III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2020-11941)
Resolución de 25 de septiembre de 2020, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores, para la promoción de los productos de la pesca españoles en los mercados nacionales e internacionales, a través de actuaciones de promoción durante el periodo 2020 a 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85433
6. Edición de material promocional e informativo.
7. Encuentros y misiones comerciales.
Que son detalladas de forma precisa en el anexo.
Tercera.
Obligaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, el MAPA se
compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado
en el anexo:
1. Aportar la cantidad máxima de noventa mil ciento setenta y siete euros con
cincuenta céntimos (90.177,50 €) en la totalidad del periodo de actuaciones del presente
Convenio del 2020 al 2022, una vez ejecutadas y justificadas las acciones programadas.
El desglose por ejercicio será el siguiente:
Veintiocho mil ciento treinta y dos euros con cincuenta céntimos (28.132,50 €) para el
ejercicio económico de 2020 con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 de
la Ley de Presupuestos Generales vigente en 2020.
Treinta y ocho mil ciento cuarenta y siete euros con cincuenta céntimos (38.147,50 €)
para el ejercicio 2021, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 o la
que pueda sustituirla de acuerdo con la Ley de Presupuestos Generales del Estado
vigente en el correspondiente ejercicio económico.
Veintitrés mil ochocientos noventa y siete euros con cincuenta céntimos (23.897.50 €)
para el ejercicio 2022, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 o la
que pueda sustituirla de acuerdo con la Ley de Presupuestos Generales del Estado
vigente en el correspondiente ejercicio económico.
2. Participar en la preparación de las actuaciones con sus unidades técnicas y de
promoción.
3. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del
presente Convenio
4. Participar en la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden
dentro del presente Convenio.
Cuarta.
Obligaciones de la federación nacional de cofradías de pescadores.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, la Federación
Nacional de Cofradías de Pescadores se compromete a realizar las siguientes
actuaciones:
Veintiocho mil ciento treinta y dos euros con cincuenta céntimos (28.132,50 €) para el
ejercicio económico 2020.
Treinta y ocho mil ciento cuarenta y siete euros con cincuenta céntimos (38.147,50 €)
para el ejercicio 2021; y
Veintitrés mil ochocientos noventa y siete euros con cincuenta céntimos (23.897.50 €)
para el ejercicio 2022.
cve: BOE-A-2020-11941
Verificable en https://www.boe.es
1. Asumir la responsabilidad directa de las gestiones necesarias para el buen
desarrollo de las acciones promocionales previstas, informando al MAPA de las mismas.
En la contratación externa de acciones deben cumplirse los principios básicos, de
transparencia, no discriminación e igualdad de trato.
2. Aportar la cantidad máxima de noventa mil ciento setenta y siete euros con
cincuenta céntimos (90.177,50 €) en la totalidad del periodo de actuaciones del presente
Convenio del ejercicio 2020 al 2022, ambos inclusive, de conformidad con lo indicado en
el anexo y de acuerdo al siguiente desglose:
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85433
6. Edición de material promocional e informativo.
7. Encuentros y misiones comerciales.
Que son detalladas de forma precisa en el anexo.
Tercera.
Obligaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, el MAPA se
compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado
en el anexo:
1. Aportar la cantidad máxima de noventa mil ciento setenta y siete euros con
cincuenta céntimos (90.177,50 €) en la totalidad del periodo de actuaciones del presente
Convenio del 2020 al 2022, una vez ejecutadas y justificadas las acciones programadas.
El desglose por ejercicio será el siguiente:
Veintiocho mil ciento treinta y dos euros con cincuenta céntimos (28.132,50 €) para el
ejercicio económico de 2020 con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 de
la Ley de Presupuestos Generales vigente en 2020.
Treinta y ocho mil ciento cuarenta y siete euros con cincuenta céntimos (38.147,50 €)
para el ejercicio 2021, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 o la
que pueda sustituirla de acuerdo con la Ley de Presupuestos Generales del Estado
vigente en el correspondiente ejercicio económico.
Veintitrés mil ochocientos noventa y siete euros con cincuenta céntimos (23.897.50 €)
para el ejercicio 2022, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 o la
que pueda sustituirla de acuerdo con la Ley de Presupuestos Generales del Estado
vigente en el correspondiente ejercicio económico.
2. Participar en la preparación de las actuaciones con sus unidades técnicas y de
promoción.
3. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del
presente Convenio
4. Participar en la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden
dentro del presente Convenio.
Cuarta.
Obligaciones de la federación nacional de cofradías de pescadores.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, la Federación
Nacional de Cofradías de Pescadores se compromete a realizar las siguientes
actuaciones:
Veintiocho mil ciento treinta y dos euros con cincuenta céntimos (28.132,50 €) para el
ejercicio económico 2020.
Treinta y ocho mil ciento cuarenta y siete euros con cincuenta céntimos (38.147,50 €)
para el ejercicio 2021; y
Veintitrés mil ochocientos noventa y siete euros con cincuenta céntimos (23.897.50 €)
para el ejercicio 2022.
cve: BOE-A-2020-11941
Verificable en https://www.boe.es
1. Asumir la responsabilidad directa de las gestiones necesarias para el buen
desarrollo de las acciones promocionales previstas, informando al MAPA de las mismas.
En la contratación externa de acciones deben cumplirse los principios básicos, de
transparencia, no discriminación e igualdad de trato.
2. Aportar la cantidad máxima de noventa mil ciento setenta y siete euros con
cincuenta céntimos (90.177,50 €) en la totalidad del periodo de actuaciones del presente
Convenio del ejercicio 2020 al 2022, ambos inclusive, de conformidad con lo indicado en
el anexo y de acuerdo al siguiente desglose: