III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2020-11941)
Resolución de 25 de septiembre de 2020, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores, para la promoción de los productos de la pesca españoles en los mercados nacionales e internacionales, a través de actuaciones de promoción durante el periodo 2020 a 2022.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85432
artículo 6.1.j) que entre las funciones de la Dirección General de la Industria Alimentaria
estará la de proponer y desarrollar instrumentos encaminados a promocionar y orientar
el consumo de productos agroalimentarios y pesqueros, y la asistencia y colaboración
con empresas y entidades asociativas de los sectores agroalimentario y pesquero para
facilitar su participación en ferias y exposiciones nacionales e internacionales, que será
ejercida por la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España, según
se dispone en el apartado 2.c) del mismo artículo.
2. Que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) participa en
actuaciones promocionales, en compañía de los diferentes sectores, teniendo una
experiencia, conocimientos técnicos y situación de mercado, que confirman la
conveniencia de seguir desarrollando este trabajo.
3. Que la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores, una Corporación de
Derecho Público reconocida por el artículo 47 de la Ley 3/2001 de Pesca Marítima del
Estado y que de acuerdo con sus Estatutos tiene como fines y objetivos, entre otros:
Coordinar, gestionar y representar los intereses socioeconómicos de todas las
Federaciones Provinciales y de sus respectivas Cofradías tanto ante la Administración
como en general ante cualquier entidad, organismo o persona física o jurídica, pública o
privada, tanto nacional como internacional, y ello con independencia de las
competencias que por su propia naturaleza puedan corresponderles a dichas
Federaciones Provinciales y sus respectivas Cofradías de Pescadores.
Canalizar cuantas acciones, proyectos o programas realice la Administración y
afecten a los intereses socioeconómicos del sector pesquero que sean de la
competencia de las Federaciones Provinciales y de sus respectivas Cofradías de
Pescadores.
4. Que la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores, integrada por 18
Federaciones Provinciales y 4 Federaciones Autonómicas, tiene interés en la
participación conjunta con el MAPA en actuaciones de promoción, sumando esfuerzos e
impulsando el mercado de los productos pesqueros.
5. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, recogida en el
artículo 47.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, siéndole de aplicación el capítulo VI
del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Por todo ello, sendas partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
El objeto de este Convenio es la colaboración en la promoción de productos de la
pesca españoles, mediante la participación conjunta en determinadas actuaciones
promocionales en el periodo comprendido entre los ejercicios 2020-2022, incluyendo
ambos.
Actuaciones a desarrollar.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, se ejecutarán las
siguientes actuaciones promocionales:
1.
2.
3.
4.
5.
Participación en ferias.
Estudios de mercados.
Promociones directas en mercados de abastos.
Presencia en internet, en páginas no sectoriales.
Jornadas informativas orientadas al consumidor final.
cve: BOE-A-2020-11941
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85432
artículo 6.1.j) que entre las funciones de la Dirección General de la Industria Alimentaria
estará la de proponer y desarrollar instrumentos encaminados a promocionar y orientar
el consumo de productos agroalimentarios y pesqueros, y la asistencia y colaboración
con empresas y entidades asociativas de los sectores agroalimentario y pesquero para
facilitar su participación en ferias y exposiciones nacionales e internacionales, que será
ejercida por la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España, según
se dispone en el apartado 2.c) del mismo artículo.
2. Que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) participa en
actuaciones promocionales, en compañía de los diferentes sectores, teniendo una
experiencia, conocimientos técnicos y situación de mercado, que confirman la
conveniencia de seguir desarrollando este trabajo.
3. Que la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores, una Corporación de
Derecho Público reconocida por el artículo 47 de la Ley 3/2001 de Pesca Marítima del
Estado y que de acuerdo con sus Estatutos tiene como fines y objetivos, entre otros:
Coordinar, gestionar y representar los intereses socioeconómicos de todas las
Federaciones Provinciales y de sus respectivas Cofradías tanto ante la Administración
como en general ante cualquier entidad, organismo o persona física o jurídica, pública o
privada, tanto nacional como internacional, y ello con independencia de las
competencias que por su propia naturaleza puedan corresponderles a dichas
Federaciones Provinciales y sus respectivas Cofradías de Pescadores.
Canalizar cuantas acciones, proyectos o programas realice la Administración y
afecten a los intereses socioeconómicos del sector pesquero que sean de la
competencia de las Federaciones Provinciales y de sus respectivas Cofradías de
Pescadores.
4. Que la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores, integrada por 18
Federaciones Provinciales y 4 Federaciones Autonómicas, tiene interés en la
participación conjunta con el MAPA en actuaciones de promoción, sumando esfuerzos e
impulsando el mercado de los productos pesqueros.
5. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, recogida en el
artículo 47.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, siéndole de aplicación el capítulo VI
del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Por todo ello, sendas partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
El objeto de este Convenio es la colaboración en la promoción de productos de la
pesca españoles, mediante la participación conjunta en determinadas actuaciones
promocionales en el periodo comprendido entre los ejercicios 2020-2022, incluyendo
ambos.
Actuaciones a desarrollar.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente Convenio, se ejecutarán las
siguientes actuaciones promocionales:
1.
2.
3.
4.
5.
Participación en ferias.
Estudios de mercados.
Promociones directas en mercados de abastos.
Presencia en internet, en páginas no sectoriales.
Jornadas informativas orientadas al consumidor final.
cve: BOE-A-2020-11941
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.