denegación de solicitudes de matrícula para los cursos del
CUID.
d) La ejecución, incluida la autorización, del gasto de las transferencias a Centros
Asociados en materia del CUID, cualquiera que sea su cuantía, acordadas por los
Órganos de Gobierno competentes de la Universidad.
e) La firma de Diplomas acreditativos de los estudios de UNED Senior.
f) El nombramiento de los equipos docentes de los cursos de Formación
Permanente.
g) La autorización de las órdenes de Comisiones de Servicio derivadas de la
actividad de los cursos de Formación Permanente, así como la autorización para el
incremento de la dieta de alojamiento fijada en el Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo,
sobre indemnizaciones por razón del servicio que se devengue en dichas órdenes.
h) Las competencias atribuidas al rector en materia de calidad respecto a la
formación permanente.
13.

Delegar en el secretario general:

a) La resolución de recursos administrativos competencia del rector en materia de
estudiantes, con excepción de los disciplinarios.

cve: BOE-A-2020-13684
Verificable en https://www.boe.es

12. Delegar en el vicerrector de Formación Permanente para el Desempeño
Profesional y Desarrollo Social: