II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2020-11785)
Resolución de 21 de septiembre de 2020, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263
Lunes 5 de octubre de 2020
Sec. II.B. Pág. 84336
8. Celebración de la prueba
8.1 Los concursos de acceso constaran de una única prueba que será pública y se
realizara en el lugar de la universidad que establezca el presidente.
La prueba consistirá en la exposición oral por los candidatos, durante un tiempo
máximo de dos horas en los concursos de acceso a plazas de Titular de Universidad y de
un máximo de tres horas para las plazas de Catedrático de Universidad, de los méritos y
de su historial académico, docente e investigador y del proyecto docente e investigador,
así como, en caso de plazas de Catedrático de Universidad, del trabajo original de
investigación realizado por el candidato, solo o en equipo, en este último caso como
director de la investigación.
A continuación la comisión debatirá con el candidato sobre sus méritos, historial y
proyecto académico e investigador y, en su caso, sobre el trabajo original de investigación,
durante un tiempo máximo de dos horas.
8.2 Una vez finalizada la prueba, la comisión realizará una valoración sobre cada
candidato, ajustada, en todo caso, a los criterios generales y específicos de valoración
previamente establecidos por la comisión, en el que valorará el historial académico,
docente e investigador, el proyecto docente e investigador y en su caso el trabajo original
de investigación, así como las capacidades del candidato para la exposición y el debate
ante la comisión demostradas durante la prueba.
8.3 La Comisión encargada de resolver el concurso, en el transcurso de las pruebas,
valorará y apreciará si los aspirantes que no ostenten la nacionalidad española, poseen el
conocimiento adecuado del español (tal y como recoge la base 2.4), pudiendo para ello
establecer pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.
8.4 Una vez terminado el concurso, la Comisión hará públicos los resultados de la
evaluación de cada candidato, desglosada por cada uno de los aspectos evaluados,
mediante su exposición en el tablón de anuncios del Departamento al que corresponda la
plaza objeto de concurso.
9.1 A la vista de las valoraciones de la prueba, la comisión procederá a realizar una
propuesta, motivada y con carácter vinculante, de los candidatos para ocupar las plazas.
La propuesta incluirá una relación de todos los candidatos por orden de preferencia
para su nombramiento. No obstante, no podrá efectuarse mayor número de nombramientos
que el de plazas convocadas a concurso, tal y como se establece en el artículo 65 de la
Ley Orgánica 6/2001, de Universidades.
9.2 Todos los concursos podrán concluir con la propuesta de la Comisión de no
provisión de plaza o plazas, si bien teniendo en cuenta lo dispuesto por la normativa de
aplicación.
9.3 La propuesta motivada de provisión de la plaza se hará pública en el lugar de
celebración del concurso y en el tablón de anuncios del Departamento en el que se
convoca la plaza, en el plazo máximo de cinco días desde el siguiente a la finalización de
las pruebas e indicará los medios de impugnación que se podrán utilizar por los
interesados. Dicha propuesta permanecerá expuesta, al menos, hasta la finalización del
plazo para interponer recurso administrativo.
9.4 El presidente de la Comisión, una vez efectuada y publicada la propuesta de
provisión, remitirá al Rector, en un plazo máximo de cinco días naturales, un ejemplar de
todas las actas e informes, junto con una certificación del secretario del departamento
sobre el inicio del periodo de exposición pública de la propuesta de provisión.
10.
Recursos contra la propuesta de provisión
10.1 Contra las propuestas de provisión de las comisiones de los concursos de
acceso, los concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo
cve: BOE-A-2020-11785
Verificable en https://www.boe.es
9. De la propuesta de provisión
Núm. 263
Lunes 5 de octubre de 2020
Sec. II.B. Pág. 84336
8. Celebración de la prueba
8.1 Los concursos de acceso constaran de una única prueba que será pública y se
realizara en el lugar de la universidad que establezca el presidente.
La prueba consistirá en la exposición oral por los candidatos, durante un tiempo
máximo de dos horas en los concursos de acceso a plazas de Titular de Universidad y de
un máximo de tres horas para las plazas de Catedrático de Universidad, de los méritos y
de su historial académico, docente e investigador y del proyecto docente e investigador,
así como, en caso de plazas de Catedrático de Universidad, del trabajo original de
investigación realizado por el candidato, solo o en equipo, en este último caso como
director de la investigación.
A continuación la comisión debatirá con el candidato sobre sus méritos, historial y
proyecto académico e investigador y, en su caso, sobre el trabajo original de investigación,
durante un tiempo máximo de dos horas.
8.2 Una vez finalizada la prueba, la comisión realizará una valoración sobre cada
candidato, ajustada, en todo caso, a los criterios generales y específicos de valoración
previamente establecidos por la comisión, en el que valorará el historial académico,
docente e investigador, el proyecto docente e investigador y en su caso el trabajo original
de investigación, así como las capacidades del candidato para la exposición y el debate
ante la comisión demostradas durante la prueba.
8.3 La Comisión encargada de resolver el concurso, en el transcurso de las pruebas,
valorará y apreciará si los aspirantes que no ostenten la nacionalidad española, poseen el
conocimiento adecuado del español (tal y como recoge la base 2.4), pudiendo para ello
establecer pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito.
8.4 Una vez terminado el concurso, la Comisión hará públicos los resultados de la
evaluación de cada candidato, desglosada por cada uno de los aspectos evaluados,
mediante su exposición en el tablón de anuncios del Departamento al que corresponda la
plaza objeto de concurso.
9.1 A la vista de las valoraciones de la prueba, la comisión procederá a realizar una
propuesta, motivada y con carácter vinculante, de los candidatos para ocupar las plazas.
La propuesta incluirá una relación de todos los candidatos por orden de preferencia
para su nombramiento. No obstante, no podrá efectuarse mayor número de nombramientos
que el de plazas convocadas a concurso, tal y como se establece en el artículo 65 de la
Ley Orgánica 6/2001, de Universidades.
9.2 Todos los concursos podrán concluir con la propuesta de la Comisión de no
provisión de plaza o plazas, si bien teniendo en cuenta lo dispuesto por la normativa de
aplicación.
9.3 La propuesta motivada de provisión de la plaza se hará pública en el lugar de
celebración del concurso y en el tablón de anuncios del Departamento en el que se
convoca la plaza, en el plazo máximo de cinco días desde el siguiente a la finalización de
las pruebas e indicará los medios de impugnación que se podrán utilizar por los
interesados. Dicha propuesta permanecerá expuesta, al menos, hasta la finalización del
plazo para interponer recurso administrativo.
9.4 El presidente de la Comisión, una vez efectuada y publicada la propuesta de
provisión, remitirá al Rector, en un plazo máximo de cinco días naturales, un ejemplar de
todas las actas e informes, junto con una certificación del secretario del departamento
sobre el inicio del periodo de exposición pública de la propuesta de provisión.
10.
Recursos contra la propuesta de provisión
10.1 Contra las propuestas de provisión de las comisiones de los concursos de
acceso, los concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo
cve: BOE-A-2020-11785
Verificable en https://www.boe.es
9. De la propuesta de provisión