III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2020-13487)
Resolución de 19 de octubre de 2020, de Parques Nacionales, O.A., por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión con la Junta de Castilla y León, para la realización de diversas actividades en el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Martes 3 de noviembre de 2020

Sec. III. Pág. 95798

VIII. Que el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, prevé que la realización de actividades de carácter material o técnico de
la competencia de los órganos administrativos o de las entidades de Derecho público
podrá ser encomendada a otros órganos o entidades de Derecho público de la misma o
de distinta Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades,
por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su
desempeño, para lo que, en el caso de órganos de distintas Administraciones, se
formalizará mediante la firma del correspondiente Convenio.
IX. Que los abajo firmantes, reconociéndose capacidad y competencia para
intervenir en este acto, acuerdan suscribir el presente Convenio de acuerdo con las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente Convenio tiene como objeto encomendar al organismo autónomo
Parques Nacionales las actuaciones conjuntas y complementarias en el Parque Nacional
de la Sierra de Guadarrama que a continuación se desarrollan.
Segunda. Actuaciones y obligaciones de las partes.
1)

El organismo autónomo Parques Nacionales:

a) Colaborará con personal de la plantilla de sus unidades CMAV y CENEAM y sus
medios materiales adscritos en diversos trabajos y tareas a realizar dentro de la totalidad
de la superficie del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, incluyendo el territorio
del parque no coincidente con los Montes de Valsaín.
b) Los trabajadores de las Unidades CMAV y CENEAM actuarán siempre bajo la
supervisión y control de sus superiores jerárquicos correspondientes.
c) El personal del CMAV realizará tareas en el Parque Nacional de la Sierra de
Guadarrama, de acuerdo con la programación del parque nacional, de:

d) El Centro de Información Valle de Valsaín-Boca del Asno, dependiente del
CMAV, actuará como un centro de información del Parque Nacional de la Sierra de
Guadarrama, adaptándose el personal a esta función.
e) El Centro Nacional de Educación Ambiental prestará sus instalaciones y el apoyo
de sus medios para la celebración de los patronatos del parque nacional, así como para
las reuniones de trabajo necesarias para su funcionamiento.
f) El personal del CENEAM podrá prestar colaboración en el desarrollo de los
siguientes programas que quedarán incorporados a la oferta de uso público y educación
ambiental del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, debiendo responder a los
correspondientes planes sectoriales del Parque:
– Paseos guiados: incluyendo la elaboración de los contenidos a validar por la
Dirección del Parque, folleto informativo, prestación del servicio de guía interpretativo y
difusión.

cve: BOE-A-2020-13487
Verificable en https://www.boe.es

– Trabajos de mantenimiento de infraestructuras.
– Pequeñas obras y tratamientos selvícolas.
– Apoyo técnico en materia de conservación y uso público.
– Ejecución de censos y trabajos de seguimiento ecológico.
– Tareas de vigilancia.
– Extinción de incendios con medios propios o a través de las encomiendas
disponibles para el CMAV.
– Se extenderán las rutas guiadas realizadas por el CMAV a través de encomienda a
la totalidad de la superficie del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.