III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2020-11913)
Resolución de 15 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Estella n.º 1, por la que se suspende la inscripción de la división de una finca en régimen de propiedad horizontal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85145
2. En la reseñada escritura que ahora se califica, los citados don M. y doña M. M.
M. B., previa manifestación de que la indicada finca registral número 12836 de Azagra
linda, al frente, calle de situación; derecha entrando, polígono 1, parcela 1666, de la
Comunidad de Propietarios calle (…), y polígono 1, parcela 1667, de la Comunidad de
Propietarios calle (…); izquierda, polígono 1, parcelas 693 y 1470, ambas de J. S. B.; y
fondo, calle; de conformidad con lo establecido en el artículo 396 del Código Civil, Ley de
Propiedad Horizontal de 21 de julio de 1960 y normas complementarias, dividen en
régimen de propiedad horizontal la edificación anteriormente descrita, en los siguientes
departamentos, susceptibles de dominio, disfrute y aprovechamiento independiente:
a) Departamento número uno. Garaje en planta baja del edificio sito en Azagra,
calle (…). Polígono 1, Parcela 694, Subárea 1, Unidad Urbana 2. Ocupa una superficie
de ciento setenta y dos metros cuadrados, y linda, al frente, calle de situación y caja de
escaleras; derecha entrando, Polígono 1, Parcela 1666, de la Comunidad de Propietarios
calle (…), y Polígono 1, Parcela 1667, de la Comunidad de Propietarios calle (…);
izquierda, portal y correa de escaleras, y Polígono 1, Parcela 693, de J. S. B.; y fondo,
huerto anejo. Le corresponde como anejo el huerto al fondo de la casa, con una
superficie de doscientos ochenta y siete metros cuadrados, que linda, al frente,
Departamento Número Uno, a través del cual tiene su acceso; derecha entrando,
Polígono 1, Parcela 1667, de la Comunidad de Propietarios calle (…); izquierda,
Polígono 1, Parcelas 693 y 1470, de J. S. B.; y fondo, calle. Participa en los elementos y
gastos comunes del edificio con una cuota de cincuenta enteros por ciento.
b) Departamento número dos. Vivienda en planta primera del edificio sito en
Azagra, calle (…) Polígono 1, Parcela 694, Subárea 1, parte de la Unidad Urbana 1.
Ocupa una superficie de ciento veinte metros cuadrados, distribuidos en distintas
dependencias. Linda al frente, tomando como tal la calle de situación, calle (…) y hueco
de escaleras; derecha, Polígono 1, Parcela 1666, de la Comunidad de Propietarios calle
(…), y Polígono 1, Parcela 1667, de la Comunidad de Propietarios calle (…); izquierda,
correa de escaleras, y Polígono 1, Parcela 693, de J. S. B.; y fondo, terraza aneja a esta
vivienda. Participa en los elementos y gastos comunes del edificio de una cuota de
veintisiete enteros por ciento.
c) Vivienda en planta segunda del edificio sito en Azagra, calle (…). Polígono 1,
Parcela 694, Subárea 1, parte de la Unidad Urbana 1. Ocupa una superficie de ciento
veinte metros cuadrados, distribuidos en distintas dependencias. Linda al frente,
tomando como tal la calle de situación, calle (…) y hueco de escaleras; derecha,
Polígono 1, Parcela 1666, de la Comunidad de Propietarios calle (…) y Polígono 1,
Parcela 1667, de la Comunidad de Propietarios calle (…); izquierda, correa de escaleras,
y Polígono 1, Parcela 693, de J. S. B.; y fondo, vuelo a terraza en planta primera.
Participa en los elementos y gastos comunes del edificio con una cuota de veintitrés
enteros por ciento.
Y, por último, una vez establecidas las normas de comunidad por las que se regirá la
edificación, el mencionado don M. M. B. dona a su reseñada hermana doña M. M. M. B.
la participación indivisa de su propiedad sobre el departamento número tres de la
división horizontal.
Fundamentos de Derecho:
Vistos los artículos 9 y 18 de la Ley Hipotecaria y 51 del Reglamento Hipotecario; Los
artículos 26 números 2 y 6, y 28 número 4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación
Urbana; Los artículos 53, 78 y 79 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que
se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley
Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza
Urbanística; El artículo 396 del Código Civil; La Ley 49/1960 de 21 de julio sobre
Propiedad Horizontal; El Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se
cve: BOE-A-2020-11913
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85145
2. En la reseñada escritura que ahora se califica, los citados don M. y doña M. M.
M. B., previa manifestación de que la indicada finca registral número 12836 de Azagra
linda, al frente, calle de situación; derecha entrando, polígono 1, parcela 1666, de la
Comunidad de Propietarios calle (…), y polígono 1, parcela 1667, de la Comunidad de
Propietarios calle (…); izquierda, polígono 1, parcelas 693 y 1470, ambas de J. S. B.; y
fondo, calle; de conformidad con lo establecido en el artículo 396 del Código Civil, Ley de
Propiedad Horizontal de 21 de julio de 1960 y normas complementarias, dividen en
régimen de propiedad horizontal la edificación anteriormente descrita, en los siguientes
departamentos, susceptibles de dominio, disfrute y aprovechamiento independiente:
a) Departamento número uno. Garaje en planta baja del edificio sito en Azagra,
calle (…). Polígono 1, Parcela 694, Subárea 1, Unidad Urbana 2. Ocupa una superficie
de ciento setenta y dos metros cuadrados, y linda, al frente, calle de situación y caja de
escaleras; derecha entrando, Polígono 1, Parcela 1666, de la Comunidad de Propietarios
calle (…), y Polígono 1, Parcela 1667, de la Comunidad de Propietarios calle (…);
izquierda, portal y correa de escaleras, y Polígono 1, Parcela 693, de J. S. B.; y fondo,
huerto anejo. Le corresponde como anejo el huerto al fondo de la casa, con una
superficie de doscientos ochenta y siete metros cuadrados, que linda, al frente,
Departamento Número Uno, a través del cual tiene su acceso; derecha entrando,
Polígono 1, Parcela 1667, de la Comunidad de Propietarios calle (…); izquierda,
Polígono 1, Parcelas 693 y 1470, de J. S. B.; y fondo, calle. Participa en los elementos y
gastos comunes del edificio con una cuota de cincuenta enteros por ciento.
b) Departamento número dos. Vivienda en planta primera del edificio sito en
Azagra, calle (…) Polígono 1, Parcela 694, Subárea 1, parte de la Unidad Urbana 1.
Ocupa una superficie de ciento veinte metros cuadrados, distribuidos en distintas
dependencias. Linda al frente, tomando como tal la calle de situación, calle (…) y hueco
de escaleras; derecha, Polígono 1, Parcela 1666, de la Comunidad de Propietarios calle
(…), y Polígono 1, Parcela 1667, de la Comunidad de Propietarios calle (…); izquierda,
correa de escaleras, y Polígono 1, Parcela 693, de J. S. B.; y fondo, terraza aneja a esta
vivienda. Participa en los elementos y gastos comunes del edificio de una cuota de
veintisiete enteros por ciento.
c) Vivienda en planta segunda del edificio sito en Azagra, calle (…). Polígono 1,
Parcela 694, Subárea 1, parte de la Unidad Urbana 1. Ocupa una superficie de ciento
veinte metros cuadrados, distribuidos en distintas dependencias. Linda al frente,
tomando como tal la calle de situación, calle (…) y hueco de escaleras; derecha,
Polígono 1, Parcela 1666, de la Comunidad de Propietarios calle (…) y Polígono 1,
Parcela 1667, de la Comunidad de Propietarios calle (…); izquierda, correa de escaleras,
y Polígono 1, Parcela 693, de J. S. B.; y fondo, vuelo a terraza en planta primera.
Participa en los elementos y gastos comunes del edificio con una cuota de veintitrés
enteros por ciento.
Y, por último, una vez establecidas las normas de comunidad por las que se regirá la
edificación, el mencionado don M. M. B. dona a su reseñada hermana doña M. M. M. B.
la participación indivisa de su propiedad sobre el departamento número tres de la
división horizontal.
Fundamentos de Derecho:
Vistos los artículos 9 y 18 de la Ley Hipotecaria y 51 del Reglamento Hipotecario; Los
artículos 26 números 2 y 6, y 28 número 4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación
Urbana; Los artículos 53, 78 y 79 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que
se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley
Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza
Urbanística; El artículo 396 del Código Civil; La Ley 49/1960 de 21 de julio sobre
Propiedad Horizontal; El Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se
cve: BOE-A-2020-11913
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Núm. 265