III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2020-13590)
Resolución de 21 de octubre de 2020, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se publica el Convenio con la Fundación Observatorio del Ebro, para la regulación de las actividades conjuntas de ambas instituciones en el Observatorio del Ebro.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 4 de noviembre de 2020

Sec. III. Pág. 96260

Séptimo.
Que la estación de Tortosa en el OE ha sido reconocida como Estación de Observación
a Largo Plazo por la Organización Meteorológica Mundial (OMM) en Mayo de 2017 por sus
más de 100 Años de Observaciones Meteorológicas y que tanto el OE como AEMET
desean continuar con la labor de asegurar la cantidad y la calidad de los registros
meteorológicos en el OE y mantener dicho reconocimiento.
Octavo.
Que ambas entidades AEMET y OE tienen interés en colaborar tanto en la adquisición
y procesado de datos meteorológicos como en su preservación y difusión del patrimonio
meteorológico y climatológico del OE.
Noveno.
Que la investigación que realiza el OE en el campo de la meteorología, la
hidrometeorología y la climatología es de interés para AEMET, como demuestra el hecho
que ambas instituciones hayan participado en proyectos científicos ya sea como socio o
como stakeholder.
A la vista de los antecedentes anteriormente citados, y con el ánimo de ampliar la
colaboración iniciada entre ambas instituciones, para el beneficio de sus actividades, se
hace necesario regular dicha colaboración por medio de la suscripción del presente
Convenio en materia de adquisición y procesado de datos meteorológicos, y de
investigación, preservación y difusión del patrimonio meteorológico y climatológico, así
como articular los medios correspondientes y establecer los compromisos adecuados para
su ejecución, de conformidad con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objeto del presente Convenio es definir los términos de esta colaboración entre la
Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) y el Observatorio del Ebro (OE) para la
adquisición y procesado de datos meteorológicos, la investigación en el campo de la
meteorología, la hidrometeorología y la climatología, y la preservación y difusión del
patrimonio meteorológico y climatológico del OE mediante los siguientes sub-objetivos,

Segunda.

Actuaciones de las partes.

a) Actuaciones que corresponden al OE.
1. El OE proporcionará las infraestructuras necesarias para el alojamiento de las
distintas instalaciones de equipos meteorológicos, habilitando los espacios necesarios
para los trabajos de campo de observación, toma de datos y operación de los mismos.
Igualmente facilitará las dependencias precisas para el alojamiento del personal de AEMET
en las labores de realización de trabajos de gabinete y oficina, incluyendo aquellas que
fueran necesarias para el archivo documental de registros meteorológicos, biblioteca y

cve: BOE-A-2020-13590
Verificable en https://www.boe.es

a) Colaborar en el mantenimiento operativo de los instrumentos de observación
meteorológica y facilitar el intercambio y la divulgación de los datos generados durante el
período de vigencia de este convenio.
b) Colaborar en la actividad de investigación en el campo de la meteorología, la
hidrometeorología y la climatología, y de su divulgación durante el período de vigencia de
este convenio.
c) Implementar y mantener las plataformas adecuadas para la divulgación de la
información objeto de este convenio.