I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Subvenciones. (BOE-A-2020-11882)
Real Decreto 883/2020, de 6 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la crisis sanitaria del COVID-19, en el sector de la flor cortada y la planta ornamental.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 7 de octubre de 2020

Sec. I. Pág. 85013

2. Asimismo, estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas para la
misma finalidad, concedidas en su caso al beneficiario, con base en el Reglamento (UE)
n.º 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de
«minimis» en el sector agrícola, si se ajustan al citado límite máximo establecido al
efecto por la mencionada Decisión de la Comisión Europea SA.56851 (2020/N), de 2 de
abril de 2020.
Artículo 9. Criterios objetivos de concesión de las subvenciones y cuantía.
1. La cuantía máxima de la subvención se establece en 20.000 euros por
beneficiario.
2. En virtud del principio de concurrencia competitiva, tendrán prioridad los
solicitantes que tengan la condición de explotaciones de titularidad compartida de
acuerdo con la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las
explotaciones agrarias.
Las comunidades autónomas podrán establecer criterios adicionales de priorización
a la hora de resolver estas subvenciones.
3. En virtud de lo establecido en el apartado anterior, en primer lugar se concederá
la subvención que corresponda a los beneficiarios que tengan el carácter de prioritarios,
hasta la cuantía máxima de subvención de 20.000 euros que establece al apartado 1.
En caso de que estos importes superen el presupuesto disponible, se procederá al
prorrateo lineal de las mismas hasta ajustarse a dicho presupuesto.
4. En caso de no agotarse el presupuesto disponible, se procederá al pago de los
importes de subvenciones a los beneficiarios sin carácter de prioritarios, hasta la citada
cuantía máxima de subvención de 20.000 euros.
De igual manera, en caso de superarse el presupuesto disponible teniendo en cuenta
el pago ya concedido sobre la base del apartado anterior de este artículo, se procederá
al prorrateo de los importes a percibir por los beneficiarios no prioritarios hasta ajustarse
a dicho presupuesto.
5. Finalmente, si hubiera sobrantes de presupuesto tras las anteriores operaciones,
se repartirá el remanente mediante prorrateo entre aquellos beneficiarios cuyas
actuaciones subvencionables superen la cuantía de 20.000 euros, siempre sin superar el
máximo de 100.000 euros por beneficiario, de manera proporcional al importe total
admisible de la solicitud, priorizando nuevamente las solicitudes presentadas por
beneficiarios para los que se haya concedido prioridad.
Artículo 10. Pago y control de las subvenciones.
1. La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del
solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las
circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley General de
Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, a través de
certificados telemáticos, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar la correspondiente
certificación.
No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo
aportar entonces la certificación en los términos previstos en el artículo 22 del citado
Reglamento.
En los casos contemplados en el artículo 24 del Reglamento de la Ley General de
Subvenciones, se podrá presentar una declaración responsable acreditativa de no estar
incursos en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Asimismo, se debe comprobar por dicha autoridad competente que la empresa
no está en crisis en el momento del pago ni lo estaba a 31 de diciembre de 2019 según
la definición contemplada en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la
Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de

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