I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Estado de alarma. Prórroga. (BOE-A-2020-13494)
Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 4 de noviembre de 2020

Sec. I. Pág. 95842

otras patologías diferentes a COVID-19, previniendo desde un primer momento cualquier
riesgo de potencial colapso del sistema asistencial.
En efecto, las medidas de carácter extraordinario de control de la pandemia deben
ahora intensificarse sin demora, a la vista de la evolución de la epidemia para prevenir y
contener los contagios, y mitigar así el impacto sanitario, social y económico que esta
provoca. El objetivo debe ser que ese impacto sea el menor posible a lo largo de varios
meses, por lo que las disposiciones que ofrecen cobertura a estas medidas han de
ofrecer la estabilidad suficiente a corto y medio plazo para que así sea.
Debe tenerse en cuenta que el descenso de los indicadores epidemiológicos cuando
estos se encuentran en niveles altos o muy altos se produce tras un tiempo suficiente de
implementación de las medidas necesarias. En este sentido, la Organización Mundial de
la Salud manifiesta que resulta prudente planificar la aplicación de dichas medidas para
varios meses, en base a la experiencia previa en distintos países.
A diferencia de la primera ola, nos enfrentamos a un periodo estacional que favorece
la transmisión del virus SARS-CoV-2. Tradicionalmente, los meses de otoño e invierno se
caracterizan por la alta frecuentación de los servicios asistenciales, en parte, por
patologías causadas por otros virus respiratorios, como la gripe. Según datos del
Ministerio de Sanidad, se dan en España en torno a 13 millones de infecciones
respiratorias cada año, con una importante concentración entre los meses de diciembre y
marzo. De este modo, los casos diarios de infecciones respiratorias agudas del tracto
superior, así como las bronquitis, bronquiolitis agudas, gripes y las neumonías que llegan
a los servicios de atención primaria, una parte de los cuales requieren posteriormente
ingreso hospitalario, crecen de manera muy importante en el primer trimestre del año. En
este periodo llegan a alcanzarse cifras superiores a los 63.000 casos diarios de infección
respiratoria aguda del tracto superior, 18.000 de bronquitis o bronquiolitis aguda, otros
tantos de gripe y casi 2.000 de neumonía, en estos últimos casos además con una
importante afectación a personas mayores.
Esta presión asistencial concentrada en un periodo de tiempo muy concreto se verá
previsiblemente incrementada por la circulación del nuevo coronavirus, pudiendo
generarse, en ausencia de medidas estrictas como las planteadas en el Real
Decreto 926/2020, de 25 de octubre, situaciones de sobrecarga de la capacidad
asistencial y de tensionamiento de los servicios de atención primaria y hospitalaria, que
podrían impactar muy negativamente sobre la atención sanitaria a otras patologías
diferentes a la COVID-19. A este respecto conviene insistir en que los indicadores
asistenciales relacionados con la atención a COVID-19 han alcanzado ya un nivel
preocupante en la mayoría del territorio nacional.
En definitiva, dada la tendencia ascendente en el número de casos, la evolución
esperada en los próximos meses, con una climatología adversa que reduce la posibilidad
de desempeñar actividades en espacios abiertos, y la situación de posible sobrecarga
del sistema asistencial, que podría llegar hasta bien entrada la primavera si no se actúa
con instrumentos apropiados para frenar la propagación de la enfermedad, se considera
necesario y proporcionado extender la aplicación de medidas que han demostrado ser
eficaces para reducir situaciones de riesgo de transmisión y frenar los contagios, como
las contenidas en el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, durante un periodo de
seis meses, al estimar que este plazo de tiempo ofrece la mayor seguridad posible para
poder proteger adecuadamente la salud de la población con la información disponible en
estos momentos.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que nos hallamos en una situación inédita, en
la cual las autoridades sanitarias nacionales y de la Unión Europea están liderando los
esfuerzos para lograr con éxito un tratamiento y una vacuna eficaz y segura, que permita
hacer frente a la pandemia. El proceso hasta llegar a vacunas eficaces resulta de gran
complejidad, lo cual hace difícil que se puedan alcanzar altas coberturas que
garantizaran la inmunización suficiente para controlar la transmisión comunitaria del virus
en los próximos seis meses.

cve: BOE-A-2020-13494
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Núm. 291