III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2020-11921)
Resolución de 16 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad accidental de Viveiro, por la que se deniega la inscripción de una representación gráfica alternativa a la catastral.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85224
Mi conocimiento de las leyes no es tan preciso como debiera, pero de su escrito de
fecha 15 de junio de 2020 se desprenden algunas conclusiones que no resultan
congruentes con la documentación registral existente que quiero resaltar:
1.ª Registralmente y de los informes y certificados emitidos, por dos registra dores,
no se deduce que exista colindancia alguna entre nuestras parcelas. Al contrario,
nuestras parcelas están separadas por una franja de terreno que la parte opositora
pretende ignorar e incorporar indebidamente a su propiedad.
2.ª Es la parte opositora la que pretende hacer valida una representación gráfica
catastral que no coincide con la realidad escritural y registral de su parcela y que al
contrario es el resultado de una inadecuada interpretación de los contenidos de la
Escritura de división horizontal otorgada ante notario por la opositora el 30/09/1986,
registrada debidamente en fecha 6 de agosto de 1987. Representación gráfica que ha
sido alterada, según informe del TEAR, por resolución de fecha 24/11/2016, sin que el
contenido de tal Escritura hiciera referencia a los resultados obtenidos (…)
Consecuentemente y en apoyo de los artículos 199 y 199(2) a los que Vd. hace
mención en los fundamentos de derecho de su escrito
No soy yo el que pretende hacer valer una representación cartográfica catastral y
que esta se imponga sobre el contenido de los datos escriturales y registrales existentes,
intentando hacer valer por encima de estos derechos, una representación que no
responde a los contenidos de la Escritura en la que dicen estar soportados, como
pretende la parte opositora.
Quiero hacer constar también, que en el registro de mi reciente Escritura que
corresponde a mi parcela y a mi casa, se hace constar que en mi calidad de tercer
hipotecario me acojo al contenido del Artículo 34 de la LH, en defensa de mis legítimos
derechos que deben ser respetados por encima de cualquier otra pretensión.
Me reitero por tanto en hacer valer mis derechos y en las explicaciones y
documentos que he presentado en mis dos escritos anteriores y especialmente al
segundo y último de ellos, dirigido Dña. María-Teresa Touriñán Morandeira (Registradora
interina, actualmente en situación de baja) y que transcribo a continuación.
Estimo que las explicaciones son suficientemente claras para sostener la legalidad
de mis derechos, por encima de los derivados de una representación Catastral ilegitima
que no se adapta a los contenidos de la propia Escritura en la que se fundamentan (…)
Transcribo el Escrito ya presentado:
Sra. Registradora:
– Adjunta Vd. a su escrito, la documentación aportada por la parte opositora, omitida
en su primera comunicación y en la que se motivaba su resolución denegatoria inicial,
para dar cumplimiento a mi solicitud de registro de las coordenadas georreferenciadas
de mi parcela y su entorno, que según su actual escrito, ha motivado el asiento 820 del
diario 78.
Quiero, en primer lugar, hacer constar, que la paralización de la actividad
administrativa por la emergencia del Covid_19 me ha impedido presentar esta respuesta
a su escrito con anterioridad.
Síntesis de contenido del presente documento
Vaya por delante, a modo de resumen, que todas mis afirmaciones y los comentarios
contenidos en este documento y otros anteriores, están basados en los siguientes
criterios fundamentales:
cve: BOE-A-2020-11921
Verificable en https://www.boe.es
Con el debido respeto y en relación con su escrito (en respuesta al mío, presentado
el 3 de marzo de 2020 y registro de entrada 1.122); que me fue entregado en mano el
día 13 de marzo de 2020, en las oficinas del Registro en Viveiro, aunque está fechado y
firmado por Vd. supuestamente el día 5 de febrero de 2020; procedo a dar contestación
al mismo en los siguientes términos:
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85224
Mi conocimiento de las leyes no es tan preciso como debiera, pero de su escrito de
fecha 15 de junio de 2020 se desprenden algunas conclusiones que no resultan
congruentes con la documentación registral existente que quiero resaltar:
1.ª Registralmente y de los informes y certificados emitidos, por dos registra dores,
no se deduce que exista colindancia alguna entre nuestras parcelas. Al contrario,
nuestras parcelas están separadas por una franja de terreno que la parte opositora
pretende ignorar e incorporar indebidamente a su propiedad.
2.ª Es la parte opositora la que pretende hacer valida una representación gráfica
catastral que no coincide con la realidad escritural y registral de su parcela y que al
contrario es el resultado de una inadecuada interpretación de los contenidos de la
Escritura de división horizontal otorgada ante notario por la opositora el 30/09/1986,
registrada debidamente en fecha 6 de agosto de 1987. Representación gráfica que ha
sido alterada, según informe del TEAR, por resolución de fecha 24/11/2016, sin que el
contenido de tal Escritura hiciera referencia a los resultados obtenidos (…)
Consecuentemente y en apoyo de los artículos 199 y 199(2) a los que Vd. hace
mención en los fundamentos de derecho de su escrito
No soy yo el que pretende hacer valer una representación cartográfica catastral y
que esta se imponga sobre el contenido de los datos escriturales y registrales existentes,
intentando hacer valer por encima de estos derechos, una representación que no
responde a los contenidos de la Escritura en la que dicen estar soportados, como
pretende la parte opositora.
Quiero hacer constar también, que en el registro de mi reciente Escritura que
corresponde a mi parcela y a mi casa, se hace constar que en mi calidad de tercer
hipotecario me acojo al contenido del Artículo 34 de la LH, en defensa de mis legítimos
derechos que deben ser respetados por encima de cualquier otra pretensión.
Me reitero por tanto en hacer valer mis derechos y en las explicaciones y
documentos que he presentado en mis dos escritos anteriores y especialmente al
segundo y último de ellos, dirigido Dña. María-Teresa Touriñán Morandeira (Registradora
interina, actualmente en situación de baja) y que transcribo a continuación.
Estimo que las explicaciones son suficientemente claras para sostener la legalidad
de mis derechos, por encima de los derivados de una representación Catastral ilegitima
que no se adapta a los contenidos de la propia Escritura en la que se fundamentan (…)
Transcribo el Escrito ya presentado:
Sra. Registradora:
– Adjunta Vd. a su escrito, la documentación aportada por la parte opositora, omitida
en su primera comunicación y en la que se motivaba su resolución denegatoria inicial,
para dar cumplimiento a mi solicitud de registro de las coordenadas georreferenciadas
de mi parcela y su entorno, que según su actual escrito, ha motivado el asiento 820 del
diario 78.
Quiero, en primer lugar, hacer constar, que la paralización de la actividad
administrativa por la emergencia del Covid_19 me ha impedido presentar esta respuesta
a su escrito con anterioridad.
Síntesis de contenido del presente documento
Vaya por delante, a modo de resumen, que todas mis afirmaciones y los comentarios
contenidos en este documento y otros anteriores, están basados en los siguientes
criterios fundamentales:
cve: BOE-A-2020-11921
Verificable en https://www.boe.es
Con el debido respeto y en relación con su escrito (en respuesta al mío, presentado
el 3 de marzo de 2020 y registro de entrada 1.122); que me fue entregado en mano el
día 13 de marzo de 2020, en las oficinas del Registro en Viveiro, aunque está fechado y
firmado por Vd. supuestamente el día 5 de febrero de 2020; procedo a dar contestación
al mismo en los siguientes términos: