II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Especialidades sanitarias. (BOE-A-2020-13633)
Resolución 1259/2020, de 6 de agosto, de la Dirección Gerencia de la Organización Sanitaria Integrada Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces, por la que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo de Jefe de Sección Sanitario de Otorrinolaringología (Sección Rinología y Base del Cráneo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Jueves 5 de noviembre de 2020

Sec. II.B. Pág. 96503

publicarán en la página web de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud y en la intranet de la
OSI Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces.
9.2 Resolución de la Dirección Gerencia en la que:
9.2.1 Se procederá al nombramiento del candidato/a propuesto por la Comisión de
Valoración. En el caso de renuncia de la persona asignada, se podrá nombrar a la
persona que haya obtenido la siguiente mejor puntuación, siempre y cuando cumpla los
requisitos establecidos en la convocatoria.
9.2.2 Se procederá a declarar desierta la convocatoria por los siguientes motivos:
Falta de presentación de lo/as aspirantes.
Incumplimiento de los requisitos de lo/as aspirantes.
Incumplimiento de la puntuación mínima de lo/as aspirantes.
La resolución será notificada a lo/as interesado/as y se publicará en el «Boletín
Oficial del País Vasco» (BOPV), en la página web de Osakidetza-Servicio Vasco de
Salud y en la intranet de la OSI Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces.
Contra dicha resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Directora
General de Osakidetza–Servicio Vasco de Salud, en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco».
10.

Efectos de la adjudicación

La resolución de nombramiento surtirá efectos desde la fecha de su publicación en el
«Boletín Oficial del País Vasco» (BOPV), salvo que en ella se disponga otra cosa.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28, norma tercera, punto 8, de la
Ley 8/1997, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, el nombramiento en plaza de Jefatura
dará lugar a una relación temporal por un plazo de cuatro años, prorrogables en función
de lo establecido en dicha norma.
11.

Recursos contra la resolución

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Directora
General de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente al de la última publicación de la resolución de convocatoria en los
boletines oficiales correspondientes.
Barakaldo, 6 de agosto de 2020.–El Director Gerente de la Organización Sanitaria
Integrada Ezkerraldea-Enkarterri-Cruces, Santiago Rabanal Retolaza.
ANEXO
Baremo de méritos (máximo, 66 puntos)
La valoración de méritos constará de las siguientes fases:
Proyecto y su defensa (máximo, 30 puntos)

Consistirá en la exposición pública ante la Comisión de Valoración de la Memoriaproyecto explicativa sobre la organización y funcionamiento de la Sección de que se
trate, y la realización de una entrevista con el/los aspirante/s.
La puntuación de esta fase queda desglosada en los dos apartados siguientes:
La valoración del contenido de la Memoria-proyecto de gestión de la Sección
presentada (máximo, 15 puntos).

cve: BOE-A-2020-13633
Verificable en https://www.boe.es

I.