III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2020-11818)
Resolución de 23 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Clausura de las balsas de fosfoyesos en el término municipal de Huelva".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263

Lunes 5 de octubre de 2020

Pendiente

10H:1V;

4 H:1V y 3H: 1V

Sec. III. Pág. 84449

Zonas de aplicación

Sistema aplicado

En los compartimentos de las balsas
Norte y Sur, en las bermas
intermedias, en el embalse regulador,
en la balsa de evaporación de la
Zona 3, y en las áreas relativamente
planas de la Zona 3.

Geomembrana de polietileno de alta densidad de 1 mm de espesor cubierta por una
capa de arcilla compactada de 0,6 m de espesor.
Como medida de protección adicional, en el canal de drenaje de aguas pluviales de
escorrentía definitivo, instalado a pie de talud perimetralmente a toda la Zona 2, se
incrementará el espesor de la geomembrana PEAD a 1,5 mm.

En los taludes laterales de la Zona 2

Se establecerá una primera capa de yesos enmendados mediante la adicción de
caliza dolomítica para la corrección de su acidez hasta alcanzar valores de pH= 4.
Sobre dicha capa de yesos enmendados se procederá a la instalación de una capa
de 0,45 m de arcilla compactada.
7. Restauración vegetal

Sobre la capa de tierra vegetal del sistema de sellado propuesto, se implantará una cubierta herbácea en una superficie aproximada de 391 ha, a
través de técnicas de siembra e hidrosiembra (según limitaciones de la maquinaria y condicionantes del terreno y pendiente). Tan sólo están
exentas de siembras las superficies de plantación de marisma. Las plantaciones están previstas en la mayor parte de la zona perimetral de la zona
3 (Zona 3. PM) y en la zona 4 (Zona 4. PS), sobre una superficie de 31 ha. En la zona 4, además de especies arbustivas se proponen especies
arbóreas.
8. Actuaciones zona 5
En un primer muestreo realizado por el promotor, se constató que algunas muestras de suelo contienen concentraciones apreciables de fluoruros,
ortofosfatos y sulfatos. El promotor, tras el trámite de información pública, ha propuesto las siguientes actuaciones:
Realizar un muestreo detallado que permita delimitar las zonas con concentraciones de fluoruros, sulfatos y ortofosfatos propios de los fosfoyesos.
Sobre la base de dicho muestreo, proceder a la retirada de la capa superficial de suelos de unos 15 cm de espesor y depositarla en el interior de
las balsas. Posteriormente se comprobaría la completa restauración de cada área excavada.
En la zona degradada identificada en la inspección visual se procedería a la excavación de todos los suelos afectados por los fosfoyesos,
comprobándose posteriormente su completa restauración mediante la toma de muestras y análisis de los suelos remanentes.
Toma de muestras de las aguas embalsadas y en caso de que estuvieran afectadas por contaminantes propios de los fosfoyesos, una vez
eliminada el agua por evaporación o por bombeo a la balsa de seguridad de la zona 3, se retiraría la capa de suelo y se analizaría el suelo
remanente.
9. Actuaciones en los aledaños de las zonas 2, 3 y 4.

Las actuaciones proyectadas durante la fase de obras se agrupan en tres fases con
una duración total estimada de diez años, con algunas actuaciones secuenciales, dadas
sus distintas localizaciones y magnitudes, frente a otras que podrán simultanearse en el
tiempo.
La fase de clausura abarcará todo el periodo que duren estas actividades, mientras
que la fase de post-clausura tendrá una duración prevista de treinta años a partir del
momento en que se hubiesen finalizado las labores de cobertura de las balsas y las
infraestructuras finales de escorrentía de aguas pluviales.
El sistema de drenaje de aguas ácidas planteado determinará la duración total de las
obras de clausura, toda vez que no podrá procederse al sellado total de la zona 3 hasta
que no se hayan drenado y evaporado la mayor parte de las aguas ácidas contenidas en
el apilamiento de la Zona 2.
Transcurridos, los diez años seguirá siendo necesario contar con una balsa de
evaporación, si bien de dimensiones más reducidas. A este respecto se estima necesario
acondicionar una balsa de evaporación de 15.000 m2 para la evaporación de dichos
drenajes remanentes durante el periodo de postclausura. Dicha balsa se emplazará en la
actual ubicación del compartimento sur de la balsa de evaporación de la Zona 3 y será

cve: BOE-A-2020-11818
Verificable en https://www.boe.es

En los aledaños de las zonas 2, 3 y 4 se han detectado dos fenómenos de distinta naturaleza: por un lado se observan vertidos sólidos puntuales
formados por «lenguas» que solidificaron en el pasado formando manchas con un espesor aproximado de unos 20-25 cm.; y por otro lado, se
observan vertidos sólidos difusos en la mayor parte del perímetro de las balsas que han dado lugar a encostramientos de unos 5-20 cm, en una
franja de anchura variable. En ambos casos, el promotor, tras el trámite de información pública, ha propuesto excavar dichos materiales y verterlos
al interior de las balsas, antes de proceder a su sellado y la construcción del tacón de arcilla antes mencionado.
En las zonas afectadas, y una vez realizados los análisis del suelo remanente, se llevará a cabo su restauración paisajística mediante el relleno con
tierra vegetal.